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Regularización
Asesorías

TPS de El Salvador después del 9 de septiembre de 2026: qué pasa y qué puedes hacer

Félix José España González
11 septiembre 2026
Desde Estados Unidos

Actualización del 11 de septiembre de 2026: el TPS de El Salvador sigue vigente por ahora

  • Qué ha pasado. La designación vencía el 9 de septiembre de 2026. La ley obliga al DHS a publicar su decisión en el Federal Register al menos 60 días antes, es decir, antes del 11 de julio, y no lo hizo.
  • Qué dice el Gobierno. USCIS publica en su web que el anuncio sobre El Salvador "se hará en el momento oportuno" y que, hasta entonces, los salvadoreños con TPS conservan la protección, incluida la autorización de trabajo.
  • Qué dice la ley. Si el DHS no decide a tiempo, el artículo 244(b)(3)(C) de la INA prorroga la designación automáticamente 6 meses, hasta el 9 de marzo de 2027. El DHS no ha confirmado esa fecha.
  • Si al final lo termina. La terminación no puede surtir efecto antes de 60 días desde que se publique en el Federal Register (artículo 244(b)(3)(B) de la INA). Nadie pierde el TPS de un día para otro.
  • Qué hacer hoy. Sigue trabajando, guarda una captura del aviso de USCIS y tus documentos de TPS, y enséñaselos a tu empleador si duda. No salgas de Estados Unidos ni tomes decisiones irreversibles por un titular de prensa: habla antes con tu abogado de inmigración allí.

Fuente: USCIS, TPS de El Salvador.

El TPS de El Salvador tenía fecha de fin el 9 de septiembre de 2026, pero el DHS no publicó su decisión a tiempo y USCIS mantiene, por ahora, la protección y el permiso de trabajo de las más de 170.000 personas que lo tienen. Si eres una de ellas, esto es lo que significa hoy y cómo prepararte por si el Gobierno anuncia la terminación.

Lo esencial en 30 segundos

  • El TPS de El Salvador sigue vigente por ahora. La designación, de 2001, vencía el 9 de septiembre de 2026, pero el DHS no publicó su decisión en plazo. USCIS indica que, hasta que haya anuncio, se conservan la protección y la autorización de trabajo.
  • Si el DHS lo termina, no será una orden de deportación. Quedarías sin estatus y sin autorización de trabajo, pero la expulsión la dicta un juez. Y la terminación no puede surtir efecto antes de 60 días desde su publicación.
  • La vía judicial está cerrada. En Mullin v. Doe (25 de junio de 2026, 6-3, ponencia de Alito) el Tribunal Supremo resolvió que el INA §244(b)(5)(A) prohíbe la revisión judicial de la terminación de un TPS.
  • No es un caso aislado: unas 1.044.700 personas han perdido o van a perder el TPS bajo esta administración (Pew Research Center, 12-08-2026). Después de El Salvador quedarán unas 103.000 con TPS activo.
  • Si miras a España: los salvadoreños están exentos de visado Schengen (Anexo II del Reglamento (UE) 2018/1806), 90 días dentro de cualquier periodo de 180. Pero antes de comprar el billete hay que analizar el INA §212(a)(9)(B): salir activa prohibiciones de reingreso de 3 o 10 años.

En esta página

  1. ¿Qué pasó el 9 de septiembre de 2026 con el TPS de
  2. ¿Puedo seguir trabajando después del 9 de
  3. ¿El fin del TPS significa que me van a deportar?
  4. ¿Por qué ya no hay ninguna demanda que pueda frenar
  5. ¿Qué opciones me quedan dentro de Estados Unidos?
  6. ¿Y si decido salir? ¿Puedo irme a España?
  7. ¿Qué tengo que mirar antes de comprar un billete?
  8. Preguntas frecuentes
  9. ¿Necesitas que revisemos tu caso?
  10. Fuentes
  11. Sigue por aquí

¿Qué pasó el 9 de septiembre de 2026 con el TPS de El Salvador?

Nada cambió ese día. El DHS debía publicar en el Federal Register, al menos 60 días antes, si prorrogaba o terminaba la designación, y no lo hizo. USCIS ha publicado en su web que el anuncio "se hará en el momento oportuno" y que, hasta entonces, los salvadoreños con TPS conservan la protección, incluida la autorización de trabajo.

Además, el artículo 244(b)(3)(C) de la INA dice que, si el Gobierno no decide a tiempo, la designación se prorroga automáticamente 6 meses: en este caso, hasta el 9 de marzo de 2027. El DHS no ha confirmado esa fecha. Como la autoextensión de los EAD que fijó el aviso de USCIS y E-Verify de 12 de agosto de 2026 llegaba hasta el 9 de septiembre, guarda el aviso actual de USCIS para enseñárselo a tu empleador.

Elemento Hoy, mientras el DHS no anuncie nada Si el DHS publica la terminación
Estatus migratorio TPS vigente Sin estatus, como pronto 60 días después de la publicación
Permiso de trabajo (EAD) USCIS mantiene la autorización de trabajo Deja de valer cuando la terminación surta efecto
I-9 y E-Verify Guarda y enseña el aviso vigente de USCIS El empleador debe reverificar
Presencia ilegal El reloj está parado El reloj se reanuda cuando surta efecto (INA §212(a)(9)(B))

Verifica tu propio papel antes que nada. Las fechas de autoextensión varían y hay contradicciones entre fuentes: en el TPS venezolano de 2021, unas sitúan el fin de los permisos el 7 de noviembre de 2025 y otras hablan de autoextensión hasta el 2 de octubre de 2026. No te guíes por un grupo de WhatsApp ni por este artículo: mira la fecha de tu propio I-797 y el aviso de USCIS aplicable a tu caso.

¿Puedo seguir trabajando después del 9 de septiembre?

Según USCIS, sí: mientras no haya anuncio, los salvadoreños con TPS conservan la autorización de trabajo. La confusión viene de que la autoextensión de los EAD en el I-9 y en E-Verify llegaba hasta el 9 de septiembre. Si tu empresa te pide reverificar, enséñale el aviso de la página de USCIS sobre El Salvador. Si el DHS publica la terminación, el EAD dejará de valer cuando esta surta efecto y entonces el empleador sí tendrá que reverificar.

La licencia de conducir es asunto estatal, no federal. No hay una regla única y no la busques: en la mayoría de los estados la vigencia de la licencia va ligada al estatus migratorio, de modo que la caducidad sigue a la del documento que acredita tu presencia legal; en los que emiten licencias con independencia del estatus, no. Cada estado tiene su propia norma y sus propios plazos de renovación, así que compruébalo en el DMV de tu estado antes de dar nada por hecho, y hazlo con tiempo. La comunidad salvadoreña con TPS se concentra sobre todo en California, Texas, Maryland, Nueva York y Virginia: lo que le valga a un primo en Maryland no te vale a ti en Texas.

¿El fin del TPS significa que me van a deportar?

No. Perder el TPS no genera por sí solo ninguna orden de expulsión: esa la dicta un juez de inmigración en un procedimiento con notificación y audiencia.

Si el TPS termina, sin estatus quedarías expuesto a la ejecución migratoria, y ese entorno ha cambiado. El 17 de julio de 2026, el Circuito de Apelaciones del Distrito de Columbia, en Make the Road New York v. Mullin, permitió la ampliación del expedited removal: desaparece la limitación geográfica de 100 millas desde la frontera y 14 días de presencia. Hoy, cualquier persona en cualquier punto del país que no acredite la presencia continuada exigida puede ser expulsada sin ver a un juez, y la carga de probarla recae sobre ella en el momento del arresto.

De ahí una medida práctica: ten a mano prueba de tu presencia continuada, como impuestos, contratos de alquiler, recibos, expedientes escolares e historiales médicos. Con veinticinco años allí esa documentación existe; lo que falta suele ser una copia accesible.

¿Por qué ya no hay ninguna demanda que pueda frenar esto?

Porque el Tribunal Supremo cerró esa puerta el 25 de junio de 2026. En Mullin v. Doe, por 6 votos contra 3 y con ponencia del juez Alito, resolvió que el INA §244(b)(5)(A) prohíbe la revisión judicial de la decisión del Secretario de Seguridad Nacional de terminar un TPS. Kagan formuló voto discrepante, con Sotomayor y Jackson.

Conviene asumirlo, porque mucha gente organizó su vida sobre la idea de que "siempre acaba entrando una demanda". Ya son efectivas las terminaciones de Venezuela (19-05-2025 y 08-11-2025), Honduras y Nicaragua (08-09-2025), Haití y Siria (27-07-2026), Somalia (14-08-2026) y Etiopía (18-08-2026); solo siguen vigentes Ucrania y Sudán hasta el 19-10-2026 y Líbano hasta el 27-11-2026. Esperar una sentencia salvadora ya no es una estrategia.

¿Qué opciones me quedan dentro de Estados Unidos?

La tarea más urgente es revisar si tienes otra vía que nunca exploraste porque el TPS te bastaba. Veinticinco años de vida generan matrimonios, hijos y, a veces, situaciones de violencia o delitos sufridos:

  • Petición familiar (I-130): cónyuge, hijo mayor de 21 años o progenitor ciudadano, o familiar residente permanente. Tus hijos nacidos allí son ciudadanos de pleno derecho (Trump v. Barbara, 30-06-2026) y podrán peticionar por ti al cumplir 21 años.
  • VAWA (I-360): autopetición para víctimas de violencia de un cónyuge o progenitor ciudadano o residente, sin que la otra persona participe ni se entere.
  • Visa U (I-918): víctimas de determinados delitos que colaboraron con las autoridades.
  • Ajuste de estatus (I-485): con petición aprobada y elegibilidad, ajustar dentro del país evita salir y, con ello, activar las prohibiciones de reingreso.

La ventana del 18 de septiembre de 2026: carga pública

Si puedes presentar un ajuste, la fecha importa. El 20 de julio de 2026 el Gobierno anunció la derogación de la regla de carga pública de 2022 y USCIS publicó nueva guía el 18 de agosto de 2026: ambas entran en vigor el 18 de septiembre de 2026, y desde ese día se valorarán muchas más prestaciones, como Medicaid, SNAP o ayudas de estudios, e incluso las recibidas por familiares. Quien presente el ajuste antes de esa fecha se evalúa con el estándar anterior, más favorable. No afecta a ciudadanos, residentes permanentes, asilados, refugiados, visas U y T ni casos VAWA.

El registro obligatorio de extranjeros (G-325R): léelo dos veces

Hay una obligación de registro (INA §§262-266) que se cumple con el formulario G-325R por myUSCIS y no tiene tasa. Obliga a todo no ciudadano de 14 años o más con 30 días o más en el país que no esté ya registrado: quien entró con inspección normalmente lo está; quien entró sin inspección, no. Son tres deberes: registrarse, llevar encima el documento (INA §264(e)) y comunicar el cambio de domicilio con el AR-11 en 10 días (INA §265). Las sanciones llegan a 6 meses de prisión y multas de hasta 5.000 dólares.

La trampa del registro. Registrarse crea un número A y un registro dactilar. Para quien tiene una orden de expulsión previa o antecedentes, hacerlo sin abogado equivale a entregarse. Es una obligación legal con sanción penal por incumplirla y con riesgo real por cumplirla: no se decide sin asesoramiento individual previo.

¿Y si decido salir? ¿Puedo irme a España?

Sí, y con una ventaja que muchos salvadoreños desconocen: El Salvador figura en el Anexo II del Reglamento (UE) 2018/1806, entre los países exentos de visado Schengen para estancias de hasta 90 días dentro de cualquier periodo de 180. Hay que decirlo alto porque circula lo contrario: varias webs muy posicionadas afirman que El Salvador, Honduras, Nicaragua y Guatemala necesitan visado Schengen, y es falso. Sí lo necesitan Cuba, Ecuador, República Dominicana, Haití y Bolivia; comprueba tu caso en nuestra guía de visados para España por nacionalidad.

Estar exento no significa poder instalarse: la exención es para turismo. No planifiques entrar como turista y quedarte. Desde que el EES (Entry/Exit System) es plenamente operativo, el 10 de abril de 2026, cada entrada y salida se registra con biometría y el cómputo 90/180 se calcula solo: quedarse de más ya no es invisible (ver EES y ETIAS en 2026).

Las vías reales son cuatro: visados desde origen (teletrabajo internacional, no lucrativa, estudios, búsqueda de empleo, ampliado a 12 meses por el RD 1155/2024, o residencia y trabajo con oferta); arraigo tras dos años de permanencia, plazo que el RD 1155/2024 redujo de tres a dos, con cinco figuras que ya habilitan a trabajar (ver arraigo en España); protección internacional, si concurren los presupuestos de la Ley 12/2009; y la nacionalidad en dos años, porque El Salvador es país iberoamericano y el art. 22 del Código Civil reduce el plazo, con exención del DELE para hispanohablantes (ver nacionalidad por residencia). Si tus hijos nacieron allí, su caso merece análisis aparte: lo tratamos en hijos ciudadanos americanos que se mudan a España.

¿Qué tengo que mirar antes de comprar un billete?

El INA §212(a)(9)(B), la norma decisiva y la que casi nadie explica bien: la presencia ilegal se acumula estando dentro del país, pero las prohibiciones de admisión solo se disparan al salir. Quedarse no las activa; irse, sí.

Más de 180 días y menos de un año de presencia ilegal, saliendo voluntariamente antes de que empiece el procedimiento de expulsión, generan 3 años de inadmisibilidad (INA §212(a)(9)(B)(i)(I)); un año o más, con cualquier salida, generan 10 años (INA §212(a)(9)(B)(i)(II)).

Para quien tiene TPS la clave está en el reloj: mientras el estatus está vigente no se acumula presencia ilegal, y se reanuda cuando el TPS termina. Si el DHS termina el TPS, ese reloj empezará a correr el día en que la terminación surta efecto. Hay, por tanto, una diferencia jurídica muy real entre salir en octubre de 2026 y salir en octubre de 2027, y existen herramientas, como el I-601A, el perdón provisional por presencia ilegal, que se resuelve antes de salir, que solo sirven si se piden a tiempo. Lo hemos desarrollado entero en salir de Estados Unidos para irte a España: léelo antes de comprar el billete. Para el panorama de las dos jurisdicciones, empieza por la guía para emigrar a España desde Estados Unidos.

Preguntas frecuentes

¿Puedo seguir trabajando con mi EAD de TPS después del 9 de septiembre de 2026?

Por ahora, sí. USCIS indica que, hasta que el DHS haga su anuncio, los salvadoreños con TPS conservan la protección, incluida la autorización de trabajo. Guarda ese aviso y tus documentos, y revisa la página de USCIS antes de cualquier trámite.

¿El fin del TPS es una orden de deportación?

No. Si llega a surtir efecto, te deja sin estatus y sin permiso de trabajo, pero no genera por sí solo una orden de expulsión: esa la dicta un juez de inmigración o resulta de un procedimiento específico. Sí quedarías expuesto a la ejecución migratoria, incluido el expedited removal ampliado desde el 17 de julio de 2026.

¿Los salvadoreños necesitan visado para entrar en España?

No. El Salvador figura en el Anexo II del Reglamento (UE) 2018/1806, entre los países exentos de visado Schengen para estancias de hasta 90 días dentro de cualquier periodo de 180. Varias webs del sector afirman lo contrario y se equivocan. La exención cubre el turismo, no la instalación.

¿Me conviene registrarme con el formulario G-325R?

Depende de tu historial y no debe decidirse sin abogado. Es obligatorio para no ciudadanos de 14 años o más con 30 días o más en el país, con sanciones de hasta 6 meses de prisión y multas de hasta 5.000 dólares, pero genera un número A y un registro dactilar. Para quien tiene una orden de expulsión previa o antecedentes, registrarse sin asesoramiento equivale a entregarse.

Si salgo de Estados Unidos, ¿pierden mis hijos su ciudadanía americana?

No. Conservan la ciudadanía estadounidense de pleno derecho, como reafirmó el Tribunal Supremo en Trump v. Barbara el 30 de junio de 2026 al anular la orden ejecutiva 14160. Pueden volver cuando quieran y, cumplidos los 21 años, peticionar por sus padres.

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Con honestidad: cada caso depende de tu nacionalidad, del tiempo acumulado sin estatus y de lo que tengas pendiente en Estados Unidos. Hay decisiones que no se deshacen, así que revísalo antes de comprar un billete. Escríbenos desde nuestra consulta web gratuita.

Fuentes

  • USCIS, Temporary Protected Status (TPS)
  • E-Verify, avisos a empleadores
  • USCIS, Registro obligatorio de extranjeros (G-325R)
  • Tribunal Supremo de Estados Unidos
  • Pew Research Center
  • EUR-Lex, Reglamento (UE) 2018/1806 (copia de España Abogados · PDF oficial)
  • BOE, Real Decreto 1155/2024 (copia de España Abogados · PDF oficial)

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Esta información tiene carácter general y está actualizada a 4 de septiembre de 2026. No sustituye al asesoramiento jurídico individual. España Abogados es un despacho español y asesora sobre derecho español: todo lo relativo al derecho migratorio de Estados Unidos, como plazos, prohibiciones de reingreso, expedientes abiertos, perdones y comparecencias, debe verificarse con tu abogado de inmigración de confianza en Estados Unidos antes de tomar ninguna decisión. La normativa de ambos países está cambiando con rapidez, y salir de Estados Unidos puede tener consecuencias irreversibles: consúltalo allí antes de comprar un billete.

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Cuando en este artículo explicamos normas de Estados Unidos es para que entiendas qué está en juego antes de decidir, nunca como asesoramiento sobre tu caso allí. Todo lo relativo a tu situación migratoria en Estados Unidos debes consultarlo y verificarlo con tu abogado de inmigración de confianza en Estados Unidos, que es el único que puede analizar tu expediente y actuar ante USCIS, EOIR o los tribunales estadounidenses. Trabajamos de forma coordinada con él.

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Soy Félix José España González, abogado colegiado n.º 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid y director de España Abogados, despacho especializado en extranjería, movilidad internacional, fiscalidad y nacionalidad española. Ayudo a personas y empresas a establecerse legalmente en España y divulgo toda la información sobre emigrar y establecerse en España a través de redes sociales. Como emigrante, sé por experiencia propia lo que es llegar a un país nuevo y tener que entenderse con su Administración: por eso aquí cada trámite se explica con la norma delante y entendiendo lo que es emigrar.

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