• Consulta Web Gratuita
  • Buscar
  • Vivir en España
    • Emprendiendo
    • Trabajando
    • Estudiando
    • Como Nómada Digital
  • Servicios
    • Movilidad Internacional
    • Estancia por Estudios
    • Ciudadanos UE y sus familiares
    • Residencias iniciales y renovaciones
    • Asilo
    • Regularízate con un Arraigo
    • Nacionalidad Española
    • Recurso contra Denegaciones
    • Asistencia Jurídica Letrada
    • Devolución en Aeropuerto
  • Blog
  • Conócenos
  • Asesorías
  • 807 40 20 62
  • +34 641 65 88 93
  • Calle de Cronos, 63, Planta 1, Oficina 3, San Blas-Canillejas, 28037 Madrid
Instagram Facebook Youtube
Logotipo de España Abogados, despacho de extranjería y movilidad internacional en Madrid
  • Consulta Web Gratuita
  • Vivir en España
    • Emprendiendo
    • Trabajando
    • Estudiando
    • Como Nómada Digital
  • Servicios
    • Movilidad Internacional
      • Residencia para profesionales altamente Cualificados
      • Residencia para Emprendedores
      • Residencia para Investigadores
      • Residencia para Profesionales del Sector Audiovisual
      • Residencia por Traslado Intraempresarial
      • Residencia como Teletrabajador de carácter internacional
    • Estancia por Estudios
    • Ciudadanos UE y sus familiares
    • Residencias iniciales y renovaciones
    • Asilo
      • Solicitud de Protección Internacional
      • Residencia por razones humanitarias
      • Recurso Potestativo de Reposición contra denegatoria de asilo
      • Recurso Contencioso Administrativo
    • Regularízate con un Arraigo
      • Arraigo Sociolaboral
      • Arraigo Socioformativo
      • Arraigo Social
      • Arraigo Familiar
      • Arraigo de Segunda Oportunidad
    • Nacionalidad Española
      • Nacionalidad Española por Residencia
      • Nacionalidad española con Valor de Simple Presunción
      • Nacionalidad española por Opción
    • Recurso contra Denegaciones
      • Recurso Potestativo de Reposición
      • Recurso de Alzada
      • Recurso Contencioso Administrativo
    • Asistencia Jurídica Letrada
    • Devolución en Aeropuerto
  • Blog
  • Conócenos
  • Buscar
Regularización
Asesorías
Logotipo de España Abogados, despacho de extranjería y movilidad internacional en Madrid
  • Consulta Web Gratuita
  • Vivir en España
    • Emprendiendo
    • Trabajando
    • Estudiando
    • Como Nómada Digital
  • Servicios
    • Movilidad Internacional
      • Residencia para profesionales altamente Cualificados
      • Residencia para Emprendedores
      • Residencia para Investigadores
      • Residencia para Profesionales del Sector Audiovisual
      • Residencia por Traslado Intraempresarial
      • Residencia como Teletrabajador de carácter internacional
    • Estancia por Estudios
    • Ciudadanos UE y sus familiares
    • Residencias iniciales y renovaciones
    • Asilo
      • Solicitud de Protección Internacional
      • Residencia por razones humanitarias
      • Recurso Potestativo de Reposición contra denegatoria de asilo
      • Recurso Contencioso Administrativo
    • Regularízate con un Arraigo
      • Arraigo Sociolaboral
      • Arraigo Socioformativo
      • Arraigo Social
      • Arraigo Familiar
      • Arraigo de Segunda Oportunidad
    • Nacionalidad Española
      • Nacionalidad Española por Residencia
      • Nacionalidad española con Valor de Simple Presunción
      • Nacionalidad española por Opción
    • Recurso contra Denegaciones
      • Recurso Potestativo de Reposición
      • Recurso de Alzada
      • Recurso Contencioso Administrativo
    • Asistencia Jurídica Letrada
    • Devolución en Aeropuerto
  • Blog
  • Conócenos
  • Buscar
Asesorías

Residencia por razones humanitarias

Félix José España Gonzalez
25 mayo 2023

Asilo

Residencia por razones humanitarias

Desde el 12 de junio de 2026 España ya no concede ni renueva la residencia por razones humanitarias vinculada a una denegación de asilo. Si ya tienes la tarjeta, tienes una salida: la Instrucción SEM 1/2026 te permite pasar a una autorización de residencia y trabajo de 4 años, sin visado. Te ayudamos a hacerlo dentro de plazo.

  • Dirigida a: titulares de la tarjeta por razones humanitarias, vigente o caducada hace menos de 3 meses.
  • Qué conseguimos: una autorización de residencia y trabajo de 4 años con la Instrucción SEM 1/2026, sin visado. *
  • Plazo: desde 2 meses antes hasta 3 meses después de la caducidad de tu tarjeta, tras cumplir el primer año.
  • Computa para nacionalidad española: sí, si no quedas en situación irregular entre una autorización y otra.

* Los requisitos podrán variar dependiendo del caso.

A quién ayudamos

Tu situaciónQué hacemos
Tarjeta humanitaria vigente o caducada hace menos de 3 mesesPreparamos y presentamos el paso a residencia y trabajo de 4 años (Instrucción SEM 1/2026).
Tarjeta caducada hace más de 3 mesesEstudiamos el arraigo u otra vía que te corresponda según tu tiempo en España y tu familia.
Solicitud de asilo pendienteRevisamos si tu caso tiene base y planificamos una alternativa, porque una denegación ya no termina en tarjeta humanitaria.
Asilo denegadoValoramos recurso, arraigo o salida con visado, según tus fechas.

Qué incluye el servicio

  • Revisión de tu resolución humanitaria y de la fecha exacta de caducidad para calcular tu plazo.
  • Comprobación de antecedentes penales y prohibiciones de entrada.
  • Preparación y presentación de la solicitud, también la de tus hijos si la necesitan.
  • Seguimiento del expediente hasta la cita y la entrega de tu nueva TIE.
  • Orientación para no romper la continuidad de residencia que necesitas para la nacionalidad española.

Documentación que normalmente revisamos

  • Pasaporte venezolano. Si está vencido, sigue valiendo para extranjería: lo explicamos en pasaporte venezolano vencido en España.
  • Tarjeta de identidad de extranjero (TIE) y resolución de la autorización por razones humanitarias.
  • Certificado de empadronamiento actualizado.

Cada expediente es distinto: en la primera asesoría te decimos exactamente qué necesitas.

Cómo trabajamos

  1. Asesoría inicial: revisamos tus fechas y confirmamos si estás dentro de plazo.
  2. Preparación: reunimos y revisamos contigo la documentación.
  3. Presentación y seguimiento: presentamos la solicitud y te acompañamos hasta la TIE.

Preguntas frecuentes

¿Puedo renovar mi tarjeta humanitaria?
No. Desde el 12 de junio de 2026 no se renueva. Lo que puedes hacer es pasar a residencia y trabajo de 4 años con la Instrucción SEM 1/2026.

¿Qué pasa si se me pasó el plazo?
Si han pasado más de 3 meses desde la caducidad, esta vía ya no está disponible. Estudiamos contigo el arraigo o la alternativa que encaje con tu situación.

¿Este tiempo cuenta para la nacionalidad española?
Sí, porque es residencia legal. Los venezolanos pueden pedir la nacionalidad con 2 años de residencia legal y continuada.

Lee también

  • Fin de las razones humanitarias para venezolanos: qué cambia y qué alternativas quedan
  • Qué hacer con tu tarjeta según la Instrucción SEM 1/2026
  • Venezolanos en España: la guía completa

Agendar asesoría · Enviar consulta gratuita · Escribir por WhatsApp

Información actualizada a 11 de septiembre de 2026.

Nuestros

Clientes

En España Abogados te ayudamos a resolver tus dudas y lograr tus objetivos. Puedes sentir la tranquilidad de emigrar con expertos en el área de movilidad Internacional, emprendimiento, fiscalidad, extranjería y nacionalidad española, que te guiarán en todo tu proceso para establecerte legalmente en España.
Ver esta publicación en Instagram

Una publicación compartida por España Abogados (@espanaabogados)

¿Quieres saber más?

Agendar asesoría

Félix José España Gonzalez

Félix España es abogado, colegiado nº 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, y director de España Abogados, despacho especializado en extranjería, movilidad internacional, fiscalidad y nacionalidad española. Ayuda a personas y empresas a establecerse legalmente en España y divulga sobre inmigración en redes sociales.


Logotipo de España Abogados en blanco

Despacho de abogados conformado por un equipo de profesionales expertos en el área de extranjería, nacionalidad española; emprendimiento, derecho tributario y corporativo. Consolidados con el objetivo de atender, guiar y asesorar a todo extranjero que desee estudiar, trabajar y vivir en España.

Conócenos
  • Asesorías
  • Vivir en España
  • Servicios
  • Blog
  • Conócenos

Enlaces de Interés

  • BOEs de Notificaciones de Asilo
  • Puntos de Contacto para solicitar Protección Internacional
  • Fechas orientativas de resolución de trámites de Extranjería
  • Canal de Denuncias de España Abogados
  • Normativa Aplicable
  • Venezolanos en España: resumen y documentos
  • Aquí tienes todo
Instagram Facebook Youtube
Llámanos
  • 807 40 20 62
Escríbenos
  • +34 641 65 88 93
Encuéntranos

España Abogados © Todos los derechos reservados.

  • Pagos y cancelaciones
  • Política de privacidad
  • Política de cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para obtener datos estadísticos de la navegación de nuestros usuarios y mejorar nuestros servicios. Más información en nuestra Política de cookies.   
Privacidad