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Asesorías

Residencia para Profesionales del Sector Audiovisual

Félix José España Gonzalez
24 mayo 2023

Movilidad Internacional

Residencia para Profesionales
del Sector Audiovisual

Los artistas, técnicos y profesionales extranjeros que vayan a ejercer actividades enmarcadas en el sector audiovisual, actividades artísticas ante el público o destinadas a la grabación de cualquier tipo para su difusión por diferentes medios masivos, pueden optar por una residencia temporal y trabajo inicial
  • Visado de estancia:

Este tipo de visado es título suficiente para permanecer y ejercer la actividad en el sector audiovisual por un periodo superior a 90 días y hasta un máximo de 180 días. La solicitud se hace ante la Misión Diplomática u Oficina Consular correspondiente.

  • Dirigida a: aquellos profesionales extranjeros que vayan a ejercer una actividad en el sector audiovisual por un periodo superior de 90 días.
  • Requisitos generales: documento que pruebe la relación laboral o profesional con la empresa que contrata o traslada al extranjero. Documentación que acredite que el extranjero forma parte de un proyecto de producción en el sector audiovisual.
  • Duración: 180 días.
  • Permite reagrupar a familiares: sí.
  • Permite familiares acompañantes: sí.
  • Computa para nacionalidad española: no.
  • Autorización de Residencia:

Esta autorización será solicitada cuando los profesionales extranjeros vayan a ejercer una actividad en el sector audiovisual por un periodo superior a 180 días. Si el profesional extranjero se encuentra fuera de España, una vez concedida la autorización de residencia, deberá solicitar el correspondiente visado.

  • Dirigida a: aquellos profesionales extranjeros que vayan a ejercer en España una actividad en el sector audiovisual.
  • Requisitos generales: documento que pruebe la relación laboral o profesional con la empresa que contrata o traslada al extranjero. Documentación que acredite que el extranjero forma parte de un proyecto de producción en el sector audiovisual.
  • Duración: dependerá de la duración del contrato.
  • Permite reagrupar a familiares: sí.
  • Permite familiares acompañantes: sí.
  • Computa para nacionalidad española: no.

* Los requisitos podrán variar dependiendo del caso.

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Despacho de abogados conformado por un equipo de profesionales expertos en el área de extranjería, nacionalidad española; emprendimiento, derecho tributario y corporativo. Consolidados con el objetivo de atender, guiar y asesorar a todo extranjero que desee estudiar, trabajar y vivir en España.

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