• Consulta Web Gratuita
  • Buscar
  • Vivir en España
    • Emprendiendo
    • Trabajando
    • Estudiando
    • Como Nómada Digital
    • Como Investigador
    • Con Residencia No Lucrativa
  • Servicios
    • Movilidad Internacional
    • Residencia No Lucrativa
    • Estancia por Estudios
    • Homologación de Títulos
    • Ciudadanos UE y sus familiares
    • Residencias iniciales y renovaciones
    • Asilo y Protección Internacional
    • Regularízate con un Arraigo
    • Nacionalidad Española
    • Recursos contra Denegaciones
    • Asistencia Jurídica Letrada
    • Abogado en el Aeropuerto
    • Fiscalidad y Negocios Internacionales
  • Blog
  • Conócenos
  • Asesorías
  • 641 65 88 93
  • +34 641 65 88 93
  • Calle de Cronos, 63, Planta 1, Oficina 3, San Blas-Canillejas, 28037 Madrid
Instagram Facebook Youtube X-twitter Tiktok
Logotipo de España Abogados, despacho de extranjería y movilidad internacional en Madrid
  • Consulta Web Gratuita
  • Vivir en España
    • Trabajando
    • Estudiando
    • Emprendiendo
    • Como Nómada Digital
    • Como Investigador
    • Con Residencia No Lucrativa
  • Servicios
    • Movilidad Internacional
      • Residencia como Teletrabajador de carácter internacional
      • Residencia para Profesionales Altamente Cualificados (PAC)
      • Residencia para Emprendedores
      • Residencia para Investigadores
      • Residencia para Profesionales del Sector Audiovisual
      • Residencia por Traslado Intraempresarial
      • Golden Visa: renovación y cambio de vía
    • Residencia No Lucrativa
    • Estancia por Estudios
    • Homologación de Títulos
    • Ciudadanos UE y sus familiares
    • Residencias iniciales y renovaciones
    • Residencia por razones humanitarias
    • Asilo y Protección Internacional
      • Solicitud de Protección Internacional
      • Recurso Potestativo de Reposición contra denegatoria de asilo
      • Recurso Contencioso Administrativo
    • Regularízate con un Arraigo
      • Arraigo Sociolaboral
      • Arraigo Socioformativo
      • Arraigo Social
      • Arraigo Familiar
      • Arraigo de Segunda Oportunidad
    • Nacionalidad Española
      • Nacionalidad Española por Residencia
      • Nacionalidad española con Valor de Simple Presunción
      • Nacionalidad española por Opción
    • Fiscalidad y Negocios Internacionales
    • Recursos contra Denegaciones
    • Asistencia Jurídica Letrada
    • Abogado en el Aeropuerto
  • Blog
  • Conócenos
  • Buscar
Regularización
Asesorías

¿El tiempo como solicitante de asilo cuenta para el arraigo?

Félix José España González
14 abril 2025
Circunstancias Excepcionales · Arraigo  ·  Protección internacional y asilo

No. Desde el 20 de mayo de 2025, fecha en que entró en vigor el Reglamento de Extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024, el tiempo de permanencia en España como solicitante de protección internacional no computa para los dos años de arraigo. Tampoco se puede tener una solicitud de protección internacional en curso en el momento de pedirlo.

En esta página

  1. Hubo una excepción, y ya está cerrada
  2. Qué vía de arraigo te corresponde hoy
  3. Preguntas frecuentes

Hubo una excepción, y ya está cerrada

El Real Decreto 316/2026 añadió al Reglamento las disposiciones adicionales vigésima y vigesimoprimera, que abrieron una vía de arraigo para quienes hubieran presentado su solicitud de protección internacional antes del 1 de enero de 2026. El plazo para pedirla terminó el 30 de junio de 2026 y no se ha prorrogado.

Si presentaste por esa vía y todavía esperas respuesta, lo que corresponde hacer ahora se explica en la regularización extraordinaria de 2026. Y si tu solicitud se ha entendido denegada por silencio administrativo, ahí está la vía para recurrir el silencio negativo.

Qué vía de arraigo te corresponde hoy

El Reglamento vigente regula cinco figuras de arraigo, cada una con sus propios requisitos de permanencia, medios y acreditación. La comparativa completa está en los cinco arraigos del RD 1155/2024, con lo que exige cada uno y cómo se demuestra.

Preguntas frecuentes

¿Cuenta el tiempo como solicitante de asilo para los dos años del arraigo?

No. Desde el 20 de mayo de 2025, con el Reglamento del Real Decreto 1155/2024, ese tiempo no computa.

¿Puedo pedir un arraigo si tengo la solicitud de asilo en trámite?

No. No se puede tener una solicitud de protección internacional en curso en el momento de pedir el arraigo.

¿Sigue abierta la vía del Real Decreto 316/2026 para solicitantes de asilo?

No. Era para quienes habían presentado la solicitud de protección internacional antes del 1 de enero de 2026, y el plazo terminó el 30 de junio de 2026 sin prórroga.

Semáforo de tu caso

¿En qué punto está tu expediente?

Toca la luz que describe tu situación.

Es el mejor momento para revisarlo.

Antes de presentar todavía se puede elegir la vía. Revisamos tus fechas y tus documentos para que el expediente salga completo.

Revisar antes de presentar
Un requerimiento tiene plazo.

Normalmente son diez días hábiles desde la notificación. Leemos lo que te piden y preparamos la respuesta contigo.

Responder al requerimiento
Hay recurso, pero el reloj corre.

El recurso de reposición se presenta en un mes desde la notificación. Revisamos la resolución y te decimos qué vía cabe antes de que venza.

Revisar mi denegación
Félix José España González · Abogado colegiado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, n.º 127450

Fuentes

  • Real Decreto 1155/2024
  • Real Decreto 316/2026

Sigue por aquí

Portada de España Abogados: Regularización extraordinaria o razones humanitariasRegularización extraordinaria o razones humanitariasRegularización extraordinaria o razones humanitarias: comparamos requisitos, plazos, plan B, hijos y nacionalidad, y cuál escoger si…Ver más → Portada de España Abogados: Renovación de la regularización extraordinariaRenovación de la regularización extraordinariaQué hacer cuando termina el año de la regularización extraordinaria: plazo para modificar, requisitos de trabajo y de autónomos, y…Ver más → Portada de España Abogados: Así nacieron las razones humanitarias para venezolanos en EspañaAsí nacieron las razones humanitarias para venezolanos en EspañaLo que anunció Interior en 2019 sobre las razones humanitarias para venezolanos, cómo funcionaron, por qué se acabaron en 2026 y qué…Ver más → Portada de España Abogados: Derechos y obligaciones del solicitante de asilo en EspañaDerechos y obligaciones del solicitante de asilo en EspañaQué puedes exigir y qué debes cumplir mientras se resuelve tu asilo en España, qué hace que archiven tu expediente y qué cambió con el…Ver más →

España Abogados

Despacho español · Extranjería, nacionalidad y fiscalidad · Madrid

ICAM 127450

Somos un despacho español —no una gestoría ni una agencia— dirigido por Félix José España González, abogado colegiado nº 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, y tramitamos ante la Administración española desde España. Atendemos por videollamada en horario de Estados Unidos: Este, Centro y Pacífico.

Qué tramitamos en España

Arraigo

  • sociolaboral
  • social
  • socioformativo
  • de segunda oportunidad
  • familiar

Visados y residencia

  • teletrabajador internacional
  • no lucrativa
  • estancia por estudios
  • búsqueda de empleo
  • cuenta ajena
  • cuenta propia
  • emprendedores

Familia

  • tarjeta de familiar de ciudadano de la UE
  • reagrupación familiar

Protección internacional

  • asilo y refugio
  • residencia por razones humanitarias

Mantener la residencia

  • renovaciones
  • modificaciones
  • larga duración

Nacionalidad española

  • por residencia
  • por opción
  • prueba CCSE
  • expediente de Registro Civil

Recursos

  • reposición
  • alzada
  • contencioso-administrativo
  • silencio negativo

Fiscalidad

  • residencia fiscal
  • régimen de impatriados (Ley Beckham)
  • convenio España-EE. UU.
  • modelos 720 y 721
Cómo armamos tu plan migratorio
  1. Analizamos tu situación personal, familiar y tus ingresos.
  2. Elegimos la vía que de verdad encaja con tu caso.
  3. Calculamos la solvencia económica que te van a exigir.
  4. Ordenamos y te solicitamos toda la documentación necesaria: apostillas, traducciones juradas y antecedentes.
  5. Fijamos el calendario de cada trámite, desde la residencia hasta la nacionalidad.
Cuéntanos tu caso

Félix José España González

Soy Félix José España González, abogado colegiado n.º 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid y director de España Abogados, despacho especializado en extranjería, movilidad internacional, fiscalidad y nacionalidad española. Ayudo a personas y empresas a establecerse legalmente en España y divulgo toda la información sobre emigrar y establecerse en España a través de redes sociales. Como emigrante, sé por experiencia propia lo que es llegar a un país nuevo y tener que entenderse con su Administración: por eso aquí cada trámite se explica con la norma delante y entendiendo lo que es emigrar.


Logotipo de España Abogados en blanco con el trazo central en amarillo, para fondos granate

Despacho de extranjería dirigido por el abogado Félix José España González (ICAM 127450), experto en emprendimiento y fiscalidad y miembro de la Asociación Española de Asesores Fiscales, con un equipo de expertos en extranjería, nacionalidad española y tramitación. Consolidados con el objetivo de atender, guiar y asesorar a todo extranjero que desee estudiar, trabajar y vivir en España.

Conócenos
  • Asesorías
  • Vivir en España
  • Servicios
  • Blog
  • Conócenos

Enlaces de Interés

  • BOEs de Notificaciones de Asilo
  • Puntos de Contacto para solicitar Protección Internacional
  • Fechas orientativas de resolución de trámites de Extranjería
  • Calculadoras de extranjería y nacionalidad
  • Canal de Denuncias de España Abogados
  • Normativa Aplicable
  • Venezolanos en España: resumen y documentos
  • Aquí tienes todo
  • Preguntas frecuentes
Instagram Facebook Youtube X-twitter Tiktok
Llámanos
  • 641 65 88 93
Escríbenos
  • +34 641 65 88 93
Encuéntranos

Coregram Marketing – España Abogados © Todos los derechos reservados.

  • Aviso legal
  • Pagos y cancelaciones
  • Política de privacidad
  • Política de cookies
Logotipo de España Abogados
Cookies

Usamos cookies propias y de terceros (Google y Meta) para analizar cómo se usa la web, para mostrarle publicidad en Facebook e Instagram basada en un perfil elaborado con su navegación aquí (por ejemplo, las páginas que visita) y para mostrar contenidos de terceros como mapas y vídeos. Pulse «Aceptar» para permitirlas todas, «Denegar» para rechazarlas o «Ver preferencias» para elegir por finalidad. Rechazarlas no le impide usar la web y puede cambiar su elección cuando quiera.

Funcional Siempre activo
Imprescindibles para que la web funcione y para guardar su elección sobre las cookies. Siempre están activas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
Nos permiten saber cuántas personas visitan cada página y cómo llegan a ella (Google Analytics), para mejorar los contenidos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
Permiten a Meta medir nuestros anuncios y mostrarle publicidad en Facebook e Instagram según un perfil elaborado con su navegación en esta web. Incluyen también los contenidos de terceros incrustados, como Google Maps y YouTube.
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
  • {title}
  • {title}
  • {title}