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Profesiones reguladas en España: lista completa y cómo ejercerlas con un título extranjero (2026)

Félix José España González
6 octubre 2026
Estudios y Homologación  ·  Permisos de Trabajo para Extranjeros

Actualizado el 6 de octubre de 2026

En España hay unas 200 profesiones reguladas, pero solo 36 están en la lista de homologación del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Y dos de ellas, abogado y procurador, no se pueden homologar. Saber si la tuya está en esa lista decide todo lo demás: si tienes que homologar o te basta con la equivalencia, si necesitas colegiarte, qué nivel de español te piden y qué autorización de residencia puedes pedir con tu título.

Todo lo que necesitas saber sobre las profesiones reguladas en España

  • Qué es. Una profesión es regulada cuando la ley exige una cualificación concreta para ejercerla (Real Decreto 581/2017, art. 4.9).
  • La lista que te afecta si tienes título universitario. Las profesiones del anexo del Real Decreto 889/2022: sanitarias, ingenierías, arquitectura, docencia, abogacía y procura. El Ministerio cuenta 36, pero abogado y procurador no se pueden homologar.
  • Si tu profesión está en la lista, para ejercerla en España necesitas la homologación. Si no está, no hay nada que homologar: puedes pedir la declaración de equivalencia si quieres acreditar tu nivel.
  • Título de la UE y eres ciudadano de la UE: no homologas, pides el reconocimiento profesional del Real Decreto 581/2017.
  • Además del título, muchas profesiones exigen colegiarte, y para homologar te piden español B2 salvo que seas de un país hispanohablante.
  • Abogacía: el Ministerio dice que con un título extranjero es «inviable» homologar. El camino es otro.

En esta página

  1. Qué es una profesión regulada
  2. La lista oficial: las profesiones del anexo del Real Decreto 889/2022
  3. Profesiones reguladas que no exigen carrera
  4. Cuatro casos que confunden
  5. Qué vía te corresponde según dónde estudiaste
  6. El requisito de español
  7. La colegiación: el paso que se olvida
  8. Profesiones reguladas y residencia en España
  9. Los datos oficiales
  10. Qué hacer ahora, según tu caso
  11. Preguntas frecuentes

Qué es una profesión regulada

La definición está en el artículo 4.9.a) del Real Decreto 581/2017: es la actividad profesional «para cuyo acceso, ejercicio o modalidad de ejercicio se exija, de manera directa o indirecta, estar en posesión de determinadas cualificaciones profesionales».

Dicho de otra forma: en una profesión regulada no basta con saber hacer el trabajo. Hace falta un título concreto que la ley señala, y a veces también estar colegiado. La base está en el artículo 36 de la Constitución, que encarga a la ley regular «el ejercicio de las profesiones tituladas».

En todas las demás profesiones, que son la mayoría, contrata quien quiera con el título que considere. Un periodista, un informático o un administrador de empresas no necesitan homologar su título para trabajar en España.

La regla práctica. Si tu profesión no es regulada, la homologación no existe para ti: el Ministerio no la tramita. Lo que puedes pedir es la declaración de equivalencia, que acredita tu nivel de Grado o Máster ante empresas, universidades u oposiciones.

La lista oficial: las profesiones del anexo del Real Decreto 889/2022

Son las del anexo del Real Decreto 889/2022, que es la norma de la homologación de títulos universitarios extranjeros. Cada una tiene una orden ministerial que fija qué debe enseñar la carrera española. Con esa orden se compara tu plan de estudios.

Profesión Nivel del título español Norma que la regula
Sanitarias
Médico Grado Orden ECI/332/2008
Veterinario Grado Orden ECI/333/2008
Enfermero Grado Orden CIN/2134/2008
Fisioterapeuta Grado Orden CIN/2135/2008
Dentista Grado Orden CIN/2136/2008
Farmacéutico Grado Orden CIN/2137/2008
Logopeda Grado Orden CIN/726/2009
Óptico-Optometrista Grado Orden CIN/727/2009
Podólogo Grado Orden CIN/728/2009
Terapeuta Ocupacional Grado Orden CIN/729/2009
Dietista-Nutricionista Grado Orden CIN/730/2009
Psicólogo General Sanitario Máster Orden ECD/1070/2013
Ingeniería y arquitectura
Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos · de Minas · Industrial · Aeronáutico · Agrónomo · de Montes · Naval y Oceánico · de Telecomunicación (8) Máster Órdenes CIN/309, 310, 311, 312, 325, 326, 354 y 355/2009
Arquitecto Máster Orden EDU/2075/2010
Ingeniero Técnico de Minas · de Obras Públicas · Aeronáutico · Agrícola · Forestal · Naval · Industrial · de Telecomunicación · en Topografía (9) Grado Órdenes CIN/306, 307, 308, 323, 324, 350, 351, 352 y 353/2009
Arquitecto Técnico Grado Orden ECI/3855/2007
Docencia
Maestro en Educación Infantil Grado Orden ECI/3854/2007
Maestro en Educación Primaria Grado Orden ECI/3857/2007
Profesor de ESO y Bachillerato, FP y Enseñanzas de Idiomas Máster Orden ECI/3858/2007
Justicia
Abogado · Procurador Grado en Derecho + formación y examen de acceso Ley 34/2006 y Real Decreto 775/2011

Si tu carrera tiene otro nombre en tu país, no importa. Lo que se compara es el contenido del plan de estudios con el de la orden española, no la denominación.

Profesiones reguladas que no exigen carrera

La lista anterior es solo la parte universitaria. La base de datos de profesiones reguladas de la Comisión Europea recoge 198 entradas para España (consulta del 6 de octubre de 2026; la propia web avisa de que está en actualización). Entre ellas hay 49 especialidades médicas y muchas profesiones de formación profesional o con carné propio:

  • Técnicos sanitarios de FP: Cuidados Auxiliares de Enfermería, Farmacia, Laboratorio de Diagnóstico Clínico, Imagen para el Diagnóstico, Higiene Bucodental, Prótesis Dentales, Radioterapia y el resto de títulos de FP de la familia sanidad, como Emergencias Sanitarias (Ley 44/2003, art. 3).
  • Instaladores: electricista de alta y baja tensión, gas, calefacción, fontanería, frigorista.
  • Seguridad privada: vigilante, escolta, detective privado, director de seguridad.
  • Otras: guía de turismo, entrenador y monitor deportivo, técnico de mantenimiento de aeronaves, tripulante de cabina, buzo, profesiones de la marina mercante y pesquera, gestor administrativo, agente comercial y traductor-intérprete jurado.

Para un título extranjero de formación profesional, la vía es la homologación ante el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (Real Decreto 104/1988). Si vives en Galicia, Cataluña o el País Vasco, la resuelve tu comunidad autónoma. Otras profesiones, como la seguridad privada o los instaladores, tienen su propia autoridad y su propio procedimiento.

Si tu caso es de FP, el bachillerato y la FP siguen otro camino que el universitario. Te lo explicamos en cómo homologar el bachillerato extranjero.

Cuatro casos que confunden

Abogacía y procura

Están en la lista, pero el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades es tajante: «Con una titulación universitaria extranjera, según la normativa aplicable hoy en día para esta profesión, es inviable obtener una homologación».

Para ejercer hace falta el Grado en Derecho español, la formación de acceso, el examen estatal y la colegiación (Ley 34/2006, arts. 1 y 2). Con un título extranjero, el camino es convalidar parte de tus estudios en una universidad española y terminar allí el Grado. Si ya tienes una homologación antigua al título de Licenciado en Derecho, te sirve para presentarte al examen de acceso. Si te basta con acreditar tu nivel para un empleo que no exige ser abogado, puedes pedir la equivalencia.

Un dato que conviene saber: el Real Decreto 64/2023, que regulaba el acceso, fue anulado entero por el Tribunal Supremo (sentencia de 17 de diciembre de 2024, publicada en el BOE el 19 de febrero de 2025). Hoy vuelve a aplicarse el Real Decreto 775/2011.

Si eres ciudadano de la UE con título de otro Estado miembro, existe el reconocimiento profesional, pero con una prueba de aptitud obligatoria (Real Decreto 581/2017, art. 22.3).

Ingeniero e ingeniero técnico

No son lo mismo. La profesión de ingeniero se corresponde con un Máster habilitante. La de ingeniero técnico, con un Grado de 240 créditos. Por eso conviene saber a cuál de las dos profesiones corresponde tu formación antes de pedir la homologación: se compara con la orden de una o de otra.

Y hay ingenierías que no están en el anexo, como la ingeniería informática o la ingeniería química. No tienen una orden que habilite para una profesión, así que no se homologan: lo que procede es la equivalencia.

Psicología

La profesión regulada es la de Psicólogo General Sanitario, que corresponde a un Máster. Para homologar a esa profesión, tu formación tiene que cubrir la de ese máster, no solo la de una licenciatura en Psicología.

Médicos especialistas

Homologar el título de Medicina te permite ejercer como médico, pero no como especialista. El título de especialista obtenido fuera de la UE se reconoce aparte, ante el Ministerio de Sanidad (Real Decreto 459/2010). Y para pedirlo necesitas el título español de Medicina o tenerlo ya homologado. La otra vía es el MIR, que explicamos en el MIR para médicos extranjeros.

Qué vía te corresponde según dónde estudiaste

Tu situación Trámite Ante quién Norma
Título universitario de fuera de la UE, profesión de la lista Homologación Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades Real Decreto 889/2022
Título universitario de fuera de la UE, profesión no regulada Declaración de equivalencia (opcional) Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades Real Decreto 889/2022
Ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza con cualificación de otro Estado miembro Reconocimiento profesional La autoridad de cada profesión: Sanidad para las sanitarias, Justicia para la abogacía, Universidades para la docencia Real Decreto 581/2017
Especialista médico con título de fuera de la UE Reconocimiento del título de especialista Ministerio de Sanidad Real Decreto 459/2010
Título de formación profesional extranjero Homologación de FP Ministerio de Educación, FP y Deportes (o Galicia, Cataluña y País Vasco) Real Decreto 104/1988

Cuidado con el título de la UE si no eres ciudadano de la UE. El Real Decreto 581/2017 se aplica a los nacionales de los Estados miembros (art. 2.1). Que hayas estudiado en Italia o en Portugal no te abre por sí solo esa vía si tu pasaporte es de fuera de la UE. Es un caso que hay que estudiar antes de presentar nada.

La homologación cuesta 166,50 € de tasa, se pide solo por internet, en la sede electrónica, y puedes hacerlo aunque no vivas en España y el Ministerio tiene 6 meses para resolver. Si no responde, el silencio es desestimatorio. Puede salir favorable, desfavorable o condicionada a requisitos formativos complementarios: prácticas, una prueba de aptitud, un proyecto o cursos. Todo el procedimiento está en nuestra guía de homologación y equivalencia.

El requisito de español

Para homologar a una profesión regulada te piden español de nivel B2 (Real Decreto 889/2022, arts. 9.4 y 13.2). Se acredita con el DELE B2 o superior, con el certificado B2 o superior de una Escuela Oficial de Idiomas (o el antiguo Certificado de Aptitud), con un certificado de que al menos el 75 % de tu carrera fue en español o con un certificado de que estudiaste en español antes de entrar en la universidad.

Si eres nacional de un país cuya lengua oficial es el español, no tienes que presentar nada.

En el reconocimiento de la UE, el idioma se comprueba después de reconocer la cualificación (Real Decreto 581/2017, art. 72). En las profesiones que afectan a la seguridad de los pacientes, el nivel mínimo lo fija el Ministerio de Sanidad.

La colegiación: el paso que se olvida

Homologar no siempre basta. Según el artículo 3.2 de la Ley 2/1974 de Colegios Profesionales, hay que estar colegiado para ejercer cuando así lo establezca una ley estatal.

La Ley 25/2009 ordenó al Gobierno presentar en un año un proyecto de ley que dijera qué profesiones exigen colegiación. Esa ley no ha llegado a aprobarse, así que siguen vigentes las obligaciones que ya existían (disposición transitoria cuarta). Por eso no hay una lista oficial única: lo que toca es consultar al colegio profesional de tu provincia antes de empezar a trabajar.

En la práctica. Si tu profesión exige colegiación, el colegio te pedirá la credencial de homologación antes de darte de alta. En la abogacía, por ejemplo, la colegiación es obligatoria por ley (Ley 34/2006, art. 1.2).

Profesiones reguladas y residencia en España

La homologación no te da residencia, y tampoco exige tenerla: puedes pedirla desde tu país. Pero tu título y tu profesión sí influyen en la autorización que puedes conseguir.

  • Trabajo por cuenta ajena. El Reglamento de Extranjería exige que tengas «la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión» (Real Decreto 1155/2024, art. 74.f). Si el puesto es de una profesión regulada, eso es el título homologado.
  • Trabajo por cuenta propia. Además de la cualificación, la colegiación cuando se requiera (art. 84.b).
  • Tarjeta azul UE. La Ley 14/2013 exige expresamente que, «en el caso del ejercicio de profesiones reguladas», acredites la homologación (art. 71 bis.1.a). Lo explicamos en profesional altamente cualificado y Tarjeta azul.

Mientras llega la homologación, puedes trabajar en un puesto que no sea de profesión regulada si tu autorización de residencia te lo permite.

Los datos oficiales

Dato del Ministerio Cifra
Expedientes resueltos en 2025 85.564 (49.906 homologaciones y 35.658 equivalencias)
Resoluciones favorables 76,3 %
Homologaciones emitidas que son de Medicina 79,7 %
Expedientes pendientes 72.337 a 13 de marzo de 2026 (eran 122.890 en octubre de 2024)
Origen de los solicitantes 63 % latinoamericanos (Colombia 20 %, Venezuela 9 %, Cuba 8 %) · 22 % españoles con título extranjero

Fuente: nota del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades de 14 de abril de 2026.

Hay una reforma en marcha: un proyecto de real decreto sobre el reconocimiento de títulos universitarios extranjeros, que estuvo en audiencia pública del 27 de abril al 18 de mayo de 2026. A 6 de octubre de 2026 no se ha publicado en el BOE y sigue aplicándose el Real Decreto 889/2022.

Qué hacer ahora, según tu caso

Tu profesión está en la lista

Homologa antes de buscar trabajo de lo tuyo

Prepara el título y el certificado de notas apostillados, el programa de las asignaturas y, si no eres de un país hispanohablante, el B2. Luego, el colegio profesional.

Tu profesión no está en la lista

No necesitas homologar

Puedes trabajar con tu título. Si una empresa, una universidad o una oposición te pide acreditar el nivel, pide la declaración de equivalencia.

Tienes título de la UE

Comprueba tu nacionalidad antes de elegir vía

Si eres ciudadano de la UE, reconocimiento profesional ante la autoridad de tu profesión. Si no lo eres, estudiamos si te corresponde la homologación.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas profesiones reguladas hay en España?

La base de datos de la Comisión Europea recoge 198 entradas para España, contando especialidades médicas y profesiones de formación profesional. Las que se homologan con un título universitario son las del anexo del Real Decreto 889/2022: 34 profesiones, porque abogado y procurador no se pueden homologar.

¿Puedo trabajar en España sin homologar mi título?

Sí, si tu profesión no es regulada. Solo necesitas el título homologado para ejercer una profesión regulada, como medicina, enfermería, arquitectura o docencia en la enseñanza reglada.

¿La informática o la administración de empresas son profesiones reguladas?

No están en el anexo del Real Decreto 889/2022, así que no se homologan. Puedes pedir la declaración de equivalencia a nivel de Grado o Máster.

¿Puedo homologar mi título de abogado?

No. El Ministerio indica que con un título extranjero es inviable homologarlo a la profesión de abogado. El camino es convalidar estudios en una universidad española, terminar el Grado en Derecho, cursar la formación de acceso, aprobar el examen y colegiarte.

¿Necesito el DELE para homologar?

Solo si no eres nacional de un país hispanohablante y vas a homologar a una profesión regulada. Se pide nivel B2. También vale el certificado de una Escuela Oficial de Idiomas, acreditar que al menos el 75 % de tu carrera fue en español o que estudiaste en español antes de la universidad.

¿Basta con homologar para ejercer?

No siempre. En muchas profesiones, como la abogacía, además tienes que colegiarte. Consulta al colegio profesional de tu provincia.

¿La homologación me da permiso de residencia?

No. Son trámites distintos. La homologación acredita tu título; la residencia la da la autorización de extranjería que corresponda. Eso sí, para una autorización de trabajo en una profesión regulada te pedirán el título homologado.

Estudié en España o en otro país de la UE pero soy de fuera de la UE. ¿Qué hago?

Si el título es español, no tienes que homologar nada. Si es de otro Estado de la UE, el reconocimiento profesional del Real Decreto 581/2017 está previsto para nacionales de la UE, así que conviene estudiar tu caso antes de elegir vía.

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Marco normativo

  • Constitución Española, art. 36: profesiones tituladas y colegios profesionales.
  • Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre: homologación y declaración de equivalencia; arts. 2, 3.4, 9.4, 13.2, 18.3 y 19, y anexo.
  • Real Decreto 581/2017, de 9 de junio: reconocimiento de cualificaciones profesionales de la UE; arts. 2.1, 4.9, 22.3 y 72. Modificado por el Real Decreto 325/2026.
  • Ley 2/1974, de Colegios Profesionales, art. 3.2.
  • Ley 25/2009, disposición transitoria cuarta: colegiación obligatoria.
  • Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias, arts. 2 y 3.
  • Real Decreto 459/2010: reconocimiento de títulos de especialista en Ciencias de la Salud obtenidos fuera de la UE.
  • Ley 34/2006, de acceso a las profesiones de Abogado y Procurador, arts. 1 y 2.
  • Real Decreto 775/2011, vigente tras la sentencia del Tribunal Supremo de 17 de diciembre de 2024 que anuló el Real Decreto 64/2023.
  • Real Decreto 104/1988: homologación de títulos no universitarios.
  • Real Decreto 1155/2024, Reglamento de Extranjería, arts. 74.f y 84.b.
  • Ley 14/2013, art. 71 bis: Tarjeta azul UE.
  • Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades: abogacía y procura · reconocimiento de títulos de la UE · informe de homologaciones de 2025.
  • Comisión Europea: base de datos de profesiones reguladas.

Información general actualizada a 6 de octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento sobre un caso concreto.

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Soy Félix José España González, abogado colegiado n.º 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid y director de España Abogados, despacho especializado en extranjería, movilidad internacional, fiscalidad y nacionalidad española. Ayudo a personas y empresas a establecerse legalmente en España y divulgo toda la información sobre emigrar y establecerse en España a través de redes sociales. Como emigrante, sé por experiencia propia lo que es llegar a un país nuevo y tener que entenderse con su Administración: por eso aquí cada trámite se explica con la norma delante y entendiendo lo que es emigrar.


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