• Consulta Web Gratuita
  • Buscar
  • Vivir en España
    • Emprendiendo
    • Trabajando
    • Estudiando
    • Como Nómada Digital
    • Como Investigador
    • Con Residencia No Lucrativa
  • Servicios
    • Movilidad Internacional
    • Residencia No Lucrativa
    • Estancia por Estudios
    • Homologación de Títulos
    • Familiares de españoles y de la UE
    • Residencias iniciales y renovaciones
    • Reagrupación familiar
    • Residencia por razones humanitarias
    • Regularízate con un Arraigo
    • Asilo y Protección Internacional
    • Nacionalidad Española
    • Recursos contra Denegaciones
    • Asistencia Jurídica Letrada
    • Abogado en el Aeropuerto
    • Fiscalidad y Negocios Internacionales
    • Ver todos los servicios →
  • Blog
  • Conócenos
  • Asesorías
  • 641 65 88 93
  • +34 641 65 88 93
  • Calle de Cronos, 63, Planta 1, Oficina 3, San Blas-Canillejas, 28037 Madrid
Instagram Facebook Youtube X-twitter Tiktok
Logotipo de España Abogados, despacho de extranjería y movilidad internacional en Madrid
  • Consulta Web Gratuita
  • Vivir en España
    • Trabajando
    • Estudiando
    • Emprendiendo
    • Como Nómada Digital
    • Como Investigador
    • Con Residencia No Lucrativa
  • Servicios
    • Movilidad Internacional
      • Residencia como Teletrabajador de carácter internacional
      • Residencia para Profesionales Altamente Cualificados (PAC)
      • Residencia para Emprendedores
      • Residencia para Investigadores
      • Residencia para Profesionales del Sector Audiovisual
      • Residencia por Traslado Intraempresarial
      • Golden Visa: renovación y cambio de vía
    • Residencia No Lucrativa
    • Estancia por Estudios
    • Homologación de Títulos
    • Familiares de españoles y de la UE
      • Familiar de ciudadano español
      • Familiar de ciudadano de la UE
    • Residencias iniciales y renovaciones
    • Reagrupación familiar
    • Residencia por razones humanitarias
    • Regularízate con un Arraigo
      • Arraigo Sociolaboral
      • Arraigo Socioformativo
      • Arraigo Social
      • Arraigo Familiar
      • Arraigo de Segunda Oportunidad
    • Asilo y Protección Internacional
      • Solicitud de Protección Internacional
      • Recursos y contencioso-administrativo contra la denegación
    • Nacionalidad Española
      • Nacionalidad española por residencia
      • Nacionalidad española con Valor de Simple Presunción
      • Nacionalidad española por Opción
    • Recursos contra Denegaciones
    • Asistencia Jurídica Letrada
    • Abogado en el Aeropuerto
    • Fiscalidad y Negocios Internacionales
      • Planificación fiscal
      • Fiscalidad de los teletrabajadores
      • Regímenes especiales: Ley Beckham y «Ley Mbappé»
      • Impuestos en España
    • Ver todos los servicios →
  • Blog
  • Conócenos
  • Buscar
Regularización
Asesorías

Residencia y trabajo por cuenta propia en España: requisitos y plazos

Félix José España González
18 junio 2025
Permisos de Trabajo para Extranjeros

Respuesta rápida. La autorización de residencia y trabajo por cuenta propia es para el extranjero que quiere montar su propio negocio o ejercer como autónomo en España. Se pide en el consulado de tu país de residencia, exige una inversión suficiente, la cualificación y las licencias de la actividad, y la inicial dura un año, limitada a una comunidad autónoma y un sector. La renovación dura cuatro años.

La regulan los artículos 82 a 87 del Reglamento de extranjería (RD 1155/2024).

¿Es tu vía?

Vivo fuera de España y quiero abrir un negocio

Sí, es la autorización inicial por cuenta propia, que se presenta en el consulado.

Estoy en España con estancia por estudios y ya tengo el título

Puedes modificar a cuenta propia desde España (artículo 190.3), en la Oficina de Extranjería o por Mercurio.

Tengo una residencia que no me deja trabajar, como la no lucrativa

Si llevas más de un año residiendo, puedes modificar a cuenta propia (artículo 191.4).

Mi proyecto es innovador o tecnológico

Valora la residencia para emprendedores de la Ley 14/2013, que tramita la UGE-CE.

Trabajo en remoto para clientes extranjeros

Tu vía suele ser la de nómada digital. Compara las residencias.

En esta página

  1. Requisitos
  2. Procedimiento y plazos
  3. Tasas
  4. Duración y renovación
  5. Documentación
  6. Preguntas frecuentes
  7. Fuentes oficiales
  8. Sigue por aquí

Requisitos

Tuyos

  • No ser ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza ni estar en situación irregular en España.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia de los últimos cinco años.
  • No figurar como rechazable ni estar en plazo de compromiso de no retorno.

De la actividad

  • Cumplir los requisitos legales de apertura y funcionamiento: licencias o, para el comercio minorista de hasta 750 m², declaración responsable o comunicación previa.
  • Tener la cualificación profesional o la experiencia suficiente y, si se exige, la colegiación.
  • Acreditar que la inversión prevista es suficiente y su incidencia en la creación de empleo. Un informe de ATA, UPTA, CIAE, OPA o UATAE sirve para acreditar la viabilidad.

Procedimiento y plazos

  1. Solicitud en persona en el consulado, con el formulario EX-07.
  2. Tasas en diez días hábiles.
  3. Resolución: tres meses, y el artículo 85.4 precisa desde cuándo cuentan. Cuentan «desde la recepción de la comunicación de la oficina consular», no desde el día en que presentaste la solicitud. «Transcurrido este plazo sin respuesta, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada».
  4. Visado: lo pides en el mes siguiente a la concesión; el consulado resuelve en un mes; lo recoges en un mes y entras en España mientras esté vigente (tres meses).
  5. Alta en la Seguridad Social en los tres meses siguientes a la entrada. Calcula tu cuota de autónomo.
  6. Tarjeta: en el mes siguiente al alta.

Dos precisiones del artículo 85 que casi nadie cuenta. Los antecedentes no los aportas tú en este trámite: el apartado 2 dice que «la oficina de extranjería recabará de oficio el informe del registro central de penados» y «recabará informe policial», y que esos informes «serán emitidos en el plazo de siete días». Y añade algo que conviene saber si te preocupa un expediente antiguo: «La existencia de antecedentes en el informe policial no supondrá, por sí misma y de forma automática, causa de denegación de la autorización»; el órgano competente lo valora «de forma casuística y circunstanciada». La segunda: si tu plan es trabajar en más de una comunidad autónoma durante el primer año, el apartado 6 exige obtener «las correspondientes autorizaciones de trabajo por cuenta propia», y siempre dentro del mismo sector de actividad.

Tasas

Concepto Modelo Importe
Residencia temporal y trabajo, inicial 790-052 (2.1.3) 10,94 €
Trabajo por cuenta propia, inicial (seis meses o más) 790-062 (3.3.1) 203,84 €
Renovación de la residencia 790-052 (2.2.3) 16,40 €
Trabajo por cuenta propia, renovación 790-062 (3.3.2) 81,54 €
Tarjeta, primera concesión 790-012 16,08 €

Orden PJC/617/2025. Todas las tasas de extranjería.

Duración y renovación

Inicial Renovada
Duración Un año Cuatro años (salvo que corresponda la larga duración)
Ámbito Una comunidad autónoma y un sector Cuenta ajena y propia, toda España y cualquier sector
Cuándo se pide No aplica En los dos meses anteriores al vencimiento o en los tres posteriores (con posible sanción)
Silencio Desestimatorio Estimatorio (tres meses)

Documentación

  1. Formulario EX-07 y pasaporte completo.
  2. Antecedentes penales de los últimos cinco años.
  3. Licencias o declaración responsable de la actividad.
  4. Acreditación de la cualificación profesional.
  5. Plan de negocio con la inversión prevista y su incidencia en el empleo.
  6. Para el visado: pasaporte con un año de vigencia, antecedentes penales y certificado médico.

Ruta de lectura

¿Por dónde sigues?

1 · Guía completaMovilidad internacionalLas vías de residencia para inversores, emprendedores y profesionales cualificados.Leer la guía →2 · Compara las víasEmprender en España siendo extranjeroEsta autorización es solo una de las seis vías para emprender. Las comparamos todas con la normativa en vigor.Ver las seis vías →3 · La otra mitad: lo fiscalFiscalidad y negocios internacionalesDarte de alta como autónomo te hace contribuyente aquí: IRPF, IVA y obligaciones de información si mantienes bienes o ingresos en tu país.Revisar mis impuestos →

Preguntas frecuentes

¿Se puede pedir la residencia por cuenta propia desde España?

La autorización inicial se solicita personalmente en el consulado español del lugar de residencia. Desde España solo cabe por modificación: desde una estancia por estudios, tras obtener la titulación, o desde una residencia que no habilitaba para trabajar si se ha residido más de un año.

¿Cuánto dura la autorización por cuenta propia?

La autorización inicial dura un año y se limita a una comunidad autónoma y a un sector de actividad. La renovación dura cuatro años y habilita para trabajar por cuenta ajena y propia en toda España y en cualquier sector.

¿Cuánto cuestan las tasas?

La tasa de la autorización de residencia inicial es de 10,94 euros (modelo 790, código 052) y la de la autorización de trabajo por cuenta propia inicial, 203,84 euros (modelo 790, código 062), cuando dura seis meses o más. La tarjeta de identidad de extranjero cuesta 16,08 euros.

¿Cuánto tarda?

La Oficina de Extranjería tiene tres meses para resolver y, si no notifica, la solicitud se entiende desestimada. Después hay un mes para pedir el visado, el consulado lo resuelve en un mes y hay que darse de alta en la Seguridad Social en los tres meses siguientes a la entrada.

¿Necesito un informe de una asociación de autónomos?

La hoja informativa del Ministerio lo recoge como forma de acreditar la viabilidad del proyecto, con informes de organizaciones como ATA, UPTA, CIAE, OPA o UATAE, pero no como el único medio posible.

Diagnóstico en 3 toques

¿Por dónde pasa tu proyecto de autónomo?

Contesta tres preguntas y te decimos qué vía te toca y qué revisaríamos contigo.

1¿Dónde estás ahora?

2¿Cómo está tu plan de empresa?

3¿Y la inversión?

Tu resultado

Toca una opción en cada pregunta y el resultado aparece aquí.

Tu vía: autorización inicial por cuenta propia. Se pide en el consulado español de tu país.
Tu vía: modificación desde estudios. Desde España, cuando ya tienes el título (artículo 190).
Tu vía: modificación desde tu residencia. Desde España, con requisitos que dependen de si llevas un año o más (artículo 191).
Ahora esta vía no es para ti. Sin autorización, desde España la puerta es el arraigo. Te ayudamos a ver cuál te toca.
Buena base. Plan e inversión listos: lo siguiente es una revisión final antes de presentar.
Hay piezas por preparar:Plan de empresaInversiónEs lo que más se mira en esta autorización.
Estudiar mi proyecto →Estudiar mi caso →

Félix José España González · Abogado colegiado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, n.º 127450

Fuentes oficiales

  • Hoja informativa 14: residencia y trabajo por cuenta propia
  • Hoja informativa 15: renovación
  • Orden PJC/617/2025, de tasas
  • Real Decreto 1155/2024 (BOE)
  • La figura, artículo por artículo: Real Decreto 1155/2024, Reglamento de Extranjería, texto consolidado, art. 82 (definición: más de noventa días y menos de cinco años), art. 83 (la inicial dura un año y se limita a un ámbito autonómico y a un sector), art. 84 a) a f) (requisitos específicos, incluida la tasa), art. 85 (procedimiento, informes de oficio y plazo de resolución) y arts. 86 y 87 (renovación y sus efectos). BOE-A-2024-24099.

Sigue por aquí

Portada de España Abogados: Residencia y trabajo por cuenta ajenaResidencia y trabajo por cuenta ajenaEl permiso para venir contratado por una empresa española: quién lo solicita, qué limita la autorización inicial.Ver más →Portada de España Abogados: Emprender en España siendo venezolanoEmprender en España siendo venezolanoLas vías para montar tu negocio en España si eres venezolano.Ver más →

España Abogados

Despacho español · Extranjería, nacionalidad y fiscalidad · Madrid

ICAM 127450

Somos un despacho español, no una gestoría ni una agencia, dirigido por Félix José España González, abogado colegiado nº 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, y tramitamos ante la Administración española desde España. Atendemos por videollamada en horario de Estados Unidos: Este, Centro y Pacífico.

Qué tramitamos en España

Arraigo

  • sociolaboral
  • social
  • socioformativo
  • de segunda oportunidad
  • familiar

Visados y residencia

  • teletrabajador internacional
  • no lucrativa
  • estancia por estudios
  • búsqueda de empleo
  • cuenta ajena
  • cuenta propia
  • emprendedores

Familia

  • tarjeta de familiar de ciudadano de la UE
  • reagrupación familiar

Protección internacional

  • asilo y refugio
  • residencia por razones humanitarias

Mantener la residencia

  • renovaciones
  • modificaciones
  • larga duración

Nacionalidad española

  • por residencia
  • por opción
  • prueba CCSE
  • expediente de Registro Civil

Recursos

  • reposición
  • alzada
  • contencioso-administrativo
  • silencio negativo

Fiscalidad

  • residencia fiscal
  • régimen de impatriados (Ley Beckham)
  • convenio España-EE. UU.
  • modelos 720 y 721
Cómo armamos tu plan migratorio
  1. Analizamos tu situación personal, familiar y tus ingresos.
  2. Elegimos la vía que de verdad encaja con tu caso.
  3. Calculamos la solvencia económica que te van a exigir.
  4. Ordenamos y te solicitamos toda la documentación necesaria: apostillas, traducciones juradas y antecedentes.
  5. Fijamos el calendario de cada trámite, desde la residencia hasta la nacionalidad.
Cuéntanos tu caso

Félix José España González

Soy Félix José España González, abogado colegiado n.º 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid y director de España Abogados, despacho especializado en extranjería, movilidad internacional, fiscalidad y nacionalidad española. Ayudo a personas y empresas a establecerse legalmente en España y divulgo toda la información sobre emigrar y establecerse en España a través de redes sociales. Como emigrante, sé por experiencia propia lo que es llegar a un país nuevo y tener que entenderse con su Administración: por eso aquí cada trámite se explica con la norma delante y entendiendo lo que es emigrar.


Logotipo de España Abogados en blanco con el trazo central en amarillo, para fondos granate

Despacho de extranjería dirigido por el abogado Félix José España González (ICAM 127450), experto en emprendimiento y fiscalidad y miembro de la Asociación Española de Asesores Fiscales, con un equipo de expertos en extranjería, nacionalidad española y tramitación. Consolidados con el objetivo de atender, guiar y asesorar a todo extranjero que desee estudiar, trabajar y vivir en España.

Conócenos
  • Asesorías
  • Vivir en España
  • Servicios
  • Blog
  • Conócenos

Enlaces de Interés

  • BOEs de Notificaciones de Asilo
  • Puntos de Contacto para solicitar Protección Internacional
  • Fechas orientativas de resolución de trámites de Extranjería
  • Calculadoras de extranjería y nacionalidad
  • Canal de Denuncias de España Abogados
  • Normativa Aplicable
  • Venezolanos en España: resumen y documentos
  • Aquí tienes todo
  • Preguntas frecuentes
Instagram Facebook Youtube X-twitter Tiktok
Llámanos
  • 641 65 88 93
Escríbenos
  • +34 641 65 88 93
Encuéntranos

Coregram Marketing. España Abogados © Todos los derechos reservados.

  • Aviso legal
  • Pagos y cancelaciones
  • Política de privacidad
  • Política de cookies
Logotipo de España Abogados
Cookies

Usamos cookies propias y de terceros (Google y Meta) para analizar cómo se usa la web, para mostrarle publicidad en Facebook e Instagram basada en un perfil elaborado con su navegación aquí (por ejemplo, las páginas que visita) y para mostrar contenidos de terceros como mapas y vídeos. Pulse «Aceptar» para permitirlas todas, «Denegar» para rechazarlas o «Ver preferencias» para elegir por finalidad. Rechazarlas no le impide usar la web y puede cambiar su elección cuando quiera.

Funcional Siempre activo
Imprescindibles para que la web funcione y para guardar su elección sobre las cookies. Siempre están activas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
Nos permiten saber cuántas personas visitan cada página y cómo llegan a ella (Google Analytics), para mejorar los contenidos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
Permiten a Meta medir nuestros anuncios y mostrarle publicidad en Facebook e Instagram según un perfil elaborado con su navegación en esta web. Incluyen también los contenidos de terceros incrustados, como Google Maps y YouTube.
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
  • {title}
  • {title}
  • {title}