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Asesorías

Nómada digital, altamente cualificado o no lucrativa: cuál te conviene

Félix José España González
15 septiembre 2026
Fiscalidad internacional  ·  Vivir en España

Respuesta rápida. Si vas a teletrabajar para empresas o clientes de fuera de España, tu vía es el visado de nómada digital (2.849 € al mes en 2026). Si una empresa española te contrata para un puesto cualificado, la de profesional altamente cualificado (41.356,36 € al año). Si no vas a trabajar y vives de tus rentas o ahorros, la residencia no lucrativa (2.400 € al mes). Las tres cuentan como residencia legal para la larga duración y la nacionalidad.

¿Cuál es la tuya?

Trabajo en remoto para una empresa extranjera

Nómada digital. Necesitas una relación laboral de al menos tres meses con una empresa que lleve un año operando, y título o tres años de experiencia. Residencia de nómada digital.

Soy autónomo y facturo a clientes extranjeros

Nómada digital. Puedes trabajar también para clientes españoles siempre que no superen el 20 % de tu actividad. Fiscalidad del teletrabajador.

Una empresa española me ofrece un puesto cualificado

Profesional altamente cualificado. Puesto directivo o que exija formación superior (excepcionalmente, tres años de experiencia) y salario de al menos 41.356,36 € brutos anuales. Residencia de profesional altamente cualificado.

Me jubilo o vivo de mis rentas

Residencia no lucrativa. Acreditas 28.800 € al año (y 7.200 € por familiar) y no trabajas en España. Residencia no lucrativa.

Iba a comprar una casa para tener la Golden Visa

La Golden Visa está cerrada desde el 3 de abril de 2025. Según tu situación, la alternativa suele ser la no lucrativa o la de nómada digital. Qué pasó con la Golden Visa.

La tabla comparativa

Nómada digital Profesional altamente cualificado No lucrativa
Requisito económico 2026 2.849 €/mes (200 % del SMI). +1.068,38 € el primer familiar y +356,13 € cada adicional Salario de 41.356,36 €/año 2.400 €/mes (400 % del IPREM), 28.800 €/año. +600 €/mes por familiar
Dónde se pide Visado en el consulado, o autorización en la UGE-CE desde España UGE-CE, por vía electrónica Consulado de tu país de residencia
Plazo de resolución Visado: 10 días hábiles. UGE-CE: 20 días, silencio positivo UGE-CE: 20 días, silencio positivo Un mes desde la comunicación del consulado, silencio negativo
Duración inicial Visado: hasta un año. Autorización: hasta tres años La del contrato (más tres meses si dura menos de tres años), con un máximo de tres Un año; renovaciones de dos años
¿Permite trabajar? Sí, en remoto para empresas extranjeras; como autónomo, hasta un 20 % con clientes españoles Sí, en el puesto para el que se concede No
Familia Cónyuge o pareja, hijos y ascendientes a cargo, en el mismo procedimiento Igual que nómada digital Familiares a cargo, incluidos en la solicitud
Ley Beckham Sí para trabajadores por cuenta ajena con este visado Sí, con contrato de trabajo En principio no
Seguridad Social Certificado de cobertura del país de origen o alta en España (Régimen General o autónomos) Alta en España como trabajador Sin alta: seguro médico
Seguro médico Sí, equivalente al Sistema Nacional de Salud, sin copagos ni carencias Sí, salvo que quedes cubierto por la Seguridad Social Sí, público o privado con aseguradora autorizada en España
Requisito de estancia — — Para renovar, más de 183 días al año en España

SMI 2026: 1.221 € al mes en 14 pagas (RD 126/2026). IPREM 2026: 600 € al mes. Umbral salarial: Orden PJC/44/2026. Cómo se calculan el SMI y el IPREM.

Lo que más pesa al elegir

Si vas a trabajar, la no lucrativa no te sirve

Autoriza a residir sin realizar actividades laborales o profesionales. Es la confusión que más problemas da en las renovaciones.

La fiscalidad llega a los 183 días

Con cualquiera de las tres, si pasas más de 183 días al año en España eres residente fiscal y tributas aquí por tu renta mundial. El régimen de impatriados puede reducir mucho la factura en las dos vías de trabajo. Guía fiscal del teletrabajador.

La cotización cambia el coste real

Un nómada digital autónomo cotiza en España salvo que aporte el certificado de su país. Calcula tu cuota de autónomo.

Se puede cambiar de vía

Las tres son residencias legales. Si cambia tu situación, por ejemplo porque empiezas a trabajar, se puede estudiar la modificación a la autorización que corresponda en lugar de empezar de cero.

Preguntas frecuentes

¿Qué es mejor, el visado de nómada digital o la residencia no lucrativa?

Depende de si vas a trabajar. El visado de nómada digital permite teletrabajar para empresas o clientes de fuera de España y exige ingresos de 2.849 euros al mes en 2026. La residencia no lucrativa no permite trabajar y exige 2.400 euros al mes, es decir, 28.800 euros al año.

¿Con la residencia no lucrativa puedo teletrabajar?

La autorización no lucrativa autoriza a residir en España sin realizar actividades laborales o profesionales, y ni la hoja del Ministerio ni los consulados recogen el teletrabajo como excepción. Si vas a trabajar, la vía es la de nómada digital.

¿Cuánto hay que ganar para el visado de nómada digital en 2026?

El 200 % del salario mínimo mensual: 2.849 euros al mes. Por el primer familiar se añade el 75 % del salario mínimo, 1.068,38 euros, y por cada familiar adicional el 25 %, 356,13 euros.

¿Qué salario exige la residencia de profesional altamente cualificado?

Para la autorización nacional de la Ley 14/2013, un umbral único de 41.356,36 euros brutos al año, según la Orden PJC/44/2026. La tarjeta azul UE admite además un umbral reducido de 33.085,09 euros en determinados casos.

¿Puedo acogerme a la Ley Beckham con estas residencias?

La Agencia Tributaria reconoce expresamente el régimen de impatriados a los trabajadores por cuenta ajena con visado de teletrabajo internacional, y se aplica también a quien se desplaza con un contrato de trabajo. Con la residencia no lucrativa, en principio no, porque no hay desplazamiento por trabajo.

¿Dónde se pide cada una?

La no lucrativa, en el consulado de tu país de residencia. La de nómada digital, como visado en el consulado o como autorización ante la UGE-CE si ya estás en España de forma regular. La de profesional altamente cualificado, ante la UGE-CE.

Elegir mi vía con un abogado

Fuentes oficiales

  • UGE-CE: documentación del teletrabajador de carácter internacional
  • UGE-CE: umbral salarial de profesionales altamente cualificados
  • Orden PJC/44/2026 (BOE)
  • Hoja informativa: residencia temporal no lucrativa
  • Criterio de gestión DGGM 2/2025 sobre la duración de las autorizaciones
  • Agencia Tributaria: régimen especial de impatriados
  • Real Decreto 126/2026, salario mínimo interprofesional

Guía completa: guía de trabajar en España — Cuenta ajena, cuenta propia y las autorizaciones que permiten trabajar aquí.

España Abogados

Despacho español · Extranjería, nacionalidad y fiscalidad · Madrid

ICAM 127450

Somos un despacho español —no una gestoría ni una agencia— dirigido por Félix España, abogado colegiado nº 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, y tramitamos ante la Administración española desde España. Atendemos por videollamada en horario de Estados Unidos: Este, Centro y Pacífico.

Qué tramitamos en España

Arraigo

  • sociolaboral
  • social
  • socioformativo
  • de segunda oportunidad
  • familiar

Visados y residencia

  • teletrabajador internacional
  • no lucrativa
  • estancia por estudios
  • búsqueda de empleo
  • cuenta ajena
  • cuenta propia
  • emprendedores

Familia

  • tarjeta de familiar de ciudadano de la UE
  • reagrupación familiar

Protección internacional

  • asilo y refugio
  • residencia por razones humanitarias

Mantener la residencia

  • renovaciones
  • modificaciones
  • larga duración

Nacionalidad española

  • por residencia
  • por opción
  • prueba CCSE
  • expediente de Registro Civil

Recursos

  • reposición
  • alzada
  • contencioso-administrativo
  • silencio negativo

Fiscalidad

  • residencia fiscal
  • régimen de impatriados (Ley Beckham)
  • convenio España-EE. UU.
  • modelos 720 y 721
Cómo armamos tu plan migratorio
  1. Analizamos tu situación personal, familiar y tus ingresos.
  2. Elegimos la vía que de verdad encaja con tu caso.
  3. Calculamos la solvencia económica que te van a exigir.
  4. Ordenamos y te solicitamos toda la documentación necesaria: apostillas, traducciones juradas y antecedentes.
  5. Fijamos el calendario de cada trámite, desde la residencia hasta la nacionalidad.
Cuéntanos tu caso

Actualizado el 16 de septiembre de 2026


Félix José España González

Félix España es abogado, colegiado nº 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, y director de España Abogados, despacho especializado en extranjería, movilidad internacional, fiscalidad y nacionalidad española. Ayuda a personas y empresas a establecerse legalmente en España y divulga sobre inmigración en redes sociales.


Logotipo de España Abogados en blanco

Despacho de abogados conformado por un equipo de profesionales expertos en el área de extranjería, nacionalidad española; emprendimiento, derecho tributario y corporativo. Consolidados con el objetivo de atender, guiar y asesorar a todo extranjero que desee estudiar, trabajar y vivir en España.

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