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Asesorías

Emprender en España siendo venezolano: permisos, autónomo o SL y ventajas fiscales

Félix José España Gonzalez
10 septiembre 2026
Venezolanos en España

Actualizado el 10 de septiembre de 2026 · Revisado por Félix José España González, abogado (ICAM n.º 127450).

Para emprender en España siendo venezolano tienes que resolver dos cosas por separado: qué autorización te permite trabajar por tu cuenta y qué forma jurídica le das a tu negocio. Si ya tienes residencia en España, lo más probable es que puedas empezar como autónomo o crear una sociedad. Si estás en Venezuela, necesitas un visado de cuenta propia o de emprendedor.

En resumen

  • La autorización de 4 años de la Instrucción SEM 1/2026 permite trabajar por cuenta propia en toda España.
  • Desde Venezuela, la residencia por cuenta propia exige inversión suficiente e informe de viabilidad; la de emprendedor, un proyecto innovador con informe de ENISA.
  • Puedes crear una sociedad limitada con 1 € de capital.
  • Las startups certificadas tributan al 15 % en el Impuesto sobre Sociedades durante 4 ejercicios.

Primera pregunta: ¿qué autorización tienes o necesitas?

Autorización Para quién ¿Puedes emprender?
Residencia y trabajo de 4 años (Instrucción SEM 1/2026) Antiguos titulares de la tarjeta humanitaria Sí, por cuenta propia o ajena, en toda España
Arraigo Personas que ya viven en España Sí, las autorizaciones de arraigo permiten trabajar
Residencia y trabajo por cuenta propia Quien viene desde Venezuela con un negocio concreto Sí, en la comunidad y el sector autorizados el primer año
Residencia para emprendedores (Ley 14/2013) Proyectos innovadores con informe favorable de ENISA Sí, en tu proyecto
Nacionalidad española Venezolanos con 2 años de residencia legal que la obtienen Sí, sin límites

Residencia y trabajo por cuenta propia

Está regulada en los artículos 82 a 85 del Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024). Se pide en el consulado español y exige:

  • Cualificación o experiencia para la actividad.
  • Inversión suficiente para poner en marcha el negocio.
  • Informe de viabilidad de una organización de autónomos: ATA, UPTA, CIAE, OPA o UATAE.
  • Las licencias que exija la actividad y no tener antecedentes penales.

La primera autorización dura 1 año y se limita a una comunidad autónoma y un sector. El consulado tiene 3 meses para resolver. Más información en residencia y trabajo por cuenta propia.

Residencia para emprendedores

Pensada para proyectos innovadores con interés económico para España. Necesitas un informe favorable de ENISA y la solicitud se tramita de forma electrónica ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE). Desde Venezuela puedes pedir el visado de emprendedor en el Consulado de España en Caracas. Lee residencia para emprendedores.

Segunda pregunta: ¿autónomo o sociedad limitada?

Autónomo Sociedad limitada (SL)
Puesta en marcha Alta en Hacienda y en la Seguridad Social Constitución ante notario o por vía telemática (CIRCE)
Capital mínimo No aplica 1 €
Responsabilidad Respondes con tu patrimonio personal Limitada al capital, con matices hasta llegar a 3.000 €
Impuesto sobre los beneficios IRPF Impuesto sobre Sociedades
Cuota de Seguridad Social Cuota de autónomos; consulta la cuota reducida vigente al darte de alta El administrador con control suele cotizar como autónomo

Desde la Ley 18/2022, «Crea y Crece», puedes crear una SL con 1 € de capital. Mientras el capital no llegue a 3.000 €, tienes que destinar el 20 % del beneficio a reserva legal y, si la sociedad se liquida sin bienes suficientes, los socios responden hasta cubrir la diferencia con 3.000 €.

Ventajas fiscales

  • Startups (Ley 28/2022): si ENISA certifica tu empresa como emergente, tributa al 15 % en el Impuesto sobre Sociedades el primer año con beneficios y los 3 siguientes. Requisitos: menos de 5 años de antigüedad (7 en biotecnología, energía o industria), sede en España, al menos el 60 % de la plantilla en España, no cotizar en bolsa, no repartir dividendos y facturar hasta 10 millones de euros.
  • Régimen de impatriados: si te trasladas a España para desarrollar una actividad emprendedora y no has sido residente fiscal aquí en los 5 años anteriores, puedes tributar al 24 % hasta 600.000 € durante el año de llegada y los 5 siguientes. Se pide con el modelo 149 en los 6 meses siguientes al inicio de la actividad.

Pasos prácticos para empezar

  1. Confirma que tu autorización te permite trabajar por cuenta propia.
  2. Obtén tu NIE si aún no lo tienes. Lee qué es el NIE temporal o provisional.
  3. Abre una cuenta bancaria en España.
  4. Elige forma jurídica: autónomo o SL.
  5. Date de alta en Hacienda y en la Seguridad Social, o constituye la sociedad.
  6. Pide las licencias municipales o sectoriales de tu actividad.

Errores frecuentes

  • Empezar a facturar con una autorización que no permite trabajar por cuenta propia.
  • Pedir la residencia por cuenta propia sin un plan de inversión creíble.
  • Olvidar que con la primera autorización de cuenta propia solo puedes trabajar en la comunidad y el sector autorizados.
  • Mantener bienes o cuentas en Venezuela sin revisar el modelo 720.

Preguntas frecuentes

Tengo la autorización de la Instrucción SEM 1/2026. ¿Puedo ser autónomo?

Sí. La instrucción permite trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia sin limitación geográfica ni de ocupación.

¿Puedo crear una SL desde Venezuela?

Sí, puedes ser socio de una sociedad española sin vivir en España. Otra cosa es trabajar en ella en España: para eso necesitas una autorización.

¿Cuánto es la tarifa plana de autónomos en 2026?

Consulta la cuota reducida vigente en la Seguridad Social al darte de alta. Te ayudamos a calcular tu caso.

Fuentes oficiales

  • RD 1155/2024, arts. 82 a 85
  • Ministerio de Inclusión: residencia y trabajo por cuenta propia
  • UGE: emprendedores
  • Ley 28/2022, de startups · ENISA: requisitos de certificación
  • Ley 14/2013, de emprendedores

Guía completa: Venezolanos en España.

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Información general actualizada a 10 de septiembre de 2026. No sustituye el asesoramiento sobre un caso concreto.



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