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Regularización
Asesorías

Modelo 720 con bienes en Venezuela: qué declarar y cómo valorar en bolívares

Félix José España González
13 septiembre 2026
Fiscalidad internacional  ·  Venezolanos en España

Si eres residente fiscal en España y tienes cuentas, inmuebles o inversiones en Venezuela por más de 50.000 € en alguno de los tres bloques, debes presentar el modelo 720 entre el 1 de enero y el 31 de marzo. Además, las rentas que te generen esos bienes se declaran en tu IRPF. El reto específico de Venezuela es valorar correctamente activos en bolívares, una moneda que ha cambiado de denominación tres veces.

En resumen

  • Eres residente fiscal si pasas más de 183 días al año en España o aquí tienes el centro de tus intereses económicos.
  • El 720 tiene tres bloques: cuentas; valores, seguros y rentas; e inmuebles. Cada uno se mira por separado.
  • Solo hay obligación si un bloque supera 50.000 € y, en años siguientes, si aumenta más de 20.000 €.
  • Quien está en el régimen de impatriados no presenta el 720.
  • Antes de convertir un valor en bolívares, identifica si está en bolívares, bolívares fuertes, soberanos o digitales.

¿Soy residente fiscal en España?

Según el artículo 9.1 de la Ley 35/2006, del IRPF, eres residente fiscal si se cumple cualquiera de estas condiciones:

  • Permaneces más de 183 días en España durante el año natural. Las ausencias esporádicas cuentan como tiempo en España.
  • Tienes en España el núcleo principal de tus actividades o intereses económicos.
  • Se presume que lo eres si tu cónyuge no separado y tus hijos menores viven en España.

Si eres residente, tributas en España por tu renta mundial, también la que obtengas en Venezuela. Si Venezuela también te considera residente, el convenio para evitar la doble imposición decide: primero vivienda permanente, luego centro de intereses vitales, residencia habitual y nacionalidad.

En esta página

  1. Qué se declara en el modelo 720
  2. Cuándo hay obligación
  3. El problema del bolívar: tres reconversiones
  4. Cómo se valora cada bien
  5. Las rentas también se declaran en el IRPF
  6. Sanciones
  7. Errores frecuentes de los venezolanos
  8. Preguntas frecuentes
  9. Fuentes oficiales
  10. Sigue por aquí

Qué se declara en el modelo 720

Bloque Qué incluye Ejemplos en Venezuela
Cuentas Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero Cuentas en bolívares o en dólares en bancos venezolanos
Valores, seguros y rentas Acciones, participaciones, fondos, seguros de vida y rentas Acciones de empresas venezolanas, participaciones en sociedades familiares
Inmuebles Inmuebles y derechos sobre inmuebles situados en el extranjero Apartamento en Caracas, casa familiar, local comercial, terrenos

Las criptomonedas custodiadas por terceros en el extranjero van en otro modelo, el 721, con el mismo umbral de 50.000 € y el mismo plazo. Las que custodias tú mismo no se declaran en el 721.

Cuándo hay obligación

  • Primera vez: cuando el valor conjunto de un bloque supera 50.000 € a 31 de diciembre.
  • Años siguientes: solo si el valor de un bloque ya declarado aumenta más de 20.000 €, o si vendes o cancelas un bien declarado.
  • Plazo: del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente.
  • Excepción: los contribuyentes acogidos al régimen de impatriados ("Ley Beckham") no presentan el 720.

Si vives en Gipuzkoa, Bizkaia, Álava o Navarra, tienes tu propia normativa foral y tu propio modelo informativo.

Esos tres bloques y sus umbrales no los fija el modelo, sino el Reglamento General aprobado por el Real Decreto 1065/2007, al amparo de la disposición adicional decimoctava de la Ley 58/2003: las cuentas están en el artículo 42 bis, los valores, derechos, seguros y rentas en el 42 ter y los inmuebles y derechos sobre inmuebles en el 54 bis. Los tres repiten la misma regla, literal: no hay obligación de informar cuando los saldos o valores de ese bloque «no superen, conjuntamente, los 50.000 euros», y si se supera, «deberá informarse sobre todas» las posiciones de ese bloque; la obligación «deberá cumplirse entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente»; y en los años sucesivos solo es obligatoria cuando ese valor conjunto «hubiese experimentado un incremento superior a 20.000 euros respecto del que determinó la presentación de la última declaración». Las monedas virtuales custodiadas por terceros tienen su propio artículo, el 42 quater, con el mismo umbral y el mismo plazo: es el modelo 721.

El problema del bolívar: tres reconversiones

Muchos documentos de inmuebles y cuentas venezolanas están expresados en monedas que ya no existen. Antes de convertir a euros, identifica en qué unidad está el valor.

Moneda Desde Ceros eliminados Equivalencia con la anterior
Bolívar (Bs.) Antes de 2008 No aplica No aplica
Bolívar fuerte (Bs.F) 1 de enero de 2008 3 1 Bs.F = 1.000 Bs.
Bolívar soberano (Bs.S) 20 de agosto de 2018 5 1 Bs.S = 100.000 Bs.F
Bolívar digital (Bs.D) 1 de octubre de 2021 6 1 Bs.D = 1.000.000 Bs.S

Ejemplo ilustrativo: una escritura de 2005 por 150.000.000 Bs. equivale a 150.000 Bs.F, a 1,5 Bs.S y a 0,0000015 Bs.D. Por eso, en muchos inmuebles comprados hace años el valor de adquisición en bolívares es hoy irrelevante y hay que estudiar cómo valorarlo correctamente.

La normativa del 720 pide convertir los valores en moneda extranjera al tipo de cambio a 31 de diciembre. El Banco Central Europeo no publica cambio oficial para el bolívar, así que conviene documentar bien qué tipo usas. Si tus activos están en dólares, el cálculo es más sencillo.

Cómo se valora cada bien

  • Cuentas: saldo a 31 de diciembre y saldo medio del último trimestre.
  • Inmuebles: valor de adquisición.
  • Acciones y participaciones: valor de cotización o, si no cotizan, criterios del valor teórico.

Las rentas también se declaran en el IRPF

El 720 es solo informativo. Las rentas de tus bienes en Venezuela tributan en tu declaración de la renta:

Renta Qué dice el convenio España–Venezuela En España
Alquiler de un inmueble en Venezuela Venezuela puede gravarlo (art. 6) Se declara y se deduce el impuesto pagado en Venezuela, con límite
Venta de un inmueble en Venezuela Venezuela puede gravar la ganancia (art. 13) Se declara la ganancia y se deduce el impuesto venezolano, con límite
Intereses de cuentas Máximo del 10 % del importe bruto para el beneficiario efectivo, y 4,95 % si el perceptor es una institución financiera (art. 11.2) Se declaran y se deduce la retención
Dividendos Máximo del 10 % del importe bruto para el beneficiario efectivo (art. 10.2) Se declaran y se deduce la retención

Si tienes un inmueble en Venezuela que no alquilas y no es tu vivienda habitual, estudia también la imputación de rentas inmobiliarias.

Sanciones

Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 27 de enero de 2022 (asunto C-788/19) y la Ley 5/2022, de 9 de marzo, las sanciones desproporcionadas del 720 desaparecieron. Hoy se aplican las sanciones generales de la Ley General Tributaria por no presentar o presentar fuera de plazo. Aun así, conviene regularizar cuanto antes.

Errores frecuentes de los venezolanos

  • Pensar que el apartamento familiar en Venezuela "no cuenta" porque vale poco en bolívares.
  • No declarar cuentas en dólares abiertas en bancos venezolanos.
  • Mezclar denominaciones del bolívar al valorar.
  • No incluir bienes en los que eres cotitular o autorizado.
  • Olvidar que las rentas del alquiler se declaran también en España.

Preguntas frecuentes

Llegué a España en 2026. ¿Cuándo presento mi primer 720?

Si en 2026 eres residente fiscal, el primer 720 corresponde a los bienes a 31 de diciembre de 2026 y se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2027.

El inmueble es de mis padres, pero estoy como heredero. ¿Lo declaro?

Depende de si ya eres titular o tienes derechos sobre él. Revísalo con un asesor antes del plazo.

¿Tengo que declarar mi pensión venezolana?

El 720 no recoge pensiones públicas, pero la pensión puede tener que declararse en el IRPF. Lee pensiones venezolanas en España.

Hablemos de tu caso

¿Cómo prefieres que veamos tu fiscalidad?

Revisamos tu residencia fiscal, tus bienes y tus ingresos, y te decimos qué tienes que declarar en España.

Reservar con FélixFélix José España González · Abogado colegiado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, n.º 127450

Fuentes oficiales

  • Agencia Tributaria: modelo 720
  • Real Decreto 1065/2007, texto consolidado: artículos 42 bis, 42 ter, 42 quater y 54 bis (BOE)
  • Ley 35/2006 del IRPF, artículo 9 (BOE)
  • Ley 5/2022, de 9 de marzo, y sentencia del TJUE de 27 de enero de 2022, asunto C-788/19
  • Convenio España–Venezuela para evitar la doble imposición
  • Agencia Tributaria: residencia habitual en España
  • Régimen de impatriados

Sigue por aquí

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Guía completa: Venezolanos en España.

Información general actualizada a 12 de octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento sobre un caso concreto.

Guía completa: guía de la fiscalidad del teletrabajador internacional. Qué impuestos pagas en España, desde cuándo eres residente fiscal y qué modelos presentas.

España Abogados

Despacho español · Extranjería, nacionalidad y fiscalidad · Madrid

ICAM 127450

Somos un despacho español, no una gestoría ni una agencia, dirigido por Félix José España González, abogado colegiado nº 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, y tramitamos ante la Administración española desde España. Atendemos por videollamada en horario de Estados Unidos: Este, Centro y Pacífico.

Qué tramitamos en España

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  • social
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  • búsqueda de empleo
  • cuenta ajena
  • cuenta propia
  • emprendedores

Familia

  • tarjeta de familiar de ciudadano de la UE
  • reagrupación familiar

Protección internacional

  • asilo y refugio
  • residencia por razones humanitarias

Mantener la residencia

  • renovaciones
  • modificaciones
  • larga duración

Nacionalidad española

  • por residencia
  • por opción
  • prueba CCSE
  • expediente de Registro Civil

Recursos

  • reposición
  • alzada
  • contencioso-administrativo
  • silencio negativo

Fiscalidad

  • residencia fiscal
  • régimen de impatriados (Ley Beckham)
  • convenio España-EE. UU.
  • modelos 720 y 721
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  3. Calculamos la solvencia económica que te van a exigir.
  4. Ordenamos y te solicitamos toda la documentación necesaria: apostillas, traducciones juradas y antecedentes.
  5. Fijamos el calendario de cada trámite, desde la residencia hasta la nacionalidad.
Cuéntanos tu caso

Félix José España González

Soy Félix José España González, abogado colegiado n.º 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid y director de España Abogados, despacho especializado en extranjería, movilidad internacional, fiscalidad y nacionalidad española. Ayudo a personas y empresas a establecerse legalmente en España y divulgo toda la información sobre emigrar y establecerse en España a través de redes sociales. Como emigrante, sé por experiencia propia lo que es llegar a un país nuevo y tener que entenderse con su Administración: por eso aquí cada trámite se explica con la norma delante y entendiendo lo que es emigrar.


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Despacho de extranjería dirigido por el abogado Félix José España González (ICAM 127450), experto en emprendimiento y fiscalidad y miembro de la Asociación Española de Asesores Fiscales, con un equipo de expertos en extranjería, nacionalidad española y tramitación. Consolidados con el objetivo de atender, guiar y asesorar a todo extranjero que desee estudiar, trabajar y vivir en España.

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