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Asesorías

Pasaporte venezolano vencido en España: para qué sirve en 2026 y para qué no

Félix José España González
14 septiembre 2026
Venezolanos en España

Publicado el 11 de septiembre de 2026 · Última revisión: 16 de octubre de 2026 · Revisado por Félix José España González, abogado (ICAM n.º 127450).

Sí: en octubre de 2026 España sigue aceptando el pasaporte venezolano caducado para los trámites de extranjería, incluida la expedición de la TIE. La base es la instrucción conjunta de 13 de enero de 2025, que sigue en la lista oficial de instrucciones del Ministerio de Inclusión: comprobado el 16 de octubre de 2026, sigue publicada entre las instrucciones de 2025 y ninguna instrucción de 2026 la deja sin efecto. Para viajar, en cambio, necesitas un pasaporte vigente.

En resumen

  • Vale para cualquier autorización o permiso de extranjería: solicitudes iniciales, renovaciones, modificaciones y TIE.
  • La instrucción no fija límite de antigüedad del pasaporte ni fecha de fin.
  • No sirve para cruzar fronteras: para entrar o salir del espacio Schengen necesitas pasaporte vigente.
  • La nacionalidad española se tramita fuera de la normativa de extranjería: consulta tu caso antes de presentarla con el pasaporte vencido.
  • El SAIME ya no emite la prórroga de 5 años: hay que pedir un pasaporte nuevo.

Cómo hemos llegado hasta aquí

  1. 15 de marzo de 2019: una instrucción conjunta permite usar pasaportes venezolanos caducados en extranjería por las dificultades para renovarlos.
  2. 19 de noviembre de 2024: otra instrucción deja sin efecto la de 2019 al entender que la renovación se había normalizado.
  3. 13 de enero de 2025: la Dirección General de Gestión Migratoria y la Comisaría General de Extranjería y Fronteras vuelven a dar validez a los pasaportes caducados de los venezolanos.
  4. 2026: la instrucción de 2025 sigue vigente. Además, el Real Decreto 316/2026 admitió para la regularización extraordinaria el pasaporte en vigor o caducado de cualquier nacionalidad, según el apartado 1.d) de sus disposiciones adicionales vigésima y vigesimoprimera, que admitían «copia completa del pasaporte en vigor o caducado, cédula de inscripción en vigor o caducada o título de viaje, reconocido como válido en España, en vigor o caducado». Ese plazo se cerró el 30 de junio de 2026.

En esta página

  1. Qué dice la instrucción de 13 de enero de 2025
  2. Lo que la instrucción no cubre
  3. Renovar el pasaporte: qué cambió en el SAIME
  4. Qué te recomendamos
  5. Documentos
  6. Preguntas frecuentes
  7. Fuentes oficiales
  8. Sigue por aquí
  9. ¿Quieres que revisemos tu caso?

Qué dice la instrucción de 13 de enero de 2025

Otorga validez a los pasaportes caducados de los nacionales de Venezuela para tramitar y continuar cualquiera de las autorizaciones y permisos regulados en la normativa de extranjería, y para expedir la tarjeta de identidad de extranjero.

Trámite ¿Vale el pasaporte vencido?
Arraigo, en cualquiera de sus modalidades Sí
Paso de la tarjeta humanitaria a residencia y trabajo (Instrucción SEM 1/2026) Sí
Renovaciones y modificaciones de residencia Sí
Residencia de familiar de español o reagrupación familiar Sí, porque se tramitan por la normativa de extranjería
Huellas y recogida de la TIE Sí
Nacionalidad española No está cubierta por la instrucción: consulta antes
Entrar o salir de España No: necesitas pasaporte vigente

Lo que la instrucción no cubre

  • Viajes: para entrar en el espacio Schengen en una estancia corta, el pasaporte debe estar vigente, expedido en los últimos 10 años y válido al menos 3 meses después de la salida prevista. La prórroga del SAIME no cambia la fecha de expedición. La TIE no lo sustituye ante aerolíneas ni fronteras de otros países.
  • Nacionalidad española: la tramita el Ministerio de Justicia con sus propias normas de documentación. Antes de presentar la solicitud con un pasaporte caducado, revisa tu caso con nosotros.
  • Bancos, notarías y otras administraciones: pueden pedirte un documento en vigor. Con la TIE vigente normalmente puedes identificarte.

Renovar el pasaporte: qué cambió en el SAIME

  • Desde marzo de 2025 el SAIME dejó de emitir la prórroga única de 5 años para pasaportes ordinarios. Las prórrogas ya estampadas valen hasta su vencimiento, pero si el pasaporte se expidió hace más de 10 años no sirve para entrar en el espacio Schengen en una estancia corta.
  • Hoy la opción es pedir un pasaporte nuevo a través del consulado de Venezuela que te corresponda, con el registro consular hecho.
  • No esperes al pasaporte nuevo para presentar un trámite de extranjería con plazo: usa el vencido y la instrucción de 2025.

Te explicamos el primer paso en cómo hacer el registro consular venezolano.

Qué te recomendamos

  • Lleva a tu cita una copia de la instrucción por si hay dudas en la oficina.
  • Si tienes un plazo, como el de la Instrucción SEM 1/2026, preséntalo con el pasaporte vencido y no lo pierdas esperando la renovación.
  • Si vas a pedir la nacionalidad española, planifica la renovación del pasaporte con tiempo.

Documentos

  • Instrucción conjunta de 13/01/2025 (vigente), copia de España Abogados · PDF oficial
  • Instrucción conjunta de 19/11/2024 (sin efecto), copia de España Abogados · PDF oficial
  • Real Decreto 316/2026, copia de España Abogados · PDF oficial

Más documentos en documentos para venezolanos.

Preguntas frecuentes

¿Hay un límite de años desde que venció el pasaporte?

La instrucción de 13 de enero de 2025 no fija ninguno.

¿Me pueden rechazar el trámite por llevar el pasaporte vencido?

En extranjería no debería ocurrir. Lleva la instrucción y, si hay problemas, consúltanos.

¿Puedo viajar a Venezuela y volver con el pasaporte vencido y la TIE?

No te lo recomendamos. Para cruzar fronteras necesitas un pasaporte vigente.

¿Puedo pedir la nacionalidad española con el pasaporte vencido?

La instrucción no se aplica a la nacionalidad, que tiene sus propias normas. Revisa tu caso antes de presentar la solicitud.

¿Sigue existiendo la prórroga del pasaporte venezolano?

No se emiten nuevas prórrogas de 5 años desde marzo de 2025. Las ya estampadas valen hasta su fecha, pero para entrar en el espacio Schengen en una estancia corta el pasaporte tiene que haberse expedido en los últimos 10 años.

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Revisamos tu situación y tus documentos, y te decimos qué vía te corresponde para vivir legalmente en España.

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Félix José España González · Abogado colegiado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, n.º 127450

Fuentes oficiales

  • Ministerio de Inclusión: instrucciones de extranjería
  • Real Decreto 316/2026 (BOE)
  • Código de fronteras Schengen, Reglamento (UE) 2016/399
  • Consulado de Venezuela en Bilbao: fin de la prórroga de 5 años

Sigue por aquí

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Guía completa: Venezolanos en España.

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Información general actualizada a 16 de octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento sobre un caso concreto.

España Abogados

Despacho español · Extranjería, nacionalidad y fiscalidad · Madrid

ICAM 127450

Somos un despacho español, no una gestoría ni una agencia, dirigido por Félix José España González, abogado colegiado nº 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, y tramitamos ante la Administración española desde España. Atendemos por videollamada en horario de Estados Unidos: Este, Centro y Pacífico.

Qué tramitamos en España

Arraigo

  • sociolaboral
  • social
  • socioformativo
  • de segunda oportunidad
  • familiar

Visados y residencia

  • teletrabajador internacional
  • no lucrativa
  • estancia por estudios
  • búsqueda de empleo
  • cuenta ajena
  • cuenta propia
  • emprendedores

Familia

  • tarjeta de familiar de ciudadano de la UE
  • reagrupación familiar

Protección internacional

  • asilo y refugio
  • residencia por razones humanitarias

Mantener la residencia

  • renovaciones
  • modificaciones
  • larga duración

Nacionalidad española

  • por residencia
  • por opción
  • prueba CCSE
  • expediente de Registro Civil

Recursos

  • reposición
  • alzada
  • contencioso-administrativo
  • silencio negativo

Fiscalidad

  • residencia fiscal
  • régimen de impatriados (Ley Beckham)
  • convenio España-EE. UU.
  • modelos 720 y 721
Cómo armamos tu plan migratorio
  1. Analizamos tu situación personal, familiar y tus ingresos.
  2. Elegimos la vía que de verdad encaja con tu caso.
  3. Calculamos la solvencia económica que te van a exigir.
  4. Ordenamos y te solicitamos toda la documentación necesaria: apostillas, traducciones juradas y antecedentes.
  5. Fijamos el calendario de cada trámite, desde la residencia hasta la nacionalidad.
Cuéntanos tu caso

Félix José España González

Soy Félix José España González, abogado colegiado n.º 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid y director de España Abogados, despacho especializado en extranjería, movilidad internacional, fiscalidad y nacionalidad española. Ayudo a personas y empresas a establecerse legalmente en España y divulgo toda la información sobre emigrar y establecerse en España a través de redes sociales. Como emigrante, sé por experiencia propia lo que es llegar a un país nuevo y tener que entenderse con su Administración: por eso aquí cada trámite se explica con la norma delante y entendiendo lo que es emigrar.


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Despacho de extranjería dirigido por el abogado Félix José España González (ICAM 127450), experto en emprendimiento y fiscalidad y miembro de la Asociación Española de Asesores Fiscales, con un equipo de expertos en extranjería, nacionalidad española y tramitación. Consolidados con el objetivo de atender, guiar y asesorar a todo extranjero que desee estudiar, trabajar y vivir en España.

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