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Regularización
Asesorías

Pareja de hecho en España

Félix José España González
5 julio 2023
Reagrupación familiar  ·  Régimen General de Extranjería

En España cualquier persona puede registrarse como Pareja de Hecho, es una de las soluciones más sencillas para tramitar legalmente una residencia y en consecuencia la nacionalidad, o bien si estás pensando en consolidar la relación sin llegar a formalizarla con un contrato matrimonial, porque no quieres o porque no tienes esa posibilidad (como ocurre en algunos países con las parejas del mismo sexo) 

En esta página

  1. Pareja de hecho, ¿Qué es?
  2. ¿Cómo se registra?
  3. Ahora, ¿qué necesitas para registrarte?

Pareja de hecho, ¿Qué es?

La Pareja de Hecho es una relación legal entre dos personas, que se asemeja al matrimonio y se registra oficialmente. ¡Es genial que las parejas del mismo sexo también puedan disfrutar de este reconocimiento!

Básicamente, se trata de registrar tu unión en un documento oficial, válido ante la ley. Para ello, debes ser mayor de edad o menor emancipado, y ambos deben estar en una relación afectivo-sexual, con plena capacidad legal. Aunque es importante tener en cuenta que el matrimonio sigue siendo una unión más sólida que la pareja de hecho, ambas figuras ofrecen derechos similares, como pensiones de viudedad, adopciones y arrendamientos urbanos, entre otros.

¿Cómo se registra? 

Es fundamental recordar, que la regularización de la pareja de hecho y los requisitos exigidos dependen de la Comunidad Autónoma en la que residan ambas personas y se registren, ya que no existe una ley a nivel estatal que lo regule de manera uniforme. 

Pero no te preocupes, generalmente puedes realizar el trámite tanto en línea como de forma presencial con cita previa:

  • Podrás acceder a los registros online de la Comunidad de Madrid y Cataluña, a través de los siguientes links:
  • En el caso de la Comunidad de Madrid para su tramitación deberás ingresar aquí 
  • En el caso de Cataluña para su tramitación deberás ingresar aquí  

Ahora, ¿qué necesitas para registrarte?

Los requisitos generales que se requieren en todo el territorio nacional para poder registrarse como Pareja de Hecho, son los siguientes: 

  • Pasaporte o documento de identidad de ambos miembros.
  • Partidas de nacimiento debidamente legalizada y apostillada.
  • Si tienen hijos en común, libro de familia.
  • Los integrantes de la pareja de hecho no pueden estar unidos por vínculo matrimonial o pareja de hecho (deberán acreditar el estado civil de ambos).
  • Empadronamiento en el mismo domicilio de los dos integrantes de la pareja. 
  • Según la Comunidad Autónoma se podrá requerir un periodo mínimo de convivencia conjunta de 2 años, 1 año o 6 meses.
  • En Madrid deberás convivir ininterrumpidamente durante 12 meses en el mismo domicilio con tu pareja. 
  • En Cataluña, por el contrario, no requieren periodo mínimo (esto ocurre igual en Aragón). 

¡IMPORTANTE! Si tienes hijos en común, es posible que no necesites cumplir con el período mínimo de convivencia conjunta, ya que se prioriza el interés superior del menor.

El procedimiento, como ya te hemos adelantado para registrarte como pareja de hecho, varía según la Comunidad Autónoma. Puedes optar por hacer una escritura pública ante un notario o inscribirte en el registro de Parejas de Hecho correspondiente. Asegúrate de consultar los enlaces proporcionados para obtener más información sobre el proceso en la Comunidad de Madrid y Cataluña.

Por último,  si decides terminar tu unión de hecho, puedes mantener tu residencia legal en el país, siempre y cuando hayas vivido en España con tu pareja durante al menos 3 años, incluyendo 1 año de convivencia conjunta.

¡Ahora que conoces más sobre la pareja de hecho en España, estás listo para tomar decisiones informadas sobre tu relación y tu futuro!

Ruta de lectura

¿Por dónde sigues?

1 · Guía completaVivir en EspañaPor qué España, qué residencia te corresponde y la nacionalidad a los dos años.Leer la guía →2 · Si tu pareja es europeaResidencia para parejas de europeosLa tarjeta de familiar comunitario para tu pareja.Ver la tarjeta →3 · Si tu pareja es españolaResidencia de familiar de españolQuién puede pedirla y cómo.Ver la residencia →

Preguntas frecuentes

¿Hay una ley estatal de parejas de hecho?

No. Los requisitos y el registro dependen de la comunidad autónoma donde viváis.

¿Cuánto tiempo de convivencia piden en Madrid?

La Comunidad de Madrid exige doce meses de convivencia ininterrumpida. Otras comunidades piden plazos distintos y algunas, como Cataluña, ninguno.

¿Sirve la pareja de hecho para la residencia?

Puede servir. La pareja registrada de un ciudadano de la Unión puede pedir la tarjeta de familiar comunitario, y la de un español, la residencia de familiar de ciudadano español. Lo explicamos en residencia de familiar de español.

Pareja de hecho

¿Podéis registraros como pareja de hecho?

Tres preguntas y te decimos por dónde va tu caso y qué conviene revisar.

1¿Dónde vivís?

2¿Estáis empadronados en el mismo domicilio?

3¿Tenéis las partidas de nacimiento apostilladas?

Tu resultado

Toca una opción en cada pregunta y el resultado aparece aquí.

Madrid exige doce meses de convivencia ininterrumpida.
Cataluña no exige un periodo mínimo si la formalizáis en escritura pública.
Cada comunidad fija sus requisitos y su plazo de convivencia.
Buena base. Preparamos la inscripción y, si os interesa, la residencia.
Conviene revisar:Empadronamiento conjuntoDocumentos apostilladosSon los documentos que más retrasan la inscripción.
Preparar el registro →Preparar el registro →o empieza con la consulta web gratuita

Félix José España González · Abogado colegiado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, n.º 127450

Fuentes

  • Real Decreto 240/2007, sobre residencia de ciudadanos de la Unión y sus familiares
  • Real Decreto 1155/2024, Reglamento de Extranjería (residencia de familiares de ciudadanos españoles)
  • Ley 11/2001, de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid
  • Código Civil de Cataluña, libro segundo (parejas estables)

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Soy Félix José España González, abogado colegiado n.º 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid y director de España Abogados, despacho especializado en extranjería, movilidad internacional, fiscalidad y nacionalidad española. Ayudo a personas y empresas a establecerse legalmente en España y divulgo toda la información sobre emigrar y establecerse en España a través de redes sociales. Como emigrante, sé por experiencia propia lo que es llegar a un país nuevo y tener que entenderse con su Administración: por eso aquí cada trámite se explica con la norma delante y entendiendo lo que es emigrar.


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