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Regularización
Asesorías

Organigrama de la Administración española: quién resuelve qué

Félix José España González
12 septiembre 2026
Poder Público y Normativa

Guía de España Abogados

Mapa de los órganos que deciden en extranjería, asilo, nacionalidad, fiscalidad internacional y emprendimiento: organigramas por ministerio, buscador de trámites con plazo y sentido del silencio, vía de recurso, normativa europea y competencias autonómicas.

Actualizado a
11 de septiembre de 2026
Elaborado sobre el BOE y
los portales oficiales
de cada ministerio

Entre mayo de 2024 y julio de 2026 se han rehecho las tres piezas del mapa a la vez: la estructura de los ministerios, el reglamento que aplican y la norma europea que los vincula. Estos son los diez cambios que hay que tener presentes en cualquier expediente abierto hoy.

Los diez cambios de 2025 y 2026

Denominación de órgano

Ya no existe la "Dirección General de Migraciones"

El RD 501/2024 derogó el RD 497/2020. El órgano es hoy la Dirección General de Gestión Migratoria (DGGM), y las dos antiguas direcciones generales de acogida y atención humanitaria se fundieron en la DG de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional.

RD 501/2024 · mod. RD 689/2025 y RD 616/2026
Denominación de órgano

El asilo salió de la DG de Política Interior

Desde el RD 207/2024 existe una Dirección General de Protección Internacional con rango propio, dependiente de la Subsecretaría del Interior, que ejerce las funciones de la OAR y preside la CIAR. La Oficina de Asilo y Refugio pervive como marca de servicio al ciudadano, no como órgano con rango autónomo.

RD 207/2024, art. 9.2.i · consolidado a 27-04-2026
Norma de cabecera

Reglamento de Extranjería nuevo desde el 20-05-2025

El RD 1155/2024 derogó el RD 557/2011: cinco modalidades de arraigo, nuevo régimen de visados en Título II y nuevo Título XI de modificación de situación. Texto consolidado con última actualización publicada el 22-09-2026, comprobado en el BOE el 15 de octubre de 2026.

BOE-A-2024-24099
Vencimientos y mora

Regularización extraordinaria: el plazo de resolución ya ha vencido

El RD 316/2026 añadió las disposiciones adicionales 20ª y 21ª al Reglamento. Ventana de solicitud del 16-04 al 30-06-2026, ya cerrada; resuelve la DGGM en 3 meses desde el registro. Los expedientes presentados el 30 de junio vencieron en torno al 30 de septiembre de 2026, plazo ya cumplido a 15 de octubre de 2026: procede denuncia de mora y, en su caso, recurso. El sentido del silencio no consta expresamente en las DA 20ª y 21ª, un punto discutible.

RD 316/2026 (BOE-A-2026-8284) · vigor 16-04-2026
Derecho de la Unión

Pacto Europeo aplicable, ley española sin adaptar

Los diez instrumentos del Pacto son aplicables desde el 12-06-2026. España solo ha dictado la Instrucción de 11-06-2026 (procedimiento fronterizo: 4 días para resolver, 6 semanas de objetivo, 12 semanas de máximo). Los anteproyectos de nueva Ley de Asilo y de reforma de la LO 4/2000 se aprobaron en primera vuelta el 25/26-08-2026 y no han llegado a las Cortes. Convive con el art. 24 de la Ley 12/2009, que sigue diciendo seis meses.

Instrucción de 11-06-2026 (BOE-A-2026-12855)
Argumento procesal

Directiva de acogida no transpuesta: efecto directo

En julio de 2026 la Comisión emplazó a España, entre otros 16 Estados, por no transponer la Directiva (UE) 2024/1346 en el plazo del 12-06-2026. Vencido el plazo, cabe invocar su efecto directo vertical en condiciones materiales de acogida y acceso al empleo. Igual planteamiento con la Directiva 2024/1233 de permiso único, cuyo plazo venció el 21-05-2026 con transposición solo parcial.

Paquete de infracciones de julio de 2026
Vía cerrada

Golden visa derogada desde el 3 de abril de 2025

La LO 1/2025 derogó los arts. 63 a 67 de la Ley 14/2013. No caben nuevas solicitudes: solo subsisten la validez de las autorizaciones vigentes a esa fecha y sus renovaciones, tramitadas conforme a la normativa de la concesión inicial. La compra de inmueble o de deuda pública ya no genera derecho de residencia.

LO 1/2025, de 2 de enero (BOE-A-2025-76)
Vía cerrada

Memoria Democrática: plazo cerrado, tramitación viva

La DA 8ª de la Ley 20/2022 cerró el 22-10-2025 a las 23:59 sin nueva prórroga. Pero la Instrucción DGSJFP de 05-11-2024 permite formalizar después a quien obtuvo justificante de cita en plazo: ese CSV es hoy el activo del cliente. El flujo consular seguirá años. El Consulado en Buenos Aires declaraba en marzo de 2026 más de 645.000 solicitudes acumuladas.

Instrucción DGSJFP 05-11-2024 (BOE-A-2024-23338)
Delegación de competencias

La Orden JUS/987/2020 quedó sin efecto

Desde el 05-10-2024 la delegación para resolver nacionalidad por residencia está en el art. 9.5.a) de la Orden PJC/1062/2024. Además, el departamento se llama Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y tras el RD 945/2025 la DGSJFP cuelga de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, no de la Secretaría de Estado.

Orden PJC/1062/2024 · RD 945/2025
Denominación de órgano

Suprimida la DG de Comercio Internacional e Inversiones

El RD 867/2025, en vigor desde el 01-10-2025, la suprimió. Las inversiones extranjeras están hoy en la DG de Política Comercial y Seguridad Económica, con la S.G. de Inversiones Exteriores (autorización y control) y la S.G. de Regulación de Inversiones (Registro). El RD 571/2023 aún cita por su nombre al órgano suprimido.

RD 867/2025 (BOE-A-2025-19422)
Organización judicial

Tribunales de instancia: cambia el encabezamiento, no la competencia

La LO 1/2025 sustituyó los juzgados unipersonales por Secciones de los Tribunales de Instancia, con implantación completada el 31-12-2025, y creó el Tribunal Central de Instancia. La competencia objetiva no varía. Los MASC quedan excluidos del contencioso-administrativo: no hay requisito de procedibilidad en extranjería, asilo, nacionalidad ni tributario.

LO 1/2025 · arts. 84 y 93 LOPJ
Confirmado, pese al rumor

El convenio de doble imposición con Venezuela sigue en vigor

Firmado el 08-04-2003 y publicado en el BOE de 15-06-2004, figura en el listado oficial de países con convenio de la AEAT. Una página de Hacienda devuelve un listado truncado en el que Venezuela no aparece: es un artefacto de la consulta, no una denuncia del convenio. Conviene reconfirmarlo antes de cada dictamen.

BOE-A-2004-11070 · Anexo I, Manual de Tributación de No Residentes

Los seis ministerios que concurren en un expediente de movilidad

Cada uno con su criterio

  • Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Autorizaciones de residencia y trabajo, UGE-CE, acogida, TGSS e INSS.
  • Interior. Protección internacional, fronteras, TIE y NIE, expulsiones y CIE.
  • Asuntos Exteriores, UE y Cooperación. Visados y red consular, Registro Civil consular.
  • Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. Nacionalidad, Registro Civil, notariado y registros.
  • Hacienda. Residencia fiscal, régimen de impatriados, convenios, TEAC y TEAR.
  • Economía, Comercio y Empresa e Industria y Turismo. Inversiones extranjeras; ENISA y startups.

Tres administraciones que no se vinculan entre sí

En un mismo expediente de teletrabajo internacional concurren la UGE-CE (título migratorio), la TGSS (legislación de Seguridad Social aplicable, umbral del 25 % del art. 13 del Reglamento 883/2004) y la AEAT (residencia fiscal del art. 9 LIRPF). La Inspección de Trabajo, además, depende del Ministerio de Trabajo, no de Inclusión.

Obtener la autorización de teletrabajo internacional no determina por sí sola ni el alta en la Seguridad Social española ni la residencia fiscal. Son tres análisis separados, con tres normas y tres administraciones cuya calificación no vincula a las demás.

Estructura orgánica y titulares a septiembre de 2026, según los reales decretos de estructura vigentes y los directorios oficiales de cada ministerio. Los recuadros con borde ocre son los órganos que resuelven directamente los expedientes.

Mapa general de qué ministerio interviene en cada pieza

Los organigramas se despliegan en horizontal: deslice lateralmente para recorrerlos

Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Autorizaciones de residencia y trabajo · UGE-CE · acogida · TGSS e INSS
[ + ][ – ]
Norma de estructura: RD 501/2024, de 21 de mayo, que derogó el RD 497/2020, modificado por el RD 689/2025 y el RD 616/2026 (este último solo eleva el Servicio Jurídico de la Seguridad Social a dirección general).
CargoTitularNombramiento
MinistraElma Saiz DelgadoLa Moncloa, 27-03-2026
Secretaria de Estado de MigracionesPilar Cancela RodríguezRD 1077/2023
DG de Gestión MigratoriaSantiago Antonio Yerga CobosRD 274/2025
DG de Atención Humanitaria y del Sistema de AcogidaPaloma Favieres RuizRD 649/2025; firma de 23-06-2026
Interior
Protección internacional · fronteras · TIE y NIE · expulsiones y CIE
[ + ][ – ]
Norma de estructura: RD 207/2024, modificado por el RD 353/2025 (Guardia Civil) y el RD 328/2026 (nueva Secretaría General de Protección Civil y Emergencias).
CIAR, órgano colegiado interministerial de los arts. 23-24 de la Ley 12/2009. Formula la propuesta; resuelve el Ministro del Interior. Participa ACNUR con voz y sin voto. En el procedimiento fronterizo del Pacto resuelve el Director General de Protección Internacional en 4 días; superado el plazo, la Subsecretaría a propuesta de la CIAR.
CargoTitularNombramiento
MinistroFernando Grande-Marlaska GómezLa Moncloa, 27-03-2026
DG de Protección InternacionalOctavio Rivera AtienzaRD 65/2024 · directorio oficial

Dirección de la OAR: c/ Arturo Soria, 109, 4ª planta, 28043 Madrid · información al ciudadano sobre protección internacional 910 006 910.

Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno
Oficinas de Extranjería · el órgano que resuelve el grueso de los expedientes
[ + ][ – ]

Las Oficinas de Extranjería son unidades integradas en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, con una dependencia triple que explica por qué las instrucciones llegan por tres canales distintos.

EjeMinisterioContenido
OrgánicoPolítica Territorial y Memoria DemocráticaMedios personales y materiales, estructura y organización interna, a través de la DG de la AGE en el Territorio
Funcional, extranjeríaInclusión (SE de Migraciones / DGGM)Criterios de gestión, instrucciones y aplicaciones informáticas
Funcional, orden públicoInteriorDocumentación policial y expulsiones, con las Brigadas de Extranjería

Qué resuelven

  • Arraigo en sus cinco modalidades: sociolaboral, social, socioformativo, familiar y de segunda oportunidad
  • Reagrupación familiar y residencia de familiares reagrupados
  • Residencia temporal no lucrativa; residencia y trabajo por cuenta ajena y propia del régimen general
  • Renovaciones, prórrogas y modificaciones de situación
  • Régimen comunitario: certificados de registro UE y tarjetas de familiar, en coordinación con las Brigadas de Extranjería
  • Residencia de larga duración y larga duración-UE; residencia por razones humanitarias (art. 191 RD 1155/2024)

Qué no resuelven

  • Ley 14/2013, emprendedores, altamente cualificados, ICT, teletrabajo internacional, investigación → UGE-CE / DGGM
  • Protección internacional y apatridia → DG de Protección Internacional
  • Visados → oficinas consulares
  • Regularización extraordinaria de 2026 → DGGM; las oficinas solo prestaron apoyo material de grabación por encomienda de gestión (Resolución de 22-07-2026)
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Visados · red consular · Registro Civil consular
[ + ][ – ]
El directorio oficial del Punto de Acceso General recoge "DG de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares", sin el añadido "y Migratorios" que usa la prensa especializada. Compruebe la denominación exacta antes de encabezar un escrito.

Las oficinas consulares expiden o deniegan los visados Schengen tipo C (Reglamento 810/2009) y los visados nacionales tipo D. La recogida de solicitudes y datos biométricos está externalizada en muchos países (BLS, VFS) al amparo del art. 43 del Código de Visados: el proveedor no decide, la competencia resolutoria permanece en el consulado.

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Nacionalidad · Registro Civil · notariado y registros
[ + ][ – ]
No existe un "Ministerio de Justicia" autónomo: la denominación jurídica del departamento, la que debe usarse al designar a la Administración demandada, es Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. RD 204/2024, consolidado a 15-04-2026.

Carga de trabajo en nacionalidad por residencia

  • Solicitudes 2021–2026: 1.205.642; primer semestre de 2026: 144.026
  • Pendientes a 30-06-2026: 251.223, frente a 281.099 a 31-03-2026
  • Solo 17.194 pendientes son anteriores a 2025: el atasco histórico está prácticamente liquidado
  • Denegaciones: del ~4 % de 2021-2023 al 8-9 % en 2024-2026

Instituto Cervantes

  • DELE A2 y CCSE son acumulativas: la exención del DELE por nacionalidad hispanohablante no exime del CCSE
  • Exentos del DELE: nacionales de los 20 territorios del art. 6 del RD 1004/2015, incluidos Venezuela, Guinea Ecuatorial y Puerto Rico
  • Titulados en ESO en España: exención total del CCSE
  • CCSE: diez convocatorias al año, más de 200 centros.
Hacienda
Residencia fiscal · impatriados · convenios · vía económico-administrativa
[ + ][ – ]
La distinción operativa: la Dirección General de Tributos interpreta (consultas vinculantes, arts. 88-89 LGT) y la AEAT aplica. Un criterio de la DGT vincula a la AEAT; un criterio de la AEAT no vincula a la DGT.

Impatriados, art. 93 LIRPF

  • No residencia previa: 5 años (Ley 28/2022, desde 2023)
  • Duración: 6 ejercicios, el del desplazamiento y los cinco siguientes
  • Incluye expresamente al teletrabajador con visado de teletrabajo (la residencia de nómada digital) internacional, al administrador, al emprendedor y al profesional altamente cualificado
  • Extensión a cónyuge e hijos menores de 25 años
  • Retención del 24 % hasta 600.000 €
El plazo de seis meses del modelo 149 es de caducidad y no admite subsanación. Es la causa más frecuente de pérdida del régimen: punto de control número uno de cualquier expediente de impatriación.

Cambio de criterio previsible

  • Arcadi España es ministro desde el 27-03-2026, en sustitución de María Jesús Montero
  • Nuevo Director General de Tributos en marzo de 2026 y nuevo Director General de la AEAT en julio de 2026
  • El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas sigue vigente: la Orden HAC/652/2026 modificó el modelo 718 para el ejercicio 2025
  • La renovación simultánea de ambas cúpulas aconseja apoyarse en consultas vinculantes y no en criterios informales previos
Economía, Comercio y Empresa · Industria y Turismo
Inversiones extranjeras · ENISA y startups · constitución de sociedades
[ + ][ – ]
Confusión frecuente: ENISA no depende de Economía, sino del Ministerio de Industria y Turismo. El eje "inversión extranjera y comercio" es Economía; el eje "PYME, emprendimiento y startups" es Industria; y la resolución del título de residencia es Inclusión. La visa de emprendedor cruza los tres.

Cada trámite con el órgano que lo resuelve, su norma de cabecera, el plazo y el sentido del silencio. Busque por trámite, órgano o norma.

Siete ramas de impugnación con lógicas distintas. El error más frecuente es interponer alzada donde solo cabe reposición: la mayoría de las resoluciones de extranjería proceden de Delegados y Subdelegados del Gobierno y agotan la vía administrativa.

El art. 21 de la LO 4/2000 se rubrica "Derecho al recurso contra los actos administrativos" y no crea recurso especial alguno: rige íntegramente la Ley 39/2015. La tutela judicial efectiva es el art. 20, no el 21.

Plazos que se confunden

No existe un plazo de 10 días para recurrir un visado

  • Los 10 días hábiles del art. 75 de la Ley 14/2013 son el plazo de resolución del visado de movilidad internacional, no de recurso.
  • El único plazo de 10 días para interponer contencioso es el del procedimiento de derechos fundamentales (art. 115.1 LJCA) y el de litigios entre Administraciones (art. 46.6).
  • Frente a la denegación de visado rige el general de 2 meses (art. 46.1 LJCA).

Medidas cautelarísimas

  • El art. 135 LJCA permite resolver inaudita parte en circunstancias de especial urgencia. Es la herramienta central frente a expulsiones inminentes y denegaciones de asilo en frontera.
  • El art. 29.2 de la Ley 12/2009 remite expresamente a ese cauce en protección internacional.
  • Procedimiento en frontera: 4 días para resolver, reexamen en 2 días, ampliable a 10 si interviene ACNUR.

Vía económico-administrativa: el umbral de cuantía decide el tribunal

  • Hasta 150.000 € (1.800.000 € en bases o valoraciones): TEAR en única instancia → TSJ.
  • Por encima, o cuantía indeterminada: TEAR en primera instancia + alzada ante el TEAC → Audiencia Nacional.
  • Reposición tributaria y reclamación económico-administrativa son incompatibles en el tiempo.
  • La interposición contra una sanción suspende su ejecución automáticamente y sin garantía (art. 212.3 LGT), hasta la firmeza en vía administrativa.

Doble litigio en paralelo

  • El acceso de personas extranjeras a prestaciones, como IMV, contributivas o asistencia sanitaria, se ventila en el orden social: reclamación previa de 30 días, resolución en 45, demanda en 30.
  • El título de residencia se discute a la vez en el contencioso. Ambos procedimientos deben coordinarse.
  • La asistencia jurídica gratuita alcanza a los extranjeros en España en todas las jurisdicciones, y la asistencia letrada es obligatoria en denegación de entrada, devolución, expulsión y en todo procedimiento de protección internacional.

Órganos de control y garantía

Defensor del Pueblo

  • Queja en el plazo de un año, sin abogado ni procurador, sin restricción por nacionalidad ni situación administrativa.
  • Es el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura: visitas sin aviso a CIE, salas de asilo en frontera, CETI y vuelos de repatriación.
  • El Reglamento (UE) 2024/1356 le atribuye la supervisión independiente de derechos fundamentales en el triaje.
  • Sus resoluciones no anulan actos: sirven para documentar una práctica sistemática y desbloquear expedientes.

Consejo de Transparencia, vía infrautilizada

  • Solicitud de acceso: resolución en 1 mes, prorrogable; silencio desestimatorio.
  • Reclamación ante el CTBG en 1 mes; resuelve en 3 meses. Es potestativa y sustitutiva de los recursos administrativos.
  • Rendimiento alto para obtener criterios e instrucciones internas no publicadas, estadísticas de denegación por oficina y tiempos medios reales de resolución, como prueba del incumplimiento sistemático del plazo.

Defensorías autonómicas: límite crítico

  • Su competencia alcanza solo a la Administración autonómica y local. Las Oficinas de Extranjería, los CIE y los consulados son Administración del Estado.
  • Sí son competentes en informes de arraigo, vivienda y esfuerzo de integración, escolarización, servicios sociales, menores no acompañados y sanidad.

Amparo y TEDH

  • Amparo: 20 días frente a actos de la Administración (art. 43 LOTC) y 30 frente a resoluciones judiciales (art. 44).
  • La omisión de la justificación de la especial trascendencia constitucional es la causa dominante de inadmisión: debe ser una sección argumentada, no una fórmula.
  • TEDH: medidas provisionales del art. 39 del Reglamento, obtenibles en horas frente a expulsiones inminentes.

El Pacto Europeo de Migración y Asilo es aplicable desde el 12 de junio de 2026. España lo aplica con dos instrucciones y sin leyes adaptadas: el desfase entre el reglamento europeo directamente aplicable y una Ley 12/2009 intacta es el terreno más fértil para recurrir en este momento.

Calendario

  1. 14 · 05 · 2024
    Adopción de los diez instrumentos del Pacto
    Reglamentos (UE) 2024/1347 a 2024/1359 y Directiva 2024/1346, publicados en el DOUE el 22-05-2024, con período transitorio de dos años.
  2. 12 · 10 · 2025
    Arranca el Sistema de Entradas y Salidas
    Despliegue progresivo del EES en 29 países. Plenamente operativo desde el 10-04-2026, con colas y demoras reportadas en fronteras exteriores.
  3. 12 · 11 · 2025
    España, declarada Estado "bajo presión migratoria"
    Primer ciclo anual de gestión de la migración, junto con Grecia, Chipre e Italia: acceso directo al contingente de solidaridad. Reevaluaciones en julio y octubre de 2026.
  4. 12 · 06 · 2026
    Plena aplicación del Pacto e Instrucción española
    La Instrucción de la Subsecretaría del Interior de 11-06-2026 articula tres procedimientos, que son el fronterizo, el acelerado y el ordinario. Impone asistencia letrada obligatoria, prevé acceso del ACNUR al expediente y audiencia previa a inadmisiones y denegaciones. Plazos: 4 días de examen inicial en frontera, 6 semanas de objetivo, 12 semanas de máximo.
  5. 09 · 07 · 2026
    Procedimiento de infracción contra España
    Carta de emplazamiento por no transponer la Directiva 2024/1346 de acogida; España es uno de 16 Estados emplazados. Dos meses para responder, después dictamen motivado y eventual recurso ante el TJUE.
  6. 25 · 08 · 2026
    Anteproyectos de Ley de Asilo y de reforma de la LO 4/2000
    Aprobados en primera vuelta. Triaje de 72 horas prorrogable solo por decisión judicial; procedimiento fronterizo y de retorno de 12 semanas; resolución de protección internacional en 3 meses; nuevas causas de persecución por género, identidad de género y discapacidad. En fase de informes preceptivos; no han llegado a las Cortes.
  7. 2027 · sin fecha oficial
    ETIAS
    La UE retiró la fecha de su web oficial en julio de 2026 y apunta a 2027. Cuando arranque, período transitorio de al menos seis meses más seis meses de gracia. No comprometa fechas con el cliente.

Los diez instrumentos

InstrumentoContenido esencial
Reglamento 2024/1348, Procedimientos de asiloProcedimiento común; procedimiento fronterizo obligatorio en determinados supuestos; "capacidad adecuada"; países seguros. Deroga la Directiva 2013/32.
Reglamento 2024/1351, Gestión del Asilo y la MigraciónSustituye a Dublín III: criterios de responsabilidad, plazos de traslado, cese de responsabilidad y mecanismo permanente de solidaridad (reubicación o 20.000 € por solicitante no reubicado).
Reglamento 2024/1356, TriajeControl previo a la entrada: 7 días en frontera exterior, 3 en el interior. Ficción de no entrada. Mecanismo independiente de supervisión de derechos fundamentales.
Reglamento 2024/1349, Procedimiento fronterizo de retornoRetorno tras denegación en frontera, con plazo máximo de 12 semanas.
Reglamento 2024/1358, EurodacRegistro biométrico extendido a todas las personas llegadas irregularmente, no solo a solicitantes de asilo. España lo conecta a Lares y Adexttra.
Reglamento 2024/1347, Requisitos de reconocimientoEstatuto uniforme de refugiado y protección subsidiaria; modifica la Directiva 2003/109 en cuanto al acceso a la larga duración-UE. Deroga la Directiva 2011/95.
Reglamento 2024/1359, Crisis y fuerza mayorCrisis, instrumentalización y fuerza mayor: excepciones a plazos de registro y ampliación del procedimiento fronterizo, previa Decisión del Consejo.
Reglamento 2024/1350, ReasentamientoMarco de la Unión con plan bienal; participación voluntaria de los Estados miembros.
Reglamento 2024/1352, InteroperabilidadAdapta ECRIS-TCN y el marco de interoperabilidad a efectos del triaje.
Directiva 2024/1346, AcogidaCondiciones materiales de acogida, acceso al mercado laboral y asignación territorial. No transpuesta por España: efecto directo invocable.

Jurisprudencia del TJUE a invocar

  • C-758/24 y C-759/24, Alace y Canpelli (1-08-2025): la designación de "país de origen seguro" queda sujeta a control jurisdiccional efectivo por cualquier órgano judicial nacional, y el solicitante debe tener acceso a las fuentes en que se basó. Frente a toda aplicación automática del procedimiento acelerado o fronterizo.
  • C-50/24 a C-56/24, Danané (16-04-2026): calificación como procedimiento fronterizo de los tramitados en centros asimilados a la frontera; derecho de entrada transcurridas cuatro semanas. Aplicable por analogía a CETI y salas de asilo en frontera.

Efectos prácticos ya medibles

  • EES: el cómputo 90/180 es automático desde abril de 2026. La defensa de sobreestancias por falta de sellado ha perdido recorrido, pero el registro es también prueba a favor del cliente para acreditar permanencia continuada en arraigos.
  • Directivas clásicas intactas: reagrupación (2003/86), larga duración (2003/109) y libre circulación (2004/38, vía RD 240/2007, no derogado por el RD 1155/2024).
  • Tarjeta Azul-UE: transpuesta por la Ley 11/2023, art. 71 bis de la Ley 14/2013.

El Estado tiene competencia exclusiva sobre extranjería (art. 149.1.2ª CE), pero cuatro informes decisivos los emiten las comunidades autónomas o los ayuntamientos, y el padrón municipal es la puerta de entrada a casi todo lo demás.

Quién emite el informe de arraigo y el de vivienda

La propia comunidad autónoma

  • Cataluña. Departament de Drets Socials i Inclusió, DG de Migracions i Refugi. La propuesta se tramita habitualmente en el ayuntamiento de empadronamiento.
  • Madrid. DG de Inmigración; exige el programa "Conoce tus Leyes".
  • Canarias. Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda.
  • País Vasco. Dirección de Inmigración y Gestión de la Diversidad.
  • Ceuta y Melilla. Consejerías de Asuntos Sociales.

Delegado en los ayuntamientos

  • El resto de comunidades autónomas, con carácter general, cuando así lo hayan establecido y comunicado a la Secretaría de Estado de Migraciones.
Regla de oro del art. 127 del RD 1155/2024: si el informe no se emite en un mes y se acredita debidamente esa circunstancia, el requisito puede justificarse por cualquier medio de prueba admitido en Derecho. Registre siempre la solicitud y conserve el justificante.

Los cuatro informes

InformeAdministraciónNormaPlazo y vigencia
Integración social para el arraigo social y socioformativoCCAA o corporación localRD 1155/2024, art. 127.c) y d)1 mes; validez 6 meses. No se exige en arraigo sociolaboral, familiar ni de segunda oportunidad.
Adecuación de la vivienda para la reagrupación familiarCCAA o corporación localRD 1155/2024, arts. 65-681 mes; no puede tener más de 6 meses al presentar la solicitud.
Esfuerzo de integración para renovaciones y arraigoCCAA de residenciaRD 1155/2024, arts. 126, 127.c) y d); 64.6, 71.4.d), 80.6 y 86.61 mes. Potestativo aportarlo; si se aporta, su valoración por la Oficina de Extranjería es obligatoria.
Escolarización de menoresConsejería de Educación de la CCAAArt. 9 LO 4/20001 mes. Su falta puede condicionar la renovación o la modificación a larga duración.

Cataluña: nada ha cambiado todavía

  • Sigue rigiendo el RD 1463/2009, en desarrollo del art. 138 del Estatuto: competencia ejecutiva en autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia y ajena, modificaciones, cambios de ámbito territorial y de actividad. La residencia sigue siendo estatal, con resolución conjunta.
  • La proposición de ley orgánica de delegación del art. 150.2 CE, sobre residencia temporal y larga duración, TIE, expedientes de expulsión y CIE de la Zona Franca, no está aprobada. Junts la volvió a registrar el 26-08-2026 suprimiendo el preámbulo.
  • No anticipe a los clientes un traspaso que no existe.

Padrón y sanidad

  • El RD 141/2024 reforzó el empadronamiento sin domicilio fijo (arts. 54.3, 57.1.c y 59.2 del Reglamento de Población): el padrón refleja la residencia efectiva, con independencia de las condiciones de la vivienda o del título de ocupación. La negativa municipal es recurrible y debe atacarse de inmediato.
  • El RD 180/2026, de 11 de marzo, unificó el acceso sanitario de las personas sin residencia legal: resuelven las CCAA en 3 meses con silencio positivo, con documento provisional de acceso desde la presentación de la solicitud. Con menos de tres meses de estancia, informe favorable de servicios sociales.
silencio positivo la falta de respuesta concede · silencio negativo la falta de respuesta deniega · silencio según modalidad depende del trámite

Guía elaborada por España Abogados y cerrada el 11 de septiembre de 2026 sobre fuentes oficiales: BOE (textos consolidados), portales de los ministerios de Inclusión, Interior, Exteriores, Presidencia y Justicia, Hacienda, Economía e Industria, sede de la AEAT, Seguridad Social, La Moncloa, Comisión Europea y EUR-Lex. No constituye asesoramiento jurídico ni sustituye a la consulta del texto consolidado en la fecha de aplicación: plazos, silencios, titulares y criterios cambian, y cada expediente tiene sus particularidades.

Preguntas frecuentes

¿Sigue existiendo la Dirección General de Migraciones?

No con ese nombre. El Real Decreto 501/2024 reorganizó el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y el órgano es hoy la Dirección General de Gestión Migratoria (DGGM).

Si una resolución o un formulario antiguo cita la denominación anterior, se refiere al mismo ámbito de competencias.

¿Quién tramita hoy las solicitudes de asilo?

Desde el Real Decreto 207/2024 existe una Dirección General de Protección Internacional, dependiente de la Subsecretaría del Interior, que ejerce las funciones de la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) y preside la CIAR.

La OAR sigue funcionando como nombre del servicio de atención, pero ya no es un órgano con rango propio.

¿Qué órgano resuelve mi expediente de nacionalidad?

La resuelve la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (DGSJFP), que firma por delegación del titular del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre), previa propuesta de la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil. Los exámenes DELE y CCSE dependen del Instituto Cervantes.

¿Quién resuelve las residencias de la Ley de Emprendedores?

La Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), dentro de la Dirección General de Gestión Migratoria. Ahí se tramitan, entre otras, la residencia de profesionales altamente cualificados y la de teletrabajo internacional.

¿Puedo pedir todavía la Golden Visa por comprar un inmueble?

No. La Ley Orgánica 1/2025 suprimió la residencia por inversión en inmuebles y en deuda pública.

Las autorizaciones ya concedidas mantienen su validez y sus renovaciones se tramitan conforme a la normativa con la que se concedieron.

Diagnóstico en 3 toques

¿Sabes qué órgano lleva tu trámite?

Contesta tres preguntas y te decimos quién lo resuelve y qué conviene vigilar.

1¿Qué trámite tienes?

2¿Ya presentaste la solicitud?

3¿Ha vencido el plazo para resolver?

Tu resultado

Toca una opción en cada pregunta y el resultado aparece aquí.

Residencia y visados. Según la vía, lo resuelve la Oficina de Extranjería de tu provincia, la UGE-CE de la Dirección General de Gestión Migratoria o el consulado.
Nacionalidad. La resuelve la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública; los exámenes DELE y CCSE dependen del Instituto Cervantes.
Asilo. Lo instruye la Dirección General de Protección Internacional, del Ministerio del Interior.
Denegación o silencio. El órgano que resolvió marca el recurso y el plazo. Lo primero es fijar la fecha de notificación o de presentación.
Buena base. Expediente localizado y en plazo: toca vigilar requerimientos y notificaciones.
Conviene revisar:Localizar el expedientePlazo vencidoEl sentido del silencio cambia según el trámite y condiciona qué recurso cabe.
Reservar asesoría →Revisar mi caso →o empieza con la consulta web gratuita

Félix José España González · Abogado colegiado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, n.º 127450 · Última revisión: 15 de octubre de 2026

Fuentes

  • Real Decreto 1155/2024, Reglamento de extranjería
  • Real Decreto 316/2026
  • Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia
  • Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores
  • Instrucción de 11 de junio de 2026 (protección internacional)
  • Instrucción de la DGSJFP de 5 de noviembre de 2024 (nacionalidad)
  • Real Decreto 867/2025
  • Resolución de 5 de agosto de 2026
  • Convenio entre España y Venezuela para evitar la doble imposición

Sigue por aquí

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ICAM 127450

Somos un despacho español, no una gestoría ni una agencia, dirigido por Félix José España González, abogado colegiado nº 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, y tramitamos ante la Administración española desde España. Atendemos por videollamada en horario de Estados Unidos: Este, Centro y Pacífico.

Qué tramitamos en España

Arraigo

  • sociolaboral
  • social
  • socioformativo
  • de segunda oportunidad
  • familiar

Visados y residencia

  • teletrabajador internacional
  • no lucrativa
  • estancia por estudios
  • búsqueda de empleo
  • cuenta ajena
  • cuenta propia
  • emprendedores

Familia

  • tarjeta de familiar de ciudadano de la UE
  • reagrupación familiar

Protección internacional

  • asilo y refugio
  • residencia por razones humanitarias

Mantener la residencia

  • renovaciones
  • modificaciones
  • larga duración

Nacionalidad española

  • por residencia
  • por opción
  • prueba CCSE
  • expediente de Registro Civil

Recursos

  • reposición
  • alzada
  • contencioso-administrativo
  • silencio negativo

Fiscalidad

  • residencia fiscal
  • régimen de impatriados (Ley Beckham)
  • convenio España-EE. UU.
  • modelos 720 y 721
Cómo armamos tu plan migratorio
  1. Analizamos tu situación personal, familiar y tus ingresos.
  2. Elegimos la vía que de verdad encaja con tu caso.
  3. Calculamos la solvencia económica que te van a exigir.
  4. Ordenamos y te solicitamos toda la documentación necesaria: apostillas, traducciones juradas y antecedentes.
  5. Fijamos el calendario de cada trámite, desde la residencia hasta la nacionalidad.
Cuéntanos tu caso

Félix José España González

Soy Félix José España González, abogado colegiado n.º 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid y director de España Abogados, despacho especializado en extranjería, movilidad internacional, fiscalidad y nacionalidad española. Ayudo a personas y empresas a establecerse legalmente en España y divulgo toda la información sobre emigrar y establecerse en España a través de redes sociales. Como emigrante, sé por experiencia propia lo que es llegar a un país nuevo y tener que entenderse con su Administración: por eso aquí cada trámite se explica con la norma delante y entendiendo lo que es emigrar.


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Despacho de extranjería dirigido por el abogado Félix José España González (ICAM 127450), experto en emprendimiento y fiscalidad y miembro de la Asociación Española de Asesores Fiscales, con un equipo de expertos en extranjería, nacionalidad española y tramitación. Consolidados con el objetivo de atender, guiar y asesorar a todo extranjero que desee estudiar, trabajar y vivir en España.

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