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Asesorías

Homologación del título de Odontología en España

Félix José España González
1 octubre 2026
Estudios y Homologación
La respuesta en 60 segundos

Si estudiaste Odontología fuera de la Unión Europea, para trabajar de dentista en España necesitas homologar tu título al Grado en Odontología ante el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y, después, colegiarte. El Ministerio puede homologarlo directamente, condicionarlo a superar una prueba en una universidad española o denegarlo. En España Abogados preparamos tu expediente, presentamos la solicitud y, si la resolución no es la que esperabas, la revisamos y la recurrimos.

En esta guía
  1. ¿En qué punto estás?
  2. Requisitos para homologar
  3. Documentos: tu lista
  4. El proceso, paso a paso
  5. Homologación condicionada y plazos
  6. Si te la deniegan o condicionan: recursos
  7. Después de homologar
  8. Qué hacemos por ti
  9. Preguntas frecuentes
  10. Normativa y fuentes

¿En qué punto estás?

Abre la situación que más se parezca a la tuya.

1Todavía no he presentado la solicitud

Lo primero es comprobar que tu título encaja: duración, formación clínica y competencias. Después hay que reunir y traducir la documentación y presentarla en la sede electrónica del Ministerio. Mira los requisitos y tu lista de documentos.

2Presenté y no me han contestado

El plazo máximo para resolver es de seis meses desde que la solicitud entra en el registro. Si pasa sin respuesta hay silencio negativo, pero el Ministerio sigue obligado a resolver. Nuestro criterio es esperar la resolución: un recurso es posible, pero no hace que tu expediente avance más rápido.

3Me la han concedido condicionada a una prueba

Tienes un plazo para superar los requisitos formativos y, si se pasa, la homologación pierde su eficacia. Calcula tu fecha límite con la calculadora de plazos y, si crees que te han pedido algo que ya cursaste, valora un recurso.

4Me la han denegado

Tienes un mes para el recurso de reposición o dos meses para ir directamente a la vía contencioso-administrativa. Revisa la tabla de recursos y no dejes correr el plazo.

5Mi resolución es antigua y ya es firme

Queda el recurso extraordinario de revisión, pero solo por causas tasadas, como un error de hecho que resulte de los propios documentos del expediente o documentos esenciales que aparecen después. Es una vía técnica que conviene estudiar caso a caso.

Requisitos para homologar el título de Odontología

La homologación a un título que habilita para una profesión regulada, como la de Dentista, se rige por el Real Decreto 889/2022. Para Odontología, el Ministerio compara tu formación con los requisitos de la Orden CIN/2136/2008 y con los criterios técnicos de la ANECA.

Duración

Cinco años de estudios, según los criterios que publica el Ministerio para Dentista.

Formación clínica

Al menos 540 horas de formación clínica.

Idioma

Español de nivel B2, salvo que estudiaras al menos el 75 % en español o seas nacional de un país hispanohablante.

Experiencia

Puede valorarse la experiencia relacionada con las competencias del título, hasta el 15 % de los créditos del Grado (art. 11 del RD 889/2022).

¿Título de la UE, el EEE o Suiza? Entonces no es una homologación: es un reconocimiento profesional ante el Ministerio de Sanidad, conforme a la Directiva 2005/36/CE.

Documentos: tu lista

Marca lo que ya tienes. La lista no se guarda: es solo para que veas cuánto te falta.

Identidad

Título y estudios

Experiencia y otros

Escanea todo en PDF y en buena calidad, y nombra cada archivo de forma clara. Un expediente ordenado evita requerimientos: si falta algo, el Ministerio concede 35 días hábiles para subsanar.

El proceso, paso a paso

  1. Estudio previo del título. Comparamos tu plan de estudios con el Grado español para anticipar si habrá requisitos formativos.
  2. Documentación. Apostilla, traducciones oficiales y certificaciones académicas completas.
  3. Solicitud y tasa. Se presenta en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y se paga la tasa (166,50 €).
  4. Requerimientos. Si te piden documentación, se contesta dentro del plazo.
  5. Resolución. Favorable, condicionada o desfavorable. El plazo máximo es de seis meses.
  6. Colegiación. Con la credencial de homologación, te colegias para poder ejercer.

Homologación condicionada: la prueba y tus plazos

Si el Ministerio detecta carencias, puede condicionar la homologación a requisitos formativos complementarios: un periodo de prácticas, una prueba de aptitud, un trabajo académico o determinados cursos (art. 19.3 del RD 889/2022). En Odontología lo habitual es una prueba de conjunto en una facultad española. Por ejemplo, la Universidad Complutense de Madrid ha convocado en 2026 sus pruebas teóricas para el 23 de octubre y las prácticas para el 27 de noviembre.

Ojo con el plazo. Si no superas los requisitos a tiempo, la homologación condicionada pierde su eficacia. En 2025 el Ministerio amplió dos años los plazos de los expedientes que seguían abiertos: de cuatro a seis con el Real Decreto 889/2022, y de seis a ocho con el Real Decreto 967/2014. El Defensor del Pueblo ya advirtió de que la falta de oferta en las universidades impedía a muchos odontólogos superar los requisitos a tiempo.

Calculadora: ¿hasta cuándo tienes para superar los requisitos?

Para resoluciones condicionadas. Indica la norma con la que se tramitó tu expediente (aparece en la resolución) y la fecha en que te la notificaron.

Elige la norma y la fecha de notificación de tu resolución condicionada.

La calculadora es orientativa: el plazo exacto se comprueba con tu resolución y la fecha de notificación.

¿No tienes claro tu plazo o qué te piden?

Agenda una asesoría con cualquiera de nuestros expertos y revisamos tu título, tu resolución y tus plazos.

Agenda tu asesoría

Si te la deniegan o condicionan: recursos

RecursoCuándoPlazo
ReposiciónContra la resolución, ante el propio Ministerio1 mes desde la notificación
Contencioso-administrativoDirectamente, o tras la reposición2 meses
Extraordinario de revisiónContra resoluciones firmes, solo por las causas del art. 125 de la Ley 39/20154 años si es error de hecho; 3 meses desde que se conocen los documentos en los demás casos

Un buen recurso en homologación no discute en abstracto: compara asignatura por asignatura y hora por hora tu formación con lo que te exigen, y aporta la prueba documental. Para calcular el último día, usa nuestra calculadora del plazo para recurrir.

Después de homologar: colegiación

Para trabajar como dentista en España, por cuenta propia o ajena, es obligatorio colegiarse en el Colegio Oficial de Dentistas del territorio donde vayas a ejercer. La colegiación se hace después de obtener la homologación.

Qué hacemos por ti

1

Expediente documental

Revisamos y ordenamos tus títulos, certificaciones, programas y experiencia, y te decimos qué falta antes de presentar.

2

Solicitud de homologación

Preparamos y presentamos la solicitud, pagamos la tasa contigo y contestamos los requerimientos.

3

Homologaciones condicionadas

Analizamos la resolución, calculamos tus plazos y vemos si lo que te piden ya lo cursaste.

4

Recursos

Reposición, contencioso y recurso extraordinario de revisión, con un análisis comparativo de tu formación.

¿No lo tienes claro?

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Preguntas frecuentes

¿Puedo trabajar de dentista mientras se tramita la homologación?

No. Para ejercer como dentista en España hace falta el título homologado y, después, colegiarse en el Colegio Oficial de Dentistas de la provincia donde vayas a trabajar.

¿Cuánto tarda la homologación?

El Real Decreto 889/2022 fija un plazo máximo de seis meses para resolver desde que la solicitud entra en el registro. Si no hay respuesta en ese plazo, la solicitud se entiende desestimada por silencio, aunque el Ministerio sigue obligado a resolver.

¿Cuenta mi experiencia como odontólogo?

Sí, puede contar. El artículo 11 del Real Decreto 889/2022 permite valorar la experiencia profesional relacionada con las competencias del título español, hasta un máximo del 15 % de los créditos del Grado.

¿Qué es una homologación condicionada?

Es una resolución favorable que solo surte efecto cuando superas unos requisitos formativos complementarios: una prueba de aptitud, unas prácticas, un trabajo académico o determinados cursos. En Odontología suele traducirse en una prueba de conjunto en una universidad española.

¿Cuánto tiempo tengo para superar los requisitos formativos?

Depende de la norma con la que se tramitó tu expediente. Con el Real Decreto 889/2022 son cuatro años desde la notificación, ampliados a seis si no habían vencido el 6 de junio de 2025. Con el Real Decreto 967/2014 son seis años, ampliados a ocho si no habían vencido el 18 de junio de 2025.

¿Qué pasa si se me pasa el plazo?

La homologación condicionada pierde su eficacia. Antes de dar el expediente por perdido conviene revisar las fechas exactas de notificación, las ampliaciones y si hubo causas que impidieron superar los requisitos.

¿Puedo recurrir una resolución que ya es firme?

Solo por la vía del recurso extraordinario de revisión, que tiene causas tasadas en el artículo 125 de la Ley 39/2015: por ejemplo, un error de hecho que resulte de los propios documentos del expediente o la aparición de documentos de valor esencial que no se pudieron aportar.

Tengo un título de un país de la Unión Europea. ¿Es lo mismo?

No. Si tu título es de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza, el camino es el reconocimiento profesional ante el Ministerio de Sanidad, no la homologación ante el Ministerio de Universidades.

Normativa y fuentes

  • Real Decreto 889/2022, de homologación de títulos universitarios extranjeros
  • Real Decreto 967/2014 (expedientes anteriores)
  • Resolución de 26 de mayo de 2025: ampliación de plazos (RD 889/2022)
  • Resolución de 11 de junio de 2025: ampliación de plazos (RD 967/2014)
  • Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común
  • Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades: homologación a Dentista
  • Consejo General de Dentistas: trabajar en España
  • Universidad Complutense de Madrid: prueba de conjunto
  • Defensor del Pueblo: requisitos formativos de Odontología

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España Abogados

Despacho español · Extranjería, nacionalidad y fiscalidad · Madrid

ICAM 127450

Somos un despacho español —no una gestoría ni una agencia— dirigido por Félix José España González, abogado colegiado nº 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, y tramitamos ante la Administración española desde España. Atendemos por videollamada en horario de Estados Unidos: Este, Centro y Pacífico.

Qué tramitamos en España

Arraigo

  • sociolaboral
  • social
  • socioformativo
  • de segunda oportunidad
  • familiar

Visados y residencia

  • teletrabajador internacional
  • no lucrativa
  • estancia por estudios
  • búsqueda de empleo
  • cuenta ajena
  • cuenta propia
  • emprendedores

Familia

  • tarjeta de familiar de ciudadano de la UE
  • reagrupación familiar

Protección internacional

  • asilo y refugio
  • residencia por razones humanitarias

Mantener la residencia

  • renovaciones
  • modificaciones
  • larga duración

Nacionalidad española

  • por residencia
  • por opción
  • prueba CCSE
  • expediente de Registro Civil

Recursos

  • reposición
  • alzada
  • contencioso-administrativo
  • silencio negativo

Fiscalidad

  • residencia fiscal
  • régimen de impatriados (Ley Beckham)
  • convenio España-EE. UU.
  • modelos 720 y 721
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  1. Analizamos tu situación personal, familiar y tus ingresos.
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  3. Calculamos la solvencia económica que te van a exigir.
  4. Ordenamos y te solicitamos toda la documentación necesaria: apostillas, traducciones juradas y antecedentes.
  5. Fijamos el calendario de cada trámite, desde la residencia hasta la nacionalidad.
Cuéntanos tu caso

Actualizado el 2 de octubre de 2026


Félix José España González

Félix José España González es abogado, colegiado nº 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, y director de España Abogados, despacho especializado en extranjería, movilidad internacional, fiscalidad y nacionalidad española. Ayuda a personas y empresas a establecerse legalmente en España y divulga sobre inmigración en redes sociales.


Despacho de extranjería dirigido por el abogado Félix José España González (ICAM 127450), experto en emprendimiento y fiscalidad y miembro de la Asociación Española de Asesores Fiscales, con un equipo de expertos en extranjería, nacionalidad española y tramitación. Consolidados con el objetivo de atender, guiar y asesorar a todo extranjero que desee estudiar, trabajar y vivir en España.

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