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Apostilla de La Haya: lista de países y cómo se tramita en España

Félix José España González
8 abril 2024
Régimen General de Extranjería

En esta página

  1. La respuesta, en corto
  2. Qué es la apostilla y qué no es
  3. Tu documento: apostilla, legalización o nada
  4. Quién pone la apostilla en España
  5. Para qué la pide extranjería
  6. Los 129 países donde el Convenio está en vigor
  7. Preguntas frecuentes

La respuesta, en corto

El Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961 sustituye la cadena de legalizaciones por un solo sello: la apostilla. Si tu documento viene de un país parte del Convenio, con la apostilla de la autoridad de ese país vale en España. Si viene de un país que no es parte, hay que hacer la legalización diplomática, que es más larga y más cara.

A 24 de septiembre de 2026, el Convenio está en vigor en 129 partes contratantes, según la tabla oficial de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado. Tailandia será la número 130 el 28 de febrero de 2027. Tienes la lista completa más abajo.

En España la apostilla no la pone el Ministerio de Asuntos Exteriores: la competencia es del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y la de los documentos notariales corresponde en exclusiva a los Colegios Notariales.

Qué es la apostilla y qué no es

La apostilla es una anotación que una autoridad del país donde se emitió el documento coloca sobre él y que certifica la autenticidad de la firma, la calidad en que actúa quien lo firma y, en su caso, el sello o timbre. Con ella, el documento se reconoce en cualquier otro país parte del Convenio sin más trámites de legalización.

Conviene saber lo que no hace, porque es donde se pierden los expedientes:

  • No traduce. Si el documento está en otro idioma, en España habrá que acompañarlo de traducción jurada hecha por traductor habilitado por el Ministerio de Asuntos Exteriores. La apostilla se pone antes de traducir, y la traducción debe incluirla.
  • No valida el contenido. Certifica quién firma, no que lo que dice sea cierto ni que sirva para el trámite que tú quieres.
  • No caduca por sí misma, pero el documento sí. Extranjería y los registros suelen exigir que el certificado de antecedentes penales o el de nacimiento sean recientes; una apostilla perfecta sobre un certificado viejo no salva el trámite.
  • No se aplica a todo. El Convenio deja fuera los documentos expedidos por agentes diplomáticos o consulares y ciertos documentos administrativos referidos a operaciones mercantiles o aduaneras.

Tu documento: apostilla, legalización o nada

Antes de mirar la lista, sitúa tu caso. Solo hay tres:

El documento viene de un país parte del Convenio

Necesita apostilla, puesta por la autoridad competente del país que emitió el documento, nunca por una autoridad española ni por el consulado de España allí. Un certificado de nacimiento colombiano se apostilla en Colombia; uno venezolano, en Venezuela. Después, si no está en español, traducción jurada que recoja también la apostilla.

El documento viene de un país que no es parte del Convenio

Entonces toca la legalización diplomática: la cadena completa de autenticaciones en el país de origen, normalmente ministerio competente y ministerio de exteriores, y, al final, la legalización por el consulado de España en ese país. Es la vía que el Convenio vino a suprimir, y sigue viva para quien queda fuera. Cuenta con semanas, no con días.

El documento lo expide otro Estado de la Unión Europea

Mira antes el Reglamento (UE) 2016/1191. Contempla una serie de documentos públicos expedidos por autoridades de un Estado miembro que están exentos de legalización y de apostilla cuando se presentan en otro Estado miembro, y prevé impresos estándar multilingües que evitan la traducción. Si tu documento entra ahí, no necesitas apostillarlo: pedirla sería gastar tiempo y dinero de más.

Quién pone la apostilla en España

Es la confusión más repetida: el Ministerio de Asuntos Exteriores no apostilla. Se encarga de la legalización diplomática, que es otra cosa. La competencia sobre la apostilla en España es del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y dentro de ella:

  • Documentos notariales: la apostilla corresponde únicamente a los Colegios Notariales, a través de sus Decanos o de los notarios en quienes deleguen (art. 3).
  • Documentos administrativos: los apostillan, indistintamente, los Secretarios de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia y de Ceuta y Melilla, hoy Letrados de la Administración de Justicia, la unidad del Ministerio con competencia en información y atención al ciudadano, los Gerentes Territoriales del Ministerio y los Decanos de los Colegios Notariales (art. 1).
  • Documentos judiciales: los mismos, salvo los Colegios Notariales (art. 2).
  • Documentos del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional: de forma exclusiva, sus respectivos Secretarios de Gobierno (art. 4).

Un detalle que ahorra viajes: la competencia no es territorial. Cualquiera de esas autoridades puede apostillar el documento con independencia del lugar de España donde se haya expedido, así que no hace falta volver a la provincia que lo emitió.

Todo ello según el Real Decreto 1497/2011, de 24 de octubre, que determina los funcionarios y autoridades competentes para la legalización única o Apostilla.

Para qué la pide extranjería

En los expedientes que tramitamos a diario, la apostilla aparece casi siempre en los mismos papeles:

Documento Dónde suele pedirse
Certificado de antecedentes penales del país de origen y de los países de residencia de los últimos años Casi todas las autorizaciones de residencia inicial: no lucrativa, teletrabajo, arraigos, reagrupación
Certificado de nacimiento literal Nacionalidad española, reagrupación familiar, vías de familiar de español
Certificado de matrimonio o de pareja registrada Reagrupación, familiar de español o de comunitario
Títulos y certificados académicos Homologación, profesionales altamente cualificados, estancias por estudios

Dos avisos prácticos. Uno: apostilla primero, traduce después, para que la traducción jurada recoja también el texto de la apostilla. Dos: vigila la fecha de expedición del documento, no la de la apostilla; los certificados de antecedentes penales y los de registro civil suelen tener una vigencia corta a efectos del expediente. Si estás preparando papeles para un trámite concreto, en documentación de extranjería tienes qué se pide en cada uno, y en la guía de nacionalidad española, el detalle del expediente de nacionalidad.

Los 129 países donde el Convenio está en vigor

Lista tomada de la tabla de estado oficial de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, consultada el 24 de septiembre de 2026. Son las partes contratantes para las que el Convenio ya está en vigor en esa fecha.

  • Albania
  • Alemania
  • Andorra
  • Antigua y Barbuda
  • Arabia Saudita
  • Argelia
  • Argentina
  • Armenia
  • Australia
  • Austria
  • Azerbaiyán
  • Bahamas
  • Bahrein
  • Bangladesh
  • Barbados
  • Belarús (Bielorrusia)
  • Bélgica
  • Belice
  • Bolivia
  • Bosnia y Herzegovina
  • Botswana
  • Brasil
  • Brunei Darussalam
  • Bulgaria
  • Burundi
  • Cabo Verde
  • Canadá
  • Chequia (República Checa)
  • Chile
  • China
  • Chipre
  • Colombia
  • Costa Rica
  • Croacia
  • Dinamarca
  • Dominica
  • Ecuador
  • El Salvador
  • Eslovaquia
  • Eslovenia
  • España
  • Estados Unidos de América
  • Estonia
  • Eswatini
  • Federación de Rusia
  • Fiji
  • Filipinas
  • Finlandia
  • Francia
  • Georgia
  • Granada
  • Grecia
  • Guatemala
  • Guyana
  • Honduras
  • Hungría
  • India
  • Indonesia
  • Irlanda
  • Islandia
  • Islas Cook
  • Islas Marshall
  • Israel
  • Italia
  • Jamaica
  • Japón
  • Kazajstán
  • Kirguistán
  • Kosovo
  • Lesotho
  • Letonia
  • Liberia
  • Liechtenstein
  • Lituania
  • Luxemburgo
  • Macedonia del Norte
  • Malawi
  • Malta
  • Marruecos
  • Mauricio
  • México
  • Mónaco
  • Mongolia
  • Montenegro
  • Namibia
  • Nicaragua
  • Niue
  • Noruega
  • Nueva Zelandia
  • Omán
  • Países Bajos (Reino de los)
  • Pakistán
  • Palau
  • Panamá
  • Paraguay
  • Perú
  • Polonia
  • Portugal
  • Reino Unido
  • República de Corea (Corea del Sur)
  • República de Moldova
  • República Dominicana
  • Rumanía
  • Rwanda
  • Saint Kitts y Nevis
  • Samoa
  • San Marino
  • Santa Lucía
  • Santo Tomé y Príncipe
  • San Vicente y las Granadinas
  • Senegal
  • Serbia
  • Seychelles
  • Singapur
  • Sudáfrica
  • Suecia
  • Suiza
  • Suriname
  • Tayikistán
  • Tonga
  • Trinidad y Tabago
  • Túnez
  • Türkiye (Turquía)
  • Ucrania
  • Uruguay
  • Uzbekistán
  • Vanuatu
  • Venezuela
  • Viet Nam

Pendiente de entrar en vigor: Tailandia, el 28 de febrero de 2027. Hasta esa fecha, los documentos tailandeses siguen necesitando legalización diplomática.

Incorporaciones recientes, por si consultaste una lista antigua: Canadá (11 de enero de 2024), Rwanda (5 de junio de 2024), Bangladesh (30 de marzo de 2025), Argelia (9 de julio de 2026) y Viet Nam (11 de septiembre de 2026). China es parte desde el 7 de noviembre de 2023.

Hong Kong y Macao no figuran como partes contratantes independientes en la tabla de la Conferencia de La Haya; la aplicación del Convenio en esos territorios se consulta en la propia tabla oficial, enlazada al pie.

La lista cambia varias veces al año. Antes de dar un documento por apostillable, comprueba el país en la tabla oficial: es la única fuente que se actualiza el mismo día.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos países tienen el Convenio de la Apostilla en vigor?

129 a 24 de septiembre de 2026, según la tabla oficial de la Conferencia de La Haya. Tailandia será la parte número 130 el 28 de febrero de 2027.

¿Quién pone la apostilla en España?

El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. Los documentos notariales los apostillan únicamente los Colegios Notariales. El Ministerio de Asuntos Exteriores no apostilla: se ocupa de la legalización diplomática, que es el trámite para los países que no son parte del Convenio.

¿Dónde apostillo un documento extranjero que voy a usar en España?

En el país que lo expidió, por su autoridad competente. España no apostilla documentos extranjeros, ni lo hacen los consulados españoles.

¿La apostilla sustituye a la traducción jurada?

No. Certifica la firma y la condición de quien firma, no traduce. Si el documento no está en español necesitarás traducción jurada, y lo correcto es apostillar primero para que la traducción incluya también la apostilla.

Mi documento es de otro país de la Unión Europea. ¿Lo apostillo igual?

No necesariamente. El Reglamento (UE) 2016/1191 exime de legalización y de apostilla a una serie de documentos públicos expedidos por autoridades de un Estado miembro cuando se presentan en otro, y prevé impresos estándar multilingües. Comprueba si tu documento entra en su ámbito antes de pagar una apostilla.

¿Caduca la apostilla?

La apostilla en sí no tiene fecha de caducidad, pero el documento que la lleva sí puede tenerla a efectos del trámite. Los certificados de antecedentes penales y los de registro civil suelen exigirse recientes, así que lo que hay que vigilar es la fecha de expedición del documento.

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Félix José España González · Abogado colegiado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, n.º 127450

Fuentes oficiales

  • Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, tabla de estado del Convenio núm. 12, lista de partes contratantes y fechas de entrada en vigor.
  • Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961, publicado en el BOE, art. 1, documentos incluidos y excluidos.
  • Ministerio de Asuntos Exteriores, legalización y apostilla, competencia de la apostilla y legalización diplomática.
  • Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, legalización única o apostilla, trámite y autoridades competentes.
  • Reglamento (UE) 2016/1191, documentos públicos exentos entre Estados miembros.

Fuentes

  • Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961, publicado en el BOE
  • Ministerio de Asuntos Exteriores, legalización y apostilla
  • Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, legalización única o apostilla
  • Reglamento (UE) 2016/1191

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Soy Félix José España González, abogado colegiado n.º 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid y director de España Abogados, despacho especializado en extranjería, movilidad internacional, fiscalidad y nacionalidad española. Ayudo a personas y empresas a establecerse legalmente en España y divulgo toda la información sobre emigrar y establecerse en España a través de redes sociales. Como emigrante, sé por experiencia propia lo que es llegar a un país nuevo y tener que entenderse con su Administración: por eso aquí cada trámite se explica con la norma delante y entendiendo lo que es emigrar.


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