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Regularización
Asesorías

Guía completa para la solicitud de Tarjeta de Estudiante Extranjero

Félix José España González
26 septiembre 2023
Estudios y Homologación

Fuente: Universidad Complutense de Madrid 

La Universidad Complutense de Madrid (UCM) atrae a estudiantes internacionales de todo el mundo, si estás planeando unirte a esta vibrante comunidad académica, es esencial que conozcas el proceso de solicitud de la tarjeta de estudiante extranjero, que conviene no confundir con el NIE: el NIE es un número de identificación y la TIE es la tarjeta física en la que ese número va impreso. Esta tarjeta es crucial para tu estadía en España, y aquí te ofrecemos una guía detallada de cómo obtenerla paso a paso.

En esta página

  1. ¿Qué documentación necesitarás?
  2. Solicita una Cita para toma de huellas
  3. Recoge tu Tarjeta (TIE)
  4. Solicitud para familiares acompañante de
  5. Documentación:
  6. Qué dice la norma, artículo por artículo
  7. Preguntas frecuentes
  8. Desde España Abogados te lo ponemos fácil

¿Qué documentación necesitarás? 

 
Antes de comenzar el proceso, asegúrate de tener la siguiente documentación en orden:
 
  • Impreso de Solicitud EX-17. (PDF oficial)
  • Tu pasaporte con visado tipo D, con al menos 90 días de validez y la prueba de tu entrada en España: el sello, si entraste antes del 10 de abril de 2026; si entraste después ya no se sella el pasaporte, así que lleva la tarjeta de embarque y el billete.
  • Comprobante de matrícula en la Universidad Complutense de Madrid (UCM), con el sello bancario que confirma el pago de las tasas o, en su defecto, una Carta de Admisión de la Universidad que justifique tu admisión como estudiante con un horario que implique asistencia por un período de al menos 6 meses.
  • Volante de empadronamiento, que acredite tu residencia habitual en el municipio correspondiente (si vives en Madrid Capital, puedes acceder a este documento aquí).
  • Una fotografía de carnet en color, con fondo blanco, de tamaño 32 por 26 milímetros.
  • Resguardo del pago del modelo de tasa 790 (código 012), que puedes abonar en cualquier entidad bancaria.
  • Si viajas con familiares, como hijos menores o cónyuge, también debes realizar los trámites pertinentes para ellos. Más abajo te lo explicaremos detalladamente. 
 

Solicita una Cita para toma de huellas

 
Una vez tengas todos los documentos en orden, el siguiente paso es solicitar una cita previa a través del portal web de la Administración. Asegúrate de seguir estos pasos:
 
  • Selecciona la provincia "MADRID".
  • Elige el trámite "TOMA DE HUELLAS (EXPEDICIÓN DE TARJETA)…"
 
La cita previa te indicará el lugar y la fecha donde debes presentarte en persona para entregar la documentación en duplicado (original y fotocopia de cada documento) y realizar la toma de huellas.
 

Recoge tu Tarjeta (TIE)

 
Tras completar los pasos anteriores, al cabo de unas semanas. La propia UCM habla de unos cuarenta días, y conviene tomarlo como el tiempo habitual de tramitación y no como un plazo legal. Después recibirás instrucciones para retirar Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) que te autoriza a residir como estudiante extranjero en España.

 

Solicitud para familiares acompañante de estudiantes extranjeros 

 
Si eres estudiante o investigador extracomunitario y tienes familiares que te acompañan durante tu estancia en la Universidad Complutense de Madrid (UCM), es importante que conozcas el proceso para obtener la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) de tus familiares. A continuación te proporcionamos todos los detalles que necesitas para que tus seres queridos obtengan su TIE sin sobresaltos. 
 

Documentación: 

Antes de comenzar el proceso, asegúrate de que tus familiares cuenten con la siguiente documentación (no será muy distinta  a la que se exige al estudiante):
 
  • Impreso de Solicitud EX-00 (PDF oficial) debidamente cumplimentado y firmado por el familiar o su representante legal, en caso de que el familiar sea menor de edad.
  • Pasaporte con visado tipo D y código SLF, con al menos 90 días de validez y la prueba de tu entrada en España: el sello, si entraste antes del 10 de abril de 2026; si entraste después ya no se sella el pasaporte, así que lleva la tarjeta de embarque y el billete.
  • Volante de empadronamiento, que acredite la residencia habitual en el municipio correspondiente.
  • Certificado del vínculo familiar:  literal de nacimiento para hijos del estudiante o certificado de matrimonio para la pareja o cónyuge del estudiante.
 

Solicitud de Cita para Familiares de Estudiantes en la Universidad Complutense de Madrid (UCM) 

 fuente: Universidad Complutense de Madrid (UCM)  
 
Una vez que tu familia cuente con toda la documentación mencionada anteriormente, deberás solicitar una cita a través del correo electrónico [email protected]. Asegúrate de proporcionar los datos personales de cada familiar, incluyendo nombre, apellidos, número de pasaporte y nacionalidad. En el asunto del correo, especifica que se trata de una "solicitud de cita para tramitación de NIE de familiares de estudiantes UCM".
 

¿Dónde se deberá entrega la Documentación?

 
Los familiares deberán presentarse personalmente en la Oficina de Extranjería de Canillejas, ubicada en C/ San Faustino, 23 (esquina a la c/ Sebastián Francisco, 22), CP: 28022, Madrid. 
 
Asegúrate de llevar la documentación en duplicado (original y fotocopia de cada documento).
 

Solicitud de Tarjeta (TIE)
 

Una vez que reciban la resolución aceptando la solicitud, será necesario tramitar la expedición de la tarjeta física (Tarjeta de Identidad de Extranjero). Para ello, los familiares deberán acudir personalmente a la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Madrid, ubicada en Avenida de los Poblados, s/n, CP: 28027, Madrid. Además de la documentación anterior, deberán presentar el Impreso de Solicitud EX-17 (PDF oficial) debidamente cumplimentado y firmado por el familiar o su representante legal, en caso de ser menor de edad.

 
Recogida de la Tarjeta 

 
Al cabo de unas semanas, con el mismo aviso de que es el tiempo habitual y no un plazo legal,, los familiares recibirán instrucciones para retirar su tarjeta de identificación que les autoriza a residir como familiares de estudiantes extranjeros en España.

Qué dice la norma, artículo por artículo

Este trámite no es un requisito administrativo suelto: sale del Reglamento de extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024. Conviene tener cuatro reglas delante, porque son las que deciden si llegas a tiempo.

  • Quién tiene que pedir la TIE y cuándo. El artículo 209.1 obliga a toda persona con visado o autorización "por un periodo superior a seis meses" a solicitarla "personalmente en el plazo de un mes desde su entrada en España o desde que la autorización sea concedida o cobre vigencia". El artículo 54.9 lo repite para la estancia por estudios: un mes desde la concesión, ante la Comisaría de Policía competente. Si tu autorización no pasa de seis meses, no hay TIE que pedir.
  • Cuánto dura tu autorización. El artículo 55.1 fija la regla: la duración es la de los estudios "con el límite de un año", salvo en estudios superiores, donde "la vigencia de la autorización coincidirá con la duración oficial de los estudios". Por eso un grado de cuatro años puede llevar una autorización de cuatro años, y un curso de idiomas no.
  • Si quieres trabajar mientras estudias. Si cursas estudios superiores, el artículo 57 te habilita automáticamente, sin trámite aparte; en el resto de estudios hay que pedir la autorización. En los dos casos pone un techo: "la actividad laboral no podrá ser superior a las treinta horas semanales". Incumplir ese límite es causa de extinción, no una multa menor.
  • La prórroga. Se pide en los dos meses previos a que caduque la autorización, o hasta tres meses después con sanción por la estancia irregular (artículo 55.3 y 55.4). Si pasa un mes sin resolución, se entiende denegada por silencio. Los estudios superiores admiten hasta dos prórrogas; el voluntariado y las actividades formativas, solo una (artículo 55.5).

Las tasas, con su importe

Los importes están en la Orden PJC/617/2025, de 13 de junio: la autorización inicial de estancia por estudios cuesta 10,94 € (epígrafe 1.1.1, titular y familiares) y la prórroga 17,49 € (epígrafe 1.1.2). La TIE se paga aparte, con el modelo 790 código 012, y su importe no figura en el anexo de la orden: el artículo 1.3 dispone que la tasa de la tarjeta de identidad de extranjero sea "en todo caso, equivalente a la que se exige a los ciudadanos españoles para la obtención y renovación del documento nacional de identidad". Conviene mirar el importe del día en la sede electrónica de la Policía Nacional antes de ir al banco.

Ruta de lectura

¿Por dónde sigues?

1 · Guía completaEstudiar en España siendo extranjeroEstancia por estudios, homologación de títulos y qué puedes trabajar mientras estudias.Leer la guía →2 · El trámiteEstancia por estudios en EspañaRequisitos, medios económicos y cómo se pide desde tu país o desde España.Ver el trámite →3 · Si quieres trabajarEstudios con los que puedes trabajarQuién trabaja sin trámite, el límite de 30 horas y las prácticas.Ver cuándo puedes trabajar →

Preguntas frecuentes

¿En qué plazo tengo que pedir la TIE de estudiante?

En un mes desde tu entrada en España o desde que la autorización se conceda (artículos 209.1 y 54.9 del Reglamento). Solo hay TIE si la autorización supera los seis meses.

¿Cuánto dura mi autorización de estudios?

Lo que duren los estudios, con un máximo de un año. En estudios superiores coincide con la duración oficial de los estudios (artículo 55.1).

¿Puedo trabajar mientras estudio?

Solo si cursas estudios superiores (grado, máster, doctorado o FP de grado superior, entre otros): la estancia te habilita automáticamente para trabajar por cuenta ajena o propia, hasta 30 horas semanales y siempre que sea compatible con los estudios (artículo 57 del Reglamento de Extranjería). En los demás casos hay que pedir la autorización de trabajo.

¿Qué tasa se paga por la tarjeta?

La del modelo 790, código 012, que se paga en cualquier banco antes de la cita de huellas.

TIE de estudiante

¿Llegas a tiempo con tu TIE?

Tres preguntas y te decimos en qué punto estás y qué conviene revisar.

1¿Cuándo llegaste o te concedieron la estancia?

2¿Tienes cita de huellas?

3¿Vienen familiares contigo?

Tu resultado

Toca una opción en cada pregunta y el resultado aparece aquí.

Estás en plazo. Tienes un mes desde la entrada o la concesión para pedir la TIE (artículo 209.1).
Se ha pasado el mes. Pide la TIE cuanto antes y revisa tu caso con nosotros para evitar problemas en la prórroga.
No necesitas TIE. Solo se pide cuando la autorización supera los seis meses.
Todo encaminado. Lleva a la cita el EX-17, el pasaporte, la matrícula y la tasa pagada.
Conviene revisar:Cita de huellasFamiliares acompañantesLos familiares tienen su propio trámite y sus plazos.
Revisar mi caso →Revisar mi caso →o empieza con la consulta web gratuita

Félix José España González · Abogado colegiado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, n.º 127450

Fuentes

  • Real Decreto 1155/2024, texto consolidado: artículos 52 a 59 y 209.
  • Orden PJC/617/2025, tasas de extranjería.
  • Universidad Complutense de Madrid, página oficial sobre la TIE.
  • Sede electrónica de la Policía Nacional, tasas de trámites de extranjería.

Sigue por aquí

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  • teletrabajador internacional
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Familia

  • tarjeta de familiar de ciudadano de la UE
  • reagrupación familiar

Protección internacional

  • asilo y refugio
  • residencia por razones humanitarias

Mantener la residencia

  • renovaciones
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Nacionalidad española

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  • prueba CCSE
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Recursos

  • reposición
  • alzada
  • contencioso-administrativo
  • silencio negativo

Fiscalidad

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Félix José España González

Soy Félix José España González, abogado colegiado n.º 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid y director de España Abogados, despacho especializado en extranjería, movilidad internacional, fiscalidad y nacionalidad española. Ayudo a personas y empresas a establecerse legalmente en España y divulgo toda la información sobre emigrar y establecerse en España a través de redes sociales. Como emigrante, sé por experiencia propia lo que es llegar a un país nuevo y tener que entenderse con su Administración: por eso aquí cada trámite se explica con la norma delante y entendiendo lo que es emigrar.


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