• Consulta Web Gratuita
  • Buscar
  • Vivir en España
    • Emprendiendo
    • Trabajando
    • Estudiando
    • Como Nómada Digital
    • Como Investigador
    • Con Residencia No Lucrativa
  • Servicios
    • Movilidad Internacional
    • Residencia No Lucrativa
    • Estancia por Estudios
    • Homologación de Títulos
    • Ciudadanos UE y sus familiares
    • Residencias iniciales y renovaciones
    • Asilo y Protección Internacional
    • Regularízate con un Arraigo
    • Nacionalidad Española
    • Recursos contra Denegaciones
    • Asistencia Jurídica Letrada
    • Abogado en el Aeropuerto
    • Fiscalidad y Negocios Internacionales
  • Blog
  • Conócenos
  • Asesorías
  • 641 65 88 93
  • +34 641 65 88 93
  • Calle de Cronos, 63, Planta 1, Oficina 3, San Blas-Canillejas, 28037 Madrid
Instagram Facebook Youtube X-twitter Tiktok
Logotipo de España Abogados, despacho de extranjería y movilidad internacional en Madrid
  • Consulta Web Gratuita
  • Vivir en España
    • Trabajando
    • Estudiando
    • Emprendiendo
    • Como Nómada Digital
    • Como Investigador
    • Con Residencia No Lucrativa
  • Servicios
    • Movilidad Internacional
      • Residencia como Teletrabajador de carácter internacional
      • Residencia para Profesionales Altamente Cualificados (PAC)
      • Residencia para Emprendedores
      • Residencia para Investigadores
      • Residencia para Profesionales del Sector Audiovisual
      • Residencia por Traslado Intraempresarial
      • Golden Visa: renovación y cambio de vía
    • Residencia No Lucrativa
    • Estancia por Estudios
    • Homologación de Títulos
    • Ciudadanos UE y sus familiares
    • Residencias iniciales y renovaciones
    • Residencia por razones humanitarias
    • Asilo y Protección Internacional
      • Solicitud de Protección Internacional
      • Recursos contra la denegación de asilo
      • Recurso Contencioso Administrativo
    • Regularízate con un Arraigo
      • Arraigo Sociolaboral
      • Arraigo Socioformativo
      • Arraigo Social
      • Arraigo Familiar
      • Arraigo de Segunda Oportunidad
    • Nacionalidad Española
      • Nacionalidad Española por Residencia
      • Nacionalidad española con Valor de Simple Presunción
      • Nacionalidad española por Opción
    • Fiscalidad y Negocios Internacionales
    • Recursos contra Denegaciones
    • Asistencia Jurídica Letrada
    • Abogado en el Aeropuerto
  • Blog
  • Conócenos
  • Buscar
Regularización
Asesorías

Normas para venezolanos

Normativa y Jurisprudencia aplicable / Normas para venezolanos

Normativa y Jurisprudencia aplicable

Normas para venezolanos

Las instrucciones que se dictaron expresamente para los nacionales venezolanos: la admisión del pasaporte caducado y su recorrido desde 2019 hasta hoy.

30 documentos · revisado el 17 de septiembre de 2026

Instrucciones aplicables a los venezolanos

Las instrucciones dictadas para nacionales venezolanos: la admisión del pasaporte caducado desde 2019 y la documentación con la que se expide la TIE.

fuentes · Ministerio de Inclusión y Ministerio del Interior
Conjunta 2025

Se vuelve a aceptar el pasaporte venezolano caducado

Da validez al pasaporte vencido para tramitar y continuar cualquier autorización de extranjería y para expedir la TIE. No fija límite de antigüedad ni fecha de fin.

2025 Copia España Abogados Oficial
Conjunta 2024

Deja sin efecto la instrucción de 2019

Volvió a exigir el pasaporte en vigor. Estuvo aplicándose menos de dos meses, pero explica los expedientes parados en ese periodo.

2024 Copia España Abogados Oficial
Conjunta 2019

Primera admisión del pasaporte caducado y prorrogado

La que abrió la vía, por recomendación de ACNUR. Vigente entre 2019 y noviembre de 2024; sin efecto desde entonces.

2019 Copia España Abogados Oficial
Instr. SES 7/2026

Documentación identificativa para expedir la TIE

Mantiene las medidas excepcionales para Venezuela y admite el pasaporte caducado si se acredita el intento de renovación.

2026 Copia España Abogados

Razones humanitarias

El documento que puso en marcha la residencia por razones humanitarias para venezolanos en 2019 y la instrucción que regula hoy el paso a una residencia y trabajo de cuatro años.

fuentes · Ministerio del Interior y Ministerio de Inclusión
Instr. SEM 1/2026

De la residencia humanitaria a residencia y trabajo

Permite pasar de la autorización del artículo 128.1.a) a residencia y trabajo, por cuenta ajena o por cuenta propia, sin visado y con una duración de cuatro años. Se pide en los dos meses anteriores a la caducidad o en los tres posteriores, una vez cumplido el primer año.

2026 Copia España Abogados Oficial
Nota OAR 2019

Origen de la residencia por razones humanitarias para venezolanos

Nota del Ministerio del Interior de 5 de marzo de 2019. La CIAR de febrero propuso conceder una autorización de un año, prorrogable, a los venezolanos con la protección internacional denegada, y la extendió a las denegaciones anteriores a febrero de 2019 siempre que la solicitud se hubiera presentado después del 1 de enero de 2014. Desde la notificación de la resolución ya hay derecho a trabajar, sin autorización adicional.

Histórica
2019 Copia España Abogados

Documentos no vinculantes

Recomendaciones y resoluciones internacionales que no obligan a España, pero explican el contexto de la respuesta a la migración venezolana.

fuentes · Parlamento Europeo y ACNUR
PE 2019/2952(RSP)

Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación humanitaria en Venezuela y la crisis migratoria y de refugiados

De 10 de julio de 2020. Es un acto político: no crea derechos ni vincula a las oficinas de extranjería. Se publica como documento de contexto, porque recoge la posición del Parlamento sobre el éxodo venezolano y sobre las vías de protección en los países de acogida.

No vinculante
Copia España Abogados2020 Oficial
04-10-2018

Recomendación de declarar la protección temporal general para los venezolanos

Recomendación al Ministerio del Interior: formular propuesta al Consejo de Ministros para una declaración general de protección temporal de los ciudadanos venezolanos mientras se encuentren en España, en virtud del RD 1325/2003. Se apoyó en las 17.969 solicitudes pendientes en junio de 2018, en que solo se habían concedido tres estatutos de asilo y ninguna protección subsidiaria en el primer semestre, y en la nota de orientación de ACNUR de marzo de 2018. Habría dado libertad de circulación, residencia, autorización de trabajo y acceso a servicios sociales y sanitarios. La Administración la rechazó: Interior sostuvo que la condición de desplazado del reglamento va unida a la de refugiado. Queja 17025491.

Rechazada
2018 Copia España Abogados Oficial

Nada coincide con la búsqueda.

Medidas restrictivas de la Unión Europea

Sanciones dirigidas a personas concretas designadas por el Consejo: congelación de fondos y prohibición de entrada. No son normativa migratoria y no afectan a la residencia de los venezolanos en España. Debajo del reglamento base va la serie completa de sus modificaciones, por orden, para poder acreditar en qué fecha entró o salió alguien de la lista.

fuente · eur-lex.europa.eu
UE 2017/2063

Medidas restrictivas habida cuenta de la situación de Venezuela

El régimen sancionador de la Unión: congelación de fondos y prohibición de entrada a las personas designadas en su anexo IV, además del embargo de armas y de equipos de represión interna. No es normativa migratoria: no regula la residencia de los venezolanos en España. Enlace a la versión consolidada de 17 de diciembre de 2025. El régimen está prorrogado hasta el 10 de enero de 2027.

Vigente
Oficial
UE 2018/88

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 22 de enero de 2018

Añade nombres al anexo IV.

2018 Oficial
UE 2018/899

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 25 de junio de 2018

Añade nombres al anexo IV.

2018 Oficial
UE 2018/1653

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 8 de noviembre de 2018

Sustituye una entrada del anexo IV.

2018 Oficial
UE 2019/1163

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 9 de julio de 2019

Sustituye el anexo III, el de autoridades competentes de los Estados miembros.

2019 Oficial
UE 2019/1169

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 10 de julio de 2019

Revisión general del anexo IV: sustituye dieciocho entradas.

2019 Oficial
UE 2019/1586

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 27 de septiembre de 2019

Añade siete nombres al anexo IV.

2019 Oficial
UE 2019/1889

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 13 de noviembre de 2019

Modifica el articulado: añade el artículo 18 bis.

2019 Oficial
UE 2019/1891

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 13 de noviembre de 2019

Sustituye ocho entradas del anexo IV.

2019 Oficial
UE 2020/897

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 29 de junio de 2020

Añade once nombres al anexo IV.

2020 Oficial
UE 2020/1696

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 13 de noviembre de 2020

Sustituye el anexo IV completo.

2020 Oficial
UE 2021/275

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 22 de febrero de 2021

Añade los puntos 37 a 55 del anexo IV, la mayor ampliación de la lista.

2021 Oficial
UE 2021/1959

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 13 de noviembre de 2021

Revisión anual: sustituye veintiséis entradas del anexo IV.

2021 Oficial
UE 2022/595

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 13 de abril de 2022

Sustituye el anexo III de autoridades competentes.

2022 Oficial
UE 2022/2194

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 12 de noviembre de 2022

Revisión anual: sustituye diecisiete entradas del anexo IV.

2022 Oficial
UE 2023/2500

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 14 de noviembre de 2023

Revisión anual: sustituye diecisiete entradas y suprime una del anexo IV.

2023 Oficial
UE 2023/2694

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 29 de noviembre de 2023

Modifica el articulado: añade el artículo 9 bis.

2023 Oficial
UE 2024/1340

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 15 de mayo de 2024

Sustituye seis entradas del anexo IV.

2024 Oficial
UE 2024/2465

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 13 de septiembre de 2024

Sustituye el anexo III de autoridades competentes.

2024 Oficial
UE 2025/44

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 10 de enero de 2025

Añade quince nombres al anexo IV, puntos 56 a 70.

2025 Oficial
UE 2025/42

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 11 de enero de 2025

Sustituye catorce entradas del anexo IV.

2025 Oficial
UE 2025/2559

Modificación del Reglamento 2017/2063 con efectos desde el 17 de diciembre de 2025

Última modificación: sustituye cuatro entradas del anexo IV. Es la que refleja el texto consolidado vigente.

2025 Oficial
← Normativa y Jurisprudencia aplicableModelos oficiales de solicitudCriterios de gestiónNormativa de extranjería y nacionalidadFormatos de comunicacionesComunidades autónomasNormas UcranianosNotas de prensaDefensor del PuebloConvenios de doble nacionalidadSeguridad SocialNormas de nacionalidadJurisprudenciaMovilidad internacional

Sobre esta página. Solo recoge las instrucciones dictadas expresamente para los nacionales venezolanos. Las normas generales que también les afectan, como asilo, arraigo, familiares de español o nacionalidad por residencia, están en Normativa de extranjería y nacionalidad y en Hojas informativasInstrucciones. De cada documento conservamos copia de España Abogados además del enlace oficial. En todo caso prevalece el texto oficial.

Así trabajamos

¿Tu caso no encaja en ningún impreso?

Es lo más habitual. Somos un despacho de extranjería y movilidad internacional en Madrid: revisamos tu expediente, elegimos la vía y lo presentamos nosotros.

Empezar por el paso 1
Una asesoría con un experto

Por videollamada o en Madrid. Nos explicas dónde estás y qué quieres conseguir.

Tu expediente, con la norma delante

Comprobamos plazos, requisitos y documentos, y qué impreso te corresponde. Te decimos qué falta y qué sobra.

Lo llevamos hasta la resolución

Preparamos la solicitud, la presentamos y respondemos a lo que pida la Administración.

Félix José España González · Abogado colegiado del ICAM, n.º 127450
Logotipo de España Abogados en blanco con el trazo central en amarillo, para fondos granate

Despacho de extranjería dirigido por el abogado Félix José España González (ICAM 127450), experto en emprendimiento y fiscalidad y miembro de la Asociación Española de Asesores Fiscales, con un equipo de expertos en extranjería, nacionalidad española y tramitación. Consolidados con el objetivo de atender, guiar y asesorar a todo extranjero que desee estudiar, trabajar y vivir en España.

Conócenos
  • Asesorías
  • Vivir en España
  • Servicios
  • Blog
  • Conócenos

Enlaces de Interés

  • BOEs de Notificaciones de Asilo
  • Puntos de Contacto para solicitar Protección Internacional
  • Fechas orientativas de resolución de trámites de Extranjería
  • Calculadoras de extranjería y nacionalidad
  • Canal de Denuncias de España Abogados
  • Normativa Aplicable
  • Venezolanos en España: resumen y documentos
  • Aquí tienes todo
  • Preguntas frecuentes
Instagram Facebook Youtube X-twitter Tiktok
Llámanos
  • 641 65 88 93
Escríbenos
  • +34 641 65 88 93
Encuéntranos

Coregram Marketing. España Abogados © Todos los derechos reservados.

  • Aviso legal
  • Pagos y cancelaciones
  • Política de privacidad
  • Política de cookies
Logotipo de España Abogados
Cookies

Usamos cookies propias y de terceros (Google y Meta) para analizar cómo se usa la web, para mostrarle publicidad en Facebook e Instagram basada en un perfil elaborado con su navegación aquí (por ejemplo, las páginas que visita) y para mostrar contenidos de terceros como mapas y vídeos. Pulse «Aceptar» para permitirlas todas, «Denegar» para rechazarlas o «Ver preferencias» para elegir por finalidad. Rechazarlas no le impide usar la web y puede cambiar su elección cuando quiera.

Funcional Siempre activo
Imprescindibles para que la web funcione y para guardar su elección sobre las cookies. Siempre están activas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
Nos permiten saber cuántas personas visitan cada página y cómo llegan a ella (Google Analytics), para mejorar los contenidos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
Permiten a Meta medir nuestros anuncios y mostrarle publicidad en Facebook e Instagram según un perfil elaborado con su navegación en esta web. Incluyen también los contenidos de terceros incrustados, como Google Maps y YouTube.
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
  • {title}
  • {title}
  • {title}