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Asesorías

DELE A2 para la nacionalidad española: quién debe hacerlo y exentos

Félix José España González
1 noviembre 2026
Nacionalidad española

Actualizado el 1 de noviembre de 2026

Para obtener la nacionalidad española por residencia, la ley exige acreditar un conocimiento básico del español, nivel A2 o superior, mediante el diploma DELE del Instituto Cervantes. No todo el mundo tiene que examinarse: están exentos los nacionales de los veinte países o territorios hispanohablantes que enumera la norma y los menores de 18 años; quien ya tenga un DELE A2 o un certificado oficial equivalente ya lo tiene acreditado, y quien haya superado en España la ESO u obtenido aquí ciertos títulos puede quedar dispensado. Si no sabes leer ni escribir o tienes dificultades de aprendizaje, puedes pedir una dispensa al Ministerio de Justicia antes de presentar la solicitud. En esta guía te explicamos, con la norma en la mano, quién debe hacer el examen, cómo es, cómo te inscribes y cómo aportas el resultado a tu expediente.

Todo lo que necesitas saber sobre el DELE A2 para la nacionalidad

Qué es. El Diploma de Español como Lengua Extranjera de nivel A2, que expide el Instituto Cervantes. Es una de las dos pruebas de integración de la nacionalidad por residencia; la otra es el CCSE.

Quién lo hace. Los solicitantes mayores de 18 años que no sean nacionales de un país o territorio de la lista oficial y que no estén exentos o dispensados por otra vía.

Cómo es. Cuatro pruebas (lectura, audición, escritura y expresión oral). Apruebas con al menos 30 puntos sobre 50 en cada uno de los dos grupos de pruebas.

Cuánto dura la validez. El diploma DELE tiene validez indefinida. El certificado del CCSE, en cambio, vale 4 años.

Cómo lo aportas. Basta con autorizar al Ministerio de Justicia a consultar tus resultados en el Instituto Cervantes; si no lo autorizas, debes adjuntar el certificado.

En esta página

  1. Quién tiene que aprobar el DELE A2
  2. Quién está exento o puede quedar dispensado
  3. La dispensa del Ministerio de Justicia, paso a paso
  4. Cómo es el examen DELE A2
  5. Convocatorias e inscripción
  6. Precio del examen
  7. Resultados y diploma
  8. Cómo lo aportas al expediente de nacionalidad
  9. DELE y CCSE: en qué se diferencian
  10. Consejos prácticos antes de examinarte
  11. ¿Tienes que hacer el DELE A2? Compruébalo
  12. Preguntas frecuentes

Quién tiene que aprobar el DELE A2 para la nacionalidad

El artículo 22.4 del Código Civil exige a quien pide la nacionalidad por residencia que justifique "buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española". La Ley 19/2015 concretó cómo se acredita esa integración: con dos pruebas del Instituto Cervantes. La primera es lingüística y la segunda, de conocimientos constitucionales y socioculturales (el CCSE).

Lo que dice la norma. "La primera prueba acreditará un conocimiento básico de la lengua española, nivel A2 o superior" mediante la superación de un examen para la obtención de un diploma DELE (disposición final séptima, apartado 3, de la Ley 19/2015).

El Reglamento de nacionalidad por residencia (Real Decreto 1004/2015) repite la exigencia en su artículo 6.1, y la Orden JUS/1625/2016 precisa a quién afecta: el DELE A2 o superior "será necesaria en el caso de solicitantes mayores de dieciocho años y personas que no tengan la capacidad modificada judicialmente" (artículo 10.2).

En la práctica, por tanto, tienes que aprobar el DELE si eres adulto, pides la nacionalidad por residencia y no te encuentras en ninguno de los supuestos de exención o dispensa que vemos a continuación. El nivel mínimo es el A2; un diploma de nivel superior (B1, B2, C1 o C2) también sirve.

La regla práctica. Antes de inscribirte, comprueba si estás exento. Muchos solicitantes pagan un examen que no necesitaban porque ya tenían un título español que les dispensaba o porque tenían una segunda nacionalidad de la lista.

Quién está exento o puede quedar dispensado

Conviene distinguir tres situaciones. Hay quien está exento por ley y no tiene que hacer nada más que acreditar su condición. Hay quien ya acredita el nivel con otro título oficial. Y hay quien puede pedir una dispensa, que el Ministerio de Justicia concede o deniega caso por caso.

Situación DELE A2 CCSE Qué hay que aportar
Nacional de uno de los 20 países o territorios de la lista (art. 6.5 RD 1004/2015) Exento Obligatorio Tu documentación de identidad; si es tu segunda nacionalidad, pasaporte en vigor o certificado consular
Menor de 18 años Exento Exento Certificados del centro escolar o de formación en el que esté inscrito
Persona con capacidad modificada judicialmente Exenta Exenta Certificados de centros de formación, residencia, acogida, atención o educación especial, si procede
Quien ya tiene un DELE A2 o superior Ya acreditado Obligatorio Autorización de consulta al Instituto Cervantes o el certificado
Certificado oficial de español de nivel A2, B1 o B2 (Escuelas Oficiales de Idiomas o Administración educativa) Ya acreditado Obligatorio El certificado, inscrito en el registro de títulos, y autorización para comprobarlo
Escolarizado en España con la ESO superada (art. 10.5 Orden JUS/1625/2016) Dispensable Dispensable El título, adjunto a la solicitud de nacionalidad, sin pedir dispensa previa
Bachillerato, FP de grado medio o superior o título universitario cursados y obtenidos en España (preguntas frecuentes del Ministerio de Justicia, n.º 14) Dispensable Obligatorio El título correspondiente. Es un criterio publicado por el Ministerio, no una norma: mira el apartado sobre estudios
No sabe leer ni escribir o tiene dificultades de aprendizaje Puede pedir dispensa Puede pedir dispensa Solicitud de dispensa previa al Ministerio de Justicia, con las pruebas de tu situación
Persona con discapacidad Con adaptaciones Con adaptaciones Solicitud de condiciones especiales al Instituto Cervantes

Nacionales de países o territorios donde el español es lengua oficial

La Ley 19/2015 dispone que "los solicitantes nacionales de países o territorios en que el español sea el idioma oficial estarán exentos de esta prueba". El Reglamento cierra la lista con nombres propios. Según el artículo 6.5 del Real Decreto 1004/2015 y el artículo 10.2 de la Orden JUS/1625/2016, están exentos los nacionales de:

Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.

El aviso que cuesta. La exención es solo del DELE. Si eres nacional de uno de estos países, tienes que aprobar el CCSE igualmente. Y si tu país no figura en la lista, aunque hables español con soltura o procedas de un país con vínculos históricos con España, debes acreditar el A2 por alguna de las vías oficiales.

Si tienes doble nacionalidad y la del país de la lista no es la principal (la que consta ante el Ministerio del Interior en tu residencia), puedes beneficiarte igualmente de la exención. La Orden JUS/1625/2016 exige entonces aportar "pasaporte en vigor del país o certificado consular de reconocimiento de la nacionalidad que no sea principal". Esa segunda nacionalidad solo cuenta para no hacer el DELE; el resto de requisitos se valora con la nacionalidad con la que obtuviste tu residencia en España.

Menores de edad y personas con capacidad modificada judicialmente

Los menores de 18 años y las personas con capacidad modificada judicialmente están exentos de las dos pruebas, DELE y CCSE. En su lugar, sus representantes legales aportan los certificados de los centros de formación, residencia, acogida, atención o educación especial en los que estén inscritos. Para los menores en edad de escolarización obligatoria, ese certificado es obligatorio y debe reflejar, entre otros datos, la fecha de matrícula, si asisten con regularidad y su grado de conocimiento del español en relación con su edad escolar (artículo 10.6 de la Orden JUS/1625/2016).

La expresión "capacidad modificada judicialmente" es la que siguen usando el Reglamento y la Orden de nacionalidad. Desde la Ley 8/2021, el Código Civil ya no emplea esa figura y habla de personas con discapacidad que cuentan con medidas de apoyo.

Si ya tienes un DELE o un certificado oficial de español

Si obtuviste antes un DELE de nivel A2 o superior, estás dispensado del examen (artículo 6.5 del Real Decreto 1004/2015). No importa cuándo lo aprobaste, porque el diploma no caduca.

También sirven los certificados oficiales de los niveles básico (A2), intermedio (B1) y avanzado (B2) de las enseñanzas de español como lengua extranjera expedidos por el Ministerio de Educación, las consejerías de educación de las comunidades autónomas o las Escuelas Oficiales de Idiomas, así como los certificados de Aptitud y las Certificaciones Académicas de Ciclo Elemental equivalentes. La condición es que estén "inscritos en el registro de títulos de la administración educativa competente" y que autorices al Ministerio de Justicia a comprobarlos (disposición adicional cuarta del Real Decreto 1004/2015 y artículo 10.3 de la Orden JUS/1625/2016).

Estudios cursados en España: ESO, Bachillerato, FP o universidad

Aquí conviene separar con cuidado lo que dice la norma y lo que dice el Ministerio en sus preguntas frecuentes, porque no tienen el mismo alcance.

Lo que dicen la ley y el reglamento. La Ley 19/2015 y el Real Decreto 1004/2015 no mencionan los estudios cursados en España. Las únicas exenciones del DELE que recoge el artículo 6.5 del Reglamento son haber obtenido antes un DELE A2 o superior y ser nacional de uno de los veinte países o territorios de la lista. La disposición adicional cuarta añade los certificados oficiales de español como lengua extranjera.

Lo que dice la Orden: solo la ESO. La única norma que se refiere a estudios es la Orden JUS/1625/2016, y solo menciona la educación secundaria obligatoria.

Lo que dice la norma. "Igualmente, podrá dispensarse de dichas pruebas a los solicitantes que hayan estado escolarizados en España y superado la educación secundaria obligatoria." Y, para ese caso, "podrá presentarse solicitud de nacionalidad por residencia, sin necesidad de solicitud de dispensa, adjuntando la documentación correspondiente, sin perjuicio de la comprobación automática de datos de titulaciones académicas en la instrucción del procedimiento de nacionalidad" (artículo 10.5 de la Orden JUS/1625/2016, en la redacción de la Orden JUS/1018/2022).

Es decir, si superaste la ESO en España puedes quedar dispensado del DELE y del CCSE, y no tienes que pedir la dispensa antes: aportas el título con la solicitud de nacionalidad. La página oficial del Ministerio de Justicia sobre la documentación lo resume así: quienes "estén en posesión del título de la ESO, no necesitan solicitar la dispensa con carácter previo, bastará con que aporten el título en el momento de la solicitud". Fíjate en que la Orden dice "podrá dispensarse": es una dispensa que el Ministerio aplica al valorar el expediente, no una exención automática como la de los menores de edad.

Lo que dice el Ministerio: Bachillerato, FP y universidad dispensan solo del DELE. Para el resto de estudios no hay norma publicada en el BOE. Lo que existe es el criterio que el Ministerio de Justicia publica en las preguntas frecuentes de su área de nacionalidad (pregunta 14):

Lo que dice el Ministerio. "Asimismo, podrán ser dispensados de la prueba DELE, quienes hayan cursado y obtenido en España el Bachillerato, Formación Profesional de grado medio o superior, Licenciatura, Diplomatura, Arquitecto, Ingeniero, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o Grado Universitario, debiendo, en estos casos, acreditarse los conocimientos constitucionales y socioculturales de España mediante la superación de la prueba CCSE." (Ministerio de Justicia, preguntas frecuentes del área de nacionalidad, pregunta 14.)

Estudios DELE CCSE Dónde se apoya ¿Hay que pedir dispensa antes?
ESO superada, habiendo estado escolarizado en España Puede dispensarse Puede dispensarse Norma: artículo 10.5 de la Orden JUS/1625/2016 No. Se aporta el título con la solicitud de nacionalidad
Bachillerato cursado y obtenido en España Puede dispensarse Obligatorio Criterio del Ministerio (pregunta frecuente 14) La respuesta del Ministerio no lo dice. La Orden solo exime de la dispensa previa a quien superó la ESO
Formación Profesional de grado medio o superior cursada y obtenida en España Puede dispensarse Obligatorio Criterio del Ministerio (pregunta frecuente 14) Igual que el Bachillerato
Título universitario español: Grado, Licenciatura, Diplomatura, Arquitecto, Ingeniero, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico Puede dispensarse Obligatorio Criterio del Ministerio (pregunta frecuente 14) Igual que el Bachillerato
Estudios sin terminar (curso en marcha, sin título) No dispensa No dispensa La Orden exige haber "superado" la ESO y el Ministerio, haber "cursado y obtenido" el resto de títulos No aplica
Estudios hechos fuera de España, aunque estén homologados No dispensa No dispensa Criterio del Ministerio (pregunta frecuente 14) No aplica
Estudios en un centro situado en España que sigue un currículo extranjero No dispensa No dispensa Criterio del Ministerio (pregunta frecuente 14) No aplica

Lo que no vale. Según el mismo criterio del Ministerio, "no se admitirán estudios realizados fuera de España, ni tampoco estudios realizados en centros situados en España que siguen un currículo extranjero, aunque hayan sido homologados por la Administración española". Si tu título universitario es extranjero y está homologado, tendrás que acreditar el español por otra vía. La lista del Ministerio tampoco menciona el máster ni el doctorado, y exige que los estudios se hayan cursado y obtenido "en España".

La regla práctica. Si lo tuyo es la ESO, la base es la propia Orden y basta con adjuntar el título a la solicitud. Si es Bachillerato, FP o universidad, la base es un criterio publicado por el Ministerio, que te libra del DELE pero no del CCSE. Como ese criterio no explica si hay que pedir dispensa previa, revisa tu situación antes de presentar: recuerda que si presentas a la vez la solicitud de dispensa y la de nacionalidad, la de nacionalidad se archiva.

Si no sabes leer ni escribir o tienes dificultades de aprendizaje

La Orden JUS/1625/2016 prevé que "las personas que no sepan leer ni escribir o tengan dificultades de aprendizaje podrán solicitar la dispensa de estas pruebas al Ministerio de Justicia". No es una exención automática: el Ministerio estudia tus circunstancias y las pruebas que aportes y resuelve de forma motivada. Te explicamos el procedimiento en el apartado siguiente.

Personas con discapacidad: adaptaciones del examen

La discapacidad, por sí sola, no exime del DELE. Lo que prevé la norma es que el Instituto Cervantes ofrezca "actuaciones especiales" para que las personas con discapacidad dispongan de los apoyos y ajustes razonables que les permitan examinarse "en condiciones de igualdad efectiva" (artículo 6.7 del Real Decreto 1004/2015).

Según el procedimiento de necesidades especiales publicado por el Instituto Cervantes, puedes pedir medidas como más tiempo (hasta un 33 % por prueba, o un 50 % con material en braille), sala aparte, personal de apoyo, ampliaciones del cuadernillo o uso de ordenador en caso de dificultades de aprendizaje como la dislexia. La solicitud se hace con el formulario del Instituto Cervantes, se envía al centro de examen en el que te inscribas y debe ir acompañada, entre otros documentos, de la copia del certificado de discapacidad y de un informe médico firmado y sellado por un facultativo colegiado. Si hay que adaptar el formato del examen, pídelo al inscribirte o al menos dos semanas antes de la prueba.

En el caso de las personas con discapacidad auditiva, el procedimiento del Instituto Cervantes prevé medidas como el uso de audífono o la lectura labial y, si la discapacidad es absoluta y esas medidas no bastan, la exención de una sola prueba (comprensión auditiva o expresión e interacción orales). Ninguna norma de nacionalidad prevé una exención total del DELE por este motivo, así que, si es tu caso, conviene que revisemos tu situación antes de inscribirte o de pedir una dispensa al Ministerio de Justicia.

La dispensa del Ministerio de Justicia, paso a paso

Desde el 29 de octubre de 2022, fecha en la que entró en vigor la Orden JUS/1018/2022, la dispensa tiene reglas estrictas de orden. Si no las sigues, pierdes la solicitud de nacionalidad. La resuelve la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia (artículo 10.5 de la Orden JUS/1625/2016).

  1. Primero la dispensa. La solicitud de dispensa debe presentarse "necesariamente con carácter previo a la solicitud de nacionalidad por residencia" y en modelo normalizado.
  2. Espera a la respuesta. No puedes iniciar la solicitud de nacionalidad mientras la dispensa no se haya resuelto, expresa o presuntamente.
  3. Plazo de seis meses. El Ministerio debe resolver en un máximo de 6 meses. Si no contesta, la dispensa "se entenderá desestimada" (silencio negativo).
  4. Tres resultados posibles. La resolución puede dispensar el DELE y el CCSE, denegar la dispensa o autorizar pruebas adaptadas ante el Instituto Cervantes.
  5. Aporta la resolución. Una vez notificada, la incorporas a tu expediente de nacionalidad junto con el resto de la documentación.

Si el Ministerio te autoriza una prueba adaptada porque no sabes leer ni escribir, el Instituto Cervantes ofrece un DELE A2 solo oral, en las mismas fechas y al mismo precio que el ordinario. Al inscribirte tienes que aportar la resolución del Ministerio y llevarla el día del examen. Si lo apruebas, recibes un certificado válido para la nacionalidad, no el diploma DELE.

El aviso que cuesta. Si presentas la solicitud de nacionalidad al mismo tiempo que la de dispensa, el Ministerio archiva la de nacionalidad mediante la correspondiente resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 10.5 de la Orden JUS/1625/2016). El Ministerio de Justicia lo recuerda en un aviso específico sobre dispensas.

Recuerda la excepción: si estuviste escolarizado en España y superaste la ESO, no necesitas pedir dispensa previa; presentas la solicitud de nacionalidad con tu título.

Cómo es el examen DELE A2

El DELE A2 que se exige para la nacionalidad es el examen general de nivel A2, el mismo que hace cualquier candidato. El Instituto Cervantes lo presenta en su página oficial de los exámenes DELE y lo detalla en la guía oficial del examen DELE A2. Tiene cuatro pruebas:

Prueba Duración Tareas Puntuación máxima Grupo de calificación
1. Comprensión de lectura 60 minutos 4 tareas, 25 ítems 25 puntos Grupo 1
2. Comprensión auditiva 40 minutos 4 tareas, 25 ítems 25 puntos Grupo 2
3. Expresión e interacción escritas 45 minutos 2 tareas 25 puntos Grupo 1
4. Expresión e interacción orales 12 minutos, más 12 de preparación 3 tareas 25 puntos Grupo 2

En total son 157 minutos de examen, 169 si se cuenta la preparación de la prueba oral. El centro de examen te indica en la citación el día y la hora de cada prueba, así que revísala con atención.

Cuánto hay que sacar para aprobar

La calificación final es "Apto" o "No apto". Para obtener el Apto tienes que alcanzar al menos 30 puntos en cada uno de los dos grupos:

  • Grupo 1, destrezas escritas: comprensión de lectura más expresión e interacción escritas, 50 puntos en juego.
  • Grupo 2, destrezas orales: comprensión auditiva más expresión e interacción orales, 50 puntos en juego.

La regla práctica. No basta con sumar 60 puntos sobre 100. Si sacas 45 en el grupo escrito y 25 en el oral, el resultado es No apto. Tienes que llegar a 30 en cada grupo, así que no descuides ninguna destreza.

Convocatorias e inscripción

Calendario de convocatorias de 2027

El Instituto Cervantes publica cada año el calendario de exámenes DELE en su página oficial de los DELE, con la fecha de cada convocatoria, los niveles que se examinan en ella y la fecha límite de inscripción. Las convocatorias de 2026 para el A2 ya tienen la inscripción cerrada. Para 2027, el nivel A2 está en las siete convocatorias y la inscripción se abre el 18 de noviembre de 2026:

Pruebas escritas Fin de la inscripción
5 de marzo de 2027 20 de enero de 2027
2 de abril de 2027 10 de febrero de 2027
21 y 22 de mayo de 2027 7 de abril de 2027
9 de julio de 2027 12 de mayo de 2027
10 de septiembre de 2027 14 de julio de 2027
15 de octubre de 2027 1 de septiembre de 2027
12 y 13 de noviembre de 2027 29 de septiembre de 2027

Datos de la página oficial del Instituto Cervantes, consultada el 1 de noviembre de 2026. Comprueba siempre el calendario vigente y el del centro en el que quieras examinarte, porque no todos los centros convocan todas las fechas.

Cómo inscribirte en España

En España la inscripción es solo en línea, a través de la tienda del Instituto Cervantes (tienda.cervantes.org). Los pasos son estos:

  1. Regístrate en la tienda con tu correo, entra en tu área de usuario, elige país y ciudad y, en «DELE», selecciona el nivel A2, la convocatoria y el centro de examen. Revisa los datos del centro antes de añadirlo al carrito y completar el formulario de inscripción.
  2. Paga con tarjeta de crédito o débito, o con tarjeta prepago de Correos.
  3. Revisa el resguardo de inscripción: es tu justificante y conviene comprobar que todos los datos son correctos.
  4. Usa un correo electrónico al que tengas acceso siempre, porque por ahí te llegarán las comunicaciones del Instituto Cervantes.

El aviso que cuesta. Inscríbete con los datos exactos de tu documento de identidad, mejor con tu NIE, porque el Ministerio de Justicia consultará tu resultado con los datos de tu expediente de nacionalidad. Si te inscribiste con otro documento o con algún dato erróneo, contacta con el Instituto Cervantes para corregirlo antes del examen.

El día del examen lleva el resguardo de inscripción, la citación del centro y el documento de identidad que usaste al inscribirte. Para el DELE A2 en España, el Instituto Cervantes pide la TIE y el pasaporte originales; si eres ciudadano de la Unión Europea, puedes sustituir la TIE por los documentos que indique el Instituto Cervantes.

Fuera de España, la inscripción se hace directamente en el centro de examen, que te indicará la documentación y el modo de pago.

Precio del examen

El precio del DELE depende del nivel y del país en el que hagas la inscripción. El Instituto Cervantes muestra el precio de cada convocatoria en su tienda en línea (tienda.cervantes.org) al elegir el centro de examen. Consulta allí el importe vigente antes de inscribirte.

Ten en cuenta que el precio del examen es independiente de la tasa de la nacionalidad. La tasa del modelo 790 código 026 (104,05 euros) no incluye los precios de las pruebas DELE y CCSE, como aclara la disposición adicional primera del Real Decreto 1004/2015.

Resultados y diploma

  • Cuándo salen. Las calificaciones no se publican de inmediato: pasan varias semanas desde el examen. Tenlo en cuenta si quieres presentar la nacionalidad en una fecha concreta.
  • Dónde se consultan. En tu área de usuario de la tienda del Instituto Cervantes (tienda.cervantes.org), desde donde también descargas los certificados.
  • Si no estás de acuerdo con la nota. Consulta con el Instituto Cervantes o con tu centro de examen el procedimiento, el plazo y las condiciones vigentes para pedir la revisión de la calificación.

Los diplomas DELE tienen validez oficial e indefinida: no caducan. Un DELE A2 que aprobaste hace años te sirve hoy para la nacionalidad.

Cómo lo aportas al expediente de nacionalidad

El artículo 5 del Real Decreto 1004/2015 incluye la acreditación de las pruebas de integración entre la documentación que acompaña a la solicitud de nacionalidad. Tienes dos formas de hacerlo:

  1. Autorizar la consulta. En la solicitud puedes autorizar expresamente al Ministerio de Justicia a consultar tus resultados del DELE y del CCSE en el Instituto Cervantes. Esa consulta telemática tiene el mismo valor que si aportaras tú los certificados (artículo 8.3 del Real Decreto 1004/2015).
  2. Aportar el certificado. Si no das esa autorización, debes adjuntar tú el certificado o diploma (artículo 6.4 del Real Decreto 1004/2015 y artículo 7.2 de la Orden JUS/1625/2016).

Si estás exento, la documentación es la que justifica la exención: tu pasaporte o certificado consular si eres nacional de un país de la lista, el certificado de la Escuela Oficial de Idiomas, tu título español o la resolución de dispensa del Ministerio.

Por lo que vemos en los expedientes que llevamos. Lo más seguro es presentar la solicitud de nacionalidad con el DELE y el CCSE ya aprobados y con el Apto publicado. Presentar la solicitud con una prueba pendiente te expone a un requerimiento y a retrasos que puedes evitar.

Si quieres repasar el resto de requisitos y documentos de la solicitud, los tienes en nuestra guía de la nacionalidad española por residencia.

DELE y CCSE: en qué se diferencian

Son dos exámenes distintos, con requisitos y validez distintos. Muchos solicitantes los confunden.

DELE A2 CCSE
Qué acredita Conocimiento básico del español Conocimiento de la Constitución y de la realidad social y cultural de España
Nacionales de los 20 países o territorios de la lista Exentos Obligatorio
Menores de 18 años Exentos Exentos
ESO superada en España Dispensable Dispensable
Bachillerato, FP o universidad en España Dispensable (criterio del Ministerio) Obligatorio
Validez Indefinida 4 años (artículo 10.4 de la Orden JUS/1625/2016)
Quién lo organiza Instituto Cervantes Instituto Cervantes

Todo lo relativo al otro examen (preguntas, convocatorias y cómo prepararlo) lo explicamos en nuestra guía del examen CCSE para la nacionalidad.

Caso práctico

Venezolana con doble nacionalidad portuguesa

Una solicitante entró en España y obtuvo su residencia como ciudadana portuguesa, pero también es venezolana. Portugal no está en la lista; Venezuela sí. Puede quedar exenta del DELE aportando su pasaporte venezolano en vigor o un certificado consular, aunque su nacionalidad principal ante Interior sea la portuguesa. Lo que no cambia es el resto del expediente, que se valora con la nacionalidad con la que obtuvo la residencia, ni la obligación de aprobar el CCSE.

Caso práctico

Marroquí que estudió un grado medio de FP en Madrid

Un solicitante de Marruecos llegó a España con 17 años, no cursó la ESO aquí, pero obtuvo en España un título de Formación Profesional de grado medio. Según el criterio publicado por el Ministerio de Justicia en sus preguntas frecuentes, ese título le permite quedar dispensado del DELE, pero tendrá que aprobar el CCSE. Si hubiera superado la ESO en España, la Orden JUS/1625/2016 le permitiría quedar dispensado de las dos pruebas aportando el título con la solicitud, sin dispensa previa. Como para la FP esa excepción a la dispensa previa no está escrita, conviene revisar cómo acreditarlo antes de presentar.

Consejos prácticos antes de examinarte

  • Comprueba primero si lo necesitas. Revisa la tabla de exenciones: nacionalidades, títulos españoles, certificados de Escuela Oficial de Idiomas o un DELE antiguo.
  • Inscríbete con tus datos exactos. Usa tu NIE o el documento con el que vas a pedir la nacionalidad, con los datos tal como figuran en él, para que el Ministerio pueda cruzar tu resultado sin problemas.
  • Revisa tu TIE y tu pasaporte. El día del examen en España te pedirán los originales. Si tu TIE está en renovación, consulta con el centro con antelación qué documento aceptarán.
  • Conoce el formato. El Instituto Cervantes publica la guía oficial del DELE A2. Practicar con tareas reales te ayuda a gestionar el tiempo.
  • Equilibra las destrezas. Como tienes que llegar a 30 puntos en cada grupo, no te centres solo en la parte que te resulta más cómoda.
  • Calcula los plazos hacia atrás. Suma la fecha de cierre de inscripción, el día del examen y las semanas que tarda en publicarse el resultado. Si quieres presentar la nacionalidad en una fecha concreta, empieza con tiempo.
  • Si necesitas adaptaciones, pídelas al inscribirte. Las medidas para personas con discapacidad se solicitan al Instituto Cervantes con documentación médica, y fuera de plazo pueden no concederse.
  • Si vas a pedir dispensa, no presentes aún la nacionalidad. Espera a la resolución o a que transcurran los seis meses.

Ningún método garantiza el aprobado: el resultado depende de tu nivel real de español el día del examen. Lo que sí está en tu mano es no perder tiempo ni dinero en trámites que no te corresponden.

¿Tienes que hacer el DELE A2? Compruébalo

Responde a estas cinco preguntas y te decimos si estás exento, si puedes quedar dispensado o si tienes que examinarte, con la norma en la que se apoya cada respuesta.

¿Tienes que hacer el DELE A2?

Si tienes doble nacionalidad y una de las dos está en la lista, elige esa.
Por ejemplo, un certificado A2, B1 o B2 de una Escuela Oficial de Idiomas.

Resultado orientativo según el Real Decreto 1004/2015 y la Orden JUS/1625/2016. La decisión final sobre la exención o la dispensa corresponde al Ministerio de Justicia. Tus respuestas solo se guardan en tu navegador.

Preguntas frecuentes

¿Qué nivel de DELE necesito para la nacionalidad española?

El nivel A2 como mínimo. Un DELE de nivel superior (B1, B2, C1 o C2) también acredita el requisito, según el artículo 6 del Real Decreto 1004/2015.

¿Los venezolanos, colombianos o peruanos tienen que hacer el DELE?

No. Los nacionales de Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela están exentos del DELE. Sí deben aprobar el CCSE.

¿Caduca el DELE A2?

No. Los diplomas DELE tienen validez indefinida. El que caduca es el certificado del CCSE, que vale 4 años.

¿Cuántos puntos necesito para aprobar el DELE A2?

Al menos 30 puntos sobre 50 en cada uno de los dos grupos: el grupo de lectura y escritura y el grupo de audición y expresión oral. No basta con sumar 60 sobre 100 en total.

Si superé la ESO en España, ¿tengo que pedir la dispensa?

No. El artículo 10.5 de la Orden JUS/1625/2016 permite a quien ha estado escolarizado en España y ha superado la ESO presentar directamente la solicitud de nacionalidad adjuntando el título, sin dispensa previa. Puedes quedar dispensado del DELE y del CCSE.

Tengo un título universitario español, ¿me libra del DELE?

Puede librarte del DELE, pero no del CCSE. No lo dice una norma, sino el criterio que publica el Ministerio de Justicia en sus preguntas frecuentes (pregunta 14): quien ha cursado y obtenido en España el Bachillerato, una FP de grado medio o superior o un título universitario (Grado, Licenciatura, Diplomatura, Arquitecto, Ingeniero, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico) puede ser dispensado del DELE y debe aprobar el CCSE. No valen los estudios hechos fuera de España aunque estén homologados, ni los cursados en España en centros con currículo extranjero.

¿Puedo pedir la dispensa y la nacionalidad a la vez?

No. La dispensa debe pedirse antes. Si presentas las dos solicitudes al mismo tiempo, el Ministerio archiva la de nacionalidad. La dispensa la resuelve la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública en un máximo de seis meses y, si no hay respuesta, se entiende denegada.

Si no sé leer ni escribir, ¿puedo hacer un DELE adaptado?

Sí, si el Ministerio de Justicia te autoriza una prueba adaptada. El Instituto Cervantes ofrece un DELE A2 solo oral, en las mismas fechas y al mismo precio que el ordinario. Al inscribirte aportas la resolución del Ministerio y la llevas el día del examen. Si lo apruebas, recibes un certificado válido para la nacionalidad, no el diploma DELE.

¿Tengo que adjuntar el diploma DELE a la solicitud de nacionalidad?

No es imprescindible si autorizas al Ministerio de Justicia a consultar tus resultados en el Instituto Cervantes; esa consulta tiene el mismo valor que el certificado. Si no lo autorizas, debes adjuntarlo.

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Félix José España González · Abogado colegiado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, n.º 127450

Marco normativo y fuentes

  • Código Civil, artículo 22.4 (texto consolidado en el BOE), consultado el 1 de noviembre de 2026.
  • Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, disposición final séptima, apartado 3 (texto consolidado en el BOE), consultada el 1 de noviembre de 2026.
  • Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, Reglamento del procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, artículos 5, 6 y 8 y disposiciones adicionales primera y cuarta (texto consolidado en el BOE), consultado el 1 de noviembre de 2026.
  • Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de la nacionalidad española por residencia, artículos 7 y 10, en la redacción dada por la Orden JUS/1018/2022 (texto consolidado en el BOE), consultada el 1 de noviembre de 2026.
  • Ministerio de Justicia, sede electrónica, trámite de nacionalidad española por residencia y solicitud de dispensas de las pruebas del Instituto Cervantes (página oficial) y advertencia sobre las solicitudes de dispensa (documento oficial), consultados el 1 de noviembre de 2026.
  • Ministerio de Justicia, información sobre la documentación de la nacionalidad, punto 6 sobre los diplomas DELE y CCSE y el título de la ESO (página oficial), consultada el 1 de noviembre de 2026.
  • Ministerio de Justicia, preguntas frecuentes del área de nacionalidad, preguntas 14 (títulos académicos que dispensan o acreditan el DELE y el CCSE) y 15 (dispensa y pruebas adaptadas) (documento oficial, enlazado desde la página de nacionalidad del Ministerio), consultado el 1 de noviembre de 2026.
  • Instituto Cervantes, exámenes DELE y calendario oficial de 2027 con fechas y plazos de inscripción (página oficial), y tienda en línea para la inscripción, los precios y las calificaciones (tienda.cervantes.org), consultadas el 1 de noviembre de 2026.
  • Instituto Cervantes, guía del examen DELE A2 (PDF oficial), consultada el 1 de noviembre de 2026.
  • Instituto Cervantes, procedimiento DELE para candidatos con necesidades especiales, versión de 2022 (PDF oficial), consultado el 1 de noviembre de 2026.
  • Instituto Cervantes, nota de prensa de 28 de julio de 2022 sobre el DELE A2 oral adaptado para candidatos a la nacionalidad que no saben leer ni escribir (página oficial), consultada el 1 de noviembre de 2026.

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