• Consulta Web Gratuita
  • Buscar
  • Vivir en España
    • Emprendiendo
    • Trabajando
    • Estudiando
    • Como Nómada Digital
    • Como Investigador
    • Con Residencia No Lucrativa
    • Calculadora Schengen 90/180
  • Servicios
    • Movilidad Internacional
    • Residencia No Lucrativa
    • Estancia por Estudios
    • Homologación de Títulos
    • Ciudadanos UE y sus familiares
    • Residencias iniciales y renovaciones
    • Asilo y Protección Internacional
    • Regularízate con un Arraigo
    • Nacionalidad Española
    • Recursos contra Denegaciones
    • Asistencia Jurídica Letrada
    • Abogado en el Aeropuerto
    • Fiscalidad y Negocios Internacionales
  • Blog
  • Conócenos
  • Asesorías
  • 807 40 20 62
  • +34 641 65 88 93
  • Calle de Cronos, 63, Planta 1, Oficina 3, San Blas-Canillejas, 28037 Madrid
Instagram Facebook Youtube
Logotipo de España Abogados, despacho de extranjería y movilidad internacional en Madrid
  • Consulta Web Gratuita
  • Vivir en España
    • Trabajando
    • Estudiando
    • Emprendiendo
    • Como Nómada Digital
    • Como Investigador
    • Con Residencia No Lucrativa
    • Calculadora Schengen 90/180
    • BORRAR - duplicado calculadora
  • Servicios
    • Movilidad Internacional
      • Residencia como Teletrabajador de carácter internacional
      • Residencia para Profesionales Altamente Cualificados (PAC)
      • Residencia para Emprendedores
      • Residencia para Investigadores
      • Residencia para Profesionales del Sector Audiovisual
      • Residencia por Traslado Intraempresarial
    • Residencia No Lucrativa
    • Estancia por Estudios
    • Homologación de Títulos
    • Ciudadanos UE y sus familiares
    • Residencias iniciales y renovaciones
    • Residencia por razones humanitarias
    • Asilo y Protección Internacional
      • Solicitud de Protección Internacional
      • Recurso Potestativo de Reposición contra denegatoria de asilo
      • Recurso Contencioso Administrativo
    • Regularízate con un Arraigo
      • Arraigo Sociolaboral
      • Arraigo Socioformativo
      • Arraigo Social
      • Arraigo Familiar
      • Arraigo de Segunda Oportunidad
    • Nacionalidad Española
      • Nacionalidad Española por Residencia
      • Nacionalidad española con Valor de Simple Presunción
      • Nacionalidad española por Opción
    • Fiscalidad y Negocios Internacionales
    • Recursos contra Denegaciones
    • Asistencia Jurídica Letrada
    • Abogado en el Aeropuerto
  • Blog
  • Conócenos
  • Buscar
Regularización
Asesorías
Logotipo de España Abogados, despacho de extranjería y movilidad internacional en Madrid
  • Consulta Web Gratuita
  • Vivir en España
    • Trabajando
    • Estudiando
    • Emprendiendo
    • Como Nómada Digital
    • Como Investigador
    • Con Residencia No Lucrativa
    • Calculadora Schengen 90/180
    • BORRAR - duplicado calculadora
  • Servicios
    • Movilidad Internacional
      • Residencia como Teletrabajador de carácter internacional
      • Residencia para Profesionales Altamente Cualificados (PAC)
      • Residencia para Emprendedores
      • Residencia para Investigadores
      • Residencia para Profesionales del Sector Audiovisual
      • Residencia por Traslado Intraempresarial
    • Residencia No Lucrativa
    • Estancia por Estudios
    • Homologación de Títulos
    • Ciudadanos UE y sus familiares
    • Residencias iniciales y renovaciones
    • Residencia por razones humanitarias
    • Asilo y Protección Internacional
      • Solicitud de Protección Internacional
      • Recurso Potestativo de Reposición contra denegatoria de asilo
      • Recurso Contencioso Administrativo
    • Regularízate con un Arraigo
      • Arraigo Sociolaboral
      • Arraigo Socioformativo
      • Arraigo Social
      • Arraigo Familiar
      • Arraigo de Segunda Oportunidad
    • Nacionalidad Española
      • Nacionalidad Española por Residencia
      • Nacionalidad española con Valor de Simple Presunción
      • Nacionalidad española por Opción
    • Fiscalidad y Negocios Internacionales
    • Recursos contra Denegaciones
    • Asistencia Jurídica Letrada
    • Abogado en el Aeropuerto
  • Blog
  • Conócenos
  • Buscar
Asesorías

Homologación de títulos extranjeros: preguntas frecuentes con las respuestas oficiales (2026)

Félix José España González
30 septiembre 2026
Estudios y Homologación

Las dudas que más nos llegan sobre homologar un título en España, respondidas con lo que dicen el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Escribe tu duda en el buscador o filtra por tema.

166,50 €tasa de homologación o equivalencia universitaria
49,76 €tasa de homologación del bachillerato (tasa 079)
6 mesesplazo máximo para resolver un título universitario
3 mesesplazo del bachillerato desde que el expediente está completo

¿Prefieres que lo hagamos por ti?

Revisamos tu título, te decimos la vía y presentamos el expediente. Servicio de homologación de títulos.







Lo básico

¿Qué diferencia hay entre homologación, equivalencia y convalidación?

La homologación reconoce tu título y te habilita para ejercer una profesión regulada en España. La declaración de equivalencia reconoce el nivel académico de grado o máster, sin efectos profesionales. La convalidación reconoce asignaturas para seguir estudiando en una universidad española.

¿Quién puede pedir la homologación o la equivalencia?

Cualquier persona con un título universitario oficial de un sistema de educación superior extranjero.

¿Hay un plazo para presentarla?

No. El plazo está abierto de forma permanente, tanto para los títulos universitarios como para los no universitarios.

¿Qué títulos no se pueden homologar ni declarar equivalentes?
  • Títulos propios o de formación permanente de las universidades.
  • Titulaciones fuera del nivel de grado o máster.
  • Estudios hechos en España en centros extranjeros no autorizados.
  • Títulos con una resolución definitiva ya dictada para la misma solicitud.
  • Títulos obtenidos reconociendo experiencia laboral o estudios no oficiales por encima del 15 % de los créditos.

En estos casos la solicitud se inadmite y la tasa no se devuelve.

¿Puedo pedir la homologación y la equivalencia a la vez?

Sí, pero son dos solicitudes separadas y cada una paga su tasa.

¿Puedo pedir la homologación y la convalidación a la vez?

No. Si ya presentaste la homologación, la convalidación parcial solo se puede pedir cuando se resuelva o si desistes. En cambio, la equivalencia y la convalidación sí son compatibles.

Título universitario

¿Qué duración mínima tiene que tener mi título?

Para el nivel de grado, al menos 3 años completos y 180 créditos ECTS o equivalentes. Para el máster, al menos 1 año completo y 60 créditos ECTS o equivalentes.

¿Cuándo necesito la homologación y cuándo la equivalencia?

La homologación solo existe para las profesiones reguladas del anexo del Real Decreto 889/2022 (médico, enfermero, arquitecto, ingenieros, maestro, psicólogo sanitario, entre otras). Para el resto de títulos se pide la equivalencia, que es la que suelen exigir las oposiciones, los contratos públicos y muchas empresas.

¿Cuánto tarda y qué pasa si no me contestan?

El Ministerio tiene 6 meses desde que la solicitud entra en el registro electrónico (art. 18.3 del Real Decreto 889/2022). Si no resuelve en ese plazo, la solicitud se entiende desestimada y se puede recurrir. Más detalle en cuánto tarda la homologación.

¿Puedo convalidar asignaturas de una carrera que no terminé?

Sí, pero eso lo decide la universidad española donde quieras seguir estudiando. Tienes que dirigirte directamente a ella.

Tengo un título europeo (Bolonia). ¿Qué pido?

Puedes pedir la homologación, la equivalencia o el reconocimiento profesional de la Directiva 2005/36/CE.

¿Y un doctorado?

El doctorado no se tramita en el Ministerio: se pide a una universidad española.

Bachillerato, FP y TSU

¿Dónde se homologa el bachillerato?

En el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, que lo homologa al título español de Bachiller. Si vives en Cataluña, Galicia o el País Vasco, en tu comunidad autónoma.

¿Cuánto cuesta y cuánto tarda el bachillerato?

La tasa 079 es de 49,76 €. El plazo es de 3 meses desde que el expediente está completo y, si no hay respuesta, se entiende denegado y se puede recurrir.

¿Puedo matricularme en la universidad mientras espero?

Sí. Con la solicitud se genera el volante de inscripción condicional, que con el sello del registro te permite matricularte mientras se resuelve (art. 15.2 del Real Decreto 104/1988). Si la resolución no es favorable, la matrícula queda sin efecto.

Tengo un TSU (Técnico Superior Universitario). ¿Por qué vía va?

Por la vía no universitaria: se homologa al título español de Técnico Superior de formación profesional, ante el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. La vía universitaria solo reconoce títulos de nivel grado o máster (art. 4.1.c del Real Decreto 889/2022) y, para el grado, exige que el título dé acceso a estudios de máster o posgrado en su país (art. 11.2.c).

Mi título tiene dos años de estudios después del bachillerato. ¿Se reconoce?

Los títulos universitarios de menos de 3 años, por lo general, no se homologan ni se declaran equivalentes. Puedes pedir la convalidación parcial en una universidad española para terminar un título español o, si los estudios no son universitarios, su homologación no universitaria.

¿Qué documentos piden en formación profesional?

Además del título, un documento oficial de tu país que diga el nivel del título, qué estudios hacían falta para empezarlo y a cuáles da acceso, y el certificado con la duración del plan y las horas de cada asignatura. La experiencia laboral y las prácticas relacionadas ayudan y no necesitan legalización.

Documentos y pago

¿Qué documentos tengo que presentar en el universitario?
  • Documento de identidad y nacionalidad.
  • Título o certificado de expedición.
  • Certificado académico con la duración oficial en años, las asignaturas y la carga en horas o créditos.
  • Justificante del pago de la tasa.
  • Solo para la homologación: español nivel B2 si no eres de un país de habla hispana, y la acreditación de los requisitos para ejercer en tu país, si la hay.
¿Tienen que ir apostillados y traducidos?

Sí: oficiales, legalizados o apostillados y con traducción oficial al castellano. Los documentos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza no necesitan legalización.

¿Qué certificados de español aceptan para el B2?

El DELE B2 o superior, los certificados oficiales B2 o superior de las Escuelas Oficiales de Idiomas, el certificado de aptitud de español para extranjeros, los certificados SICELE, o un certificado de tu centro que acredite que al menos el 75 % de tu formación fue en español o que tu formación previa fue en español.

¿Puedo presentar sin certificado electrónico?

Sí, creando un usuario en la sede electrónica. Tus datos tienen que coincidir con tu documento de identidad y no se pueden cambiar después; guarda bien la contraseña, porque el expediente solo se consulta con el mismo acceso.

¿Puedo pagar la tasa desde fuera de España?

Sí, por transferencia a la cuenta restringida del Tesoro en el Banco de España que indica el Ministerio. El importe tiene que ser la tasa completa; si no coincide, no se inicia la tramitación.

¿Puedo hacerlo mediante un representante?

Sí. La solicitud se inicia con el acceso de la persona interesada, marcando la casilla de representante, y se adjunta su autorización firmada y la identificación del representante. Es lo que hacemos en el despacho.

Después de presentar

¿Cómo sé en qué estado está mi expediente?

En la sede electrónica del Ministerio, en cualquier momento.

¿Cómo me llegan los requerimientos?

Por la sede electrónica, y se contestan por el mismo canal. Conviene revisarla a menudo para no dejar pasar el plazo.

¿Qué recibo al final?

La credencial de homologación o el certificado de equivalencia, en formato digital con firma electrónica, para descargar de la sede.

¿Se puede recurrir una denegación?

Sí: recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano o recurso contencioso-administrativo. La notificación indica el plazo y el órgano.

Profesiones

Soy abogado en mi país. ¿Puedo homologar mi título?

No con la normativa actual. Puedes pedir la convalidación parcial en una universidad española o la equivalencia a grado o máster, que no permite ejercer ni acceder al máster de acceso a la abogacía.

Soy médico especialista. ¿Mi especialidad va por aquí?

No. Los títulos de especialista sanitario los reconoce el Ministerio de Sanidad.

Quiero ser profesor de secundaria. ¿Qué necesito?

Dos títulos: el grado de base y el máster de formación del profesorado. Si tu título no tiene formación pedagógica, se pide la equivalencia a grado y se cursa el máster. Si la tiene, equivalencia a grado más homologación del título habilitante.

Quiero ser maestro de infantil o primaria. ¿Piden algo más?

Sí. Si vienes de un país de habla no hispana, español nivel C1 en lugar de B2. Si vienes de un país hispanohablante, un nivel B1 de lengua extranjera.

¿Quieres saber si tu título se puede homologar?

Revisamos tu título y te decimos la vía antes de pagar ninguna tasa.

Reservar asesoría con un experto

Todo sobre homologación

  • Servicio de homologación de títulos
  • Guía de homologación y equivalencia universitaria
  • Homologar un título venezolano
  • Cuánto tarda la homologación
  • Estancia por estudios

Fuentes oficiales

  • Portal Valida-TE y sus preguntas frecuentes (Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, junio de 2025)
  • Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre
  • Ficha de homologación no universitaria y de formación profesional

Contenido informativo revisado por el abogado Félix José España González (ICAM 127450). No sustituye el estudio de tu caso.

España Abogados

Despacho español · Extranjería, nacionalidad y fiscalidad · Madrid

ICAM 127450

Somos un despacho español —no una gestoría ni una agencia— dirigido por Félix José España González, abogado colegiado nº 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, y tramitamos ante la Administración española desde España. Atendemos por videollamada en horario de Estados Unidos: Este, Centro y Pacífico.

Qué tramitamos en España

Arraigo

  • sociolaboral
  • social
  • socioformativo
  • de segunda oportunidad
  • familiar

Visados y residencia

  • teletrabajador internacional
  • no lucrativa
  • estancia por estudios
  • búsqueda de empleo
  • cuenta ajena
  • cuenta propia
  • emprendedores

Familia

  • tarjeta de familiar de ciudadano de la UE
  • reagrupación familiar

Protección internacional

  • asilo y refugio
  • residencia por razones humanitarias

Mantener la residencia

  • renovaciones
  • modificaciones
  • larga duración

Nacionalidad española

  • por residencia
  • por opción
  • prueba CCSE
  • expediente de Registro Civil

Recursos

  • reposición
  • alzada
  • contencioso-administrativo
  • silencio negativo

Fiscalidad

  • residencia fiscal
  • régimen de impatriados (Ley Beckham)
  • convenio España-EE. UU.
  • modelos 720 y 721
Cómo armamos tu plan migratorio
  1. Analizamos tu situación personal, familiar y tus ingresos.
  2. Elegimos la vía que de verdad encaja con tu caso.
  3. Calculamos la solvencia económica que te van a exigir.
  4. Ordenamos y te solicitamos toda la documentación necesaria: apostillas, traducciones juradas y antecedentes.
  5. Fijamos el calendario de cada trámite, desde la residencia hasta la nacionalidad.
Cuéntanos tu caso

Actualizado el 30 de septiembre de 2026


Félix José España González

Félix José España González es abogado, colegiado nº 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, y director de España Abogados, despacho especializado en extranjería, movilidad internacional, fiscalidad y nacionalidad española. Ayuda a personas y empresas a establecerse legalmente en España y divulga sobre inmigración en redes sociales.


Despacho de extranjería dirigido por el abogado Félix José España González (ICAM 127450), experto en emprendimiento y fiscalidad y miembro de la Asociación Española de Asesores Fiscales, con un equipo de expertos en extranjería, nacionalidad española y tramitación. Consolidados con el objetivo de atender, guiar y asesorar a todo extranjero que desee estudiar, trabajar y vivir en España.

Conócenos
  • Asesorías
  • Vivir en España
  • Servicios
  • Blog
  • Conócenos

Enlaces de Interés

  • BOEs de Notificaciones de Asilo
  • Puntos de Contacto para solicitar Protección Internacional
  • Fechas orientativas de resolución de trámites de Extranjería
  • Preguntas frecuentes
  • Canal de Denuncias de España Abogados
  • Normativa Aplicable
  • Venezolanos en España: resumen y documentos
  • Aquí tienes todo
Instagram Facebook Youtube
Llámanos
  • 807 40 20 62
Escríbenos
  • +34 641 65 88 93
Encuéntranos

Coregram Marketing – España Abogados © Todos los derechos reservados.

  • Pagos y cancelaciones
  • Política de privacidad
  • Política de cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para obtener datos estadísticos de la navegación de nuestros usuarios y mejorar nuestros servicios. Más información en nuestra Política de cookies.   
Privacidad