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Asesorías

Requisitos para entrar en España como turista en 2026

Félix José España Gonzalez
11 septiembre 2026
Venezolanos en España  ·  Viajar a España  ·  Vivir en España

Publicado el 11 de septiembre de 2026 · Revisado por Félix José España González, abogado (ICAM n.º 127450).

Para entrar en España como turista necesitas un pasaporte válido, el visado si tu nacionalidad lo exige y poder justificar el motivo del viaje, el alojamiento, el regreso y los medios económicos. En 2026, además, el Sistema de Entradas y Salidas (EES) registra cada paso por la frontera exterior del espacio Schengen.

En resumen

  • Puedes estar hasta 90 días en cualquier periodo de 180 días en el espacio Schengen.
  • Hay que acreditar 123 € por persona y día (el 10 % del SMI da 122,10 €), con un mínimo de 1.098,90 €.
  • Viaja con pasaporte biométrico y seguro médico de viaje: en la práctica son imprescindibles.
  • El EES funciona desde el 12 de octubre de 2025. El ETIAS todavía no está en marcha y no tiene fecha oficial.
  • Los venezolanos no necesitan visado para estancias cortas, pero sí cumplir el resto de requisitos.

1. Pasaporte

Debe estar vigente, haberse expedido en los últimos 10 años y tener una validez de al menos 3 meses después de la fecha prevista de salida del espacio Schengen. Nuestro criterio es viajar siempre con pasaporte biométrico: en la práctica es imprescindible.

Si tu pasaporte venezolano tiene prórroga del SAIME, mira la fecha de expedición, no la de la prórroga: si se expidió hace más de 10 años, no cumple el requisito de entrada.

2. Visado, si tu nacionalidad lo exige

La lista de países que necesitan visado para estancias cortas está en el Reglamento (UE) 2018/1806. Venezuela, Colombia, México, Perú, Argentina y Chile, entre otros, están exentos. Cuba, Ecuador, República Dominicana y Bolivia, por ejemplo, necesitan visado Schengen. Puedes consultar tu país en ¿necesito visado para viajar a España?

3. Motivo del viaje y billete de vuelta

Te pueden preguntar a qué vienes y pedirte el billete de regreso o de continuación del viaje. Un billete solo de ida y un relato poco coherente son las causas más habituales de problemas en frontera.

4. Medios económicos

Debes acreditar 123 € por persona y día de estancia (el 10 % del SMI de 2026 son 122,10 € y la web del Ministerio del Interior indica 121,10 €), con un mínimo de 1.098,90 €, sea cual sea la duración del viaje. Puedes demostrarlo con efectivo, tarjeta con saldo disponible o cheques de viaje.

Duración del viaje Cantidad orientativa por persona
Hasta 8 días 1.098,90 € (mínimo)
15 días 1.845 €
30 días 3.690 €
90 días 11.070 €

Cálculo con 123 € por día. Si viajas en familia, multiplica por cada persona.

5. Alojamiento

Una reserva de hotel o alquiler turístico, o una carta de invitación si te alojas en casa de un residente. La carta de invitación se tramita en la Policía con la tasa del modelo 790, código 012; consulta el importe vigente en la sede electrónica de la Policía. Acredita el alojamiento, pero no sustituye a los medios económicos.

6. Seguro médico de viaje

Si pides visado Schengen, el seguro es obligatorio y debe cubrir al menos 30.000 €. Si tu nacionalidad está exenta de visado, nuestro criterio es claro: en la práctica es imprescindible. Te lo pueden pedir en la frontera, sin él aumenta el riesgo de que te denieguen la entrada y una urgencia médica sin seguro puede costar mucho dinero.

7. EES y ETIAS

  • EES (Sistema de Entradas y Salidas): funciona desde el 12 de octubre de 2025. Registra tus datos biométricos al entrar y salir y calcula automáticamente tus 90 días.
  • ETIAS: todavía no funciona y no tiene fecha oficial de puesta en marcha. Cuando la haya, la Comisión Europea la anunciará con varios meses de antelación. Cualquier web que hoy te cobre por un ETIAS es un fraude.

Te lo explicamos en EES y ETIAS en 2026.

Si te deniegan la entrada

La policía debe darte una resolución motivada. Tienes derecho a asistencia letrada y, si la necesitas, a intérprete. Pide un abogado desde el aeropuerto: en España Abogados atendemos devoluciones en aeropuerto.

Si eres venezolano

  • No necesitas visado para 90 días, pero sí pasaporte vigente: el pasaporte vencido solo vale para trámites de extranjería dentro de España.
  • Venir como turista no te da residencia. Si quieres vivir aquí, estudia antes de viajar la vía que te corresponde.
  • Desde el 12 de junio de 2026 ya no se concede la residencia por razones humanitarias tras una denegación de asilo.

Lee entrar en España siendo venezolano, pasaporte venezolano vencido en España y qué vía española te encaja.

Preguntas frecuentes

¿Puedo quedarme más de 90 días y luego regularizarme?

Si te quedas, pasas a situación irregular. El arraigo exige, en general, 2 años de permanencia en España, y la regularización extraordinaria de 2026 ya cerró.

¿La carta de invitación sustituye al dinero?

No. Acredita el alojamiento. Los medios económicos se exigen aparte.

¿Es obligatorio el seguro de viaje si no necesito visado?

Para el visado Schengen es obligatorio. Si estás exento, nuestro criterio es que en la práctica es imprescindible: te lo pueden pedir y sin él aumenta el riesgo de denegación.

¿Tengo que pedir el ETIAS para viajar en 2026?

No. El ETIAS todavía no funciona y no tiene fecha oficial.

¿Qué norma regula la entrada?

El Código de fronteras Schengen y, en España, la Ley Orgánica 4/2000 y su reglamento, aprobado por el Real Decreto 1155/2024. Los medios económicos los fija la Orden PRE/1282/2007.

Documentos

  • Orden PRE/1282/2007, sobre medios económicos — copia de España Abogados · PDF oficial
  • Reglamento (UE) 2018/1806, lista de visados — copia de España Abogados · PDF oficial
  • Real Decreto 126/2026, salario mínimo interprofesional — copia de España Abogados · PDF oficial

Fuentes oficiales

  • Ministerio del Interior: requisitos de entrada
  • Real Decreto 1155/2024, Reglamento de Extranjería (BOE)
  • Comisión Europea: EES · ETIAS

Guía completa: Venezolanos en España.

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Información general actualizada a 11 de septiembre de 2026. No sustituye el asesoramiento sobre un caso concreto.


Félix José España Gonzalez

Félix España es abogado, colegiado nº 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, y director de España Abogados, despacho especializado en extranjería, movilidad internacional, fiscalidad y nacionalidad española. Ayuda a personas y empresas a establecerse legalmente en España y divulga sobre inmigración en redes sociales.


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