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Nuevo Reglamento de Extranjería-Estudiantes

Félix José España González
8 agosto 2022
Derecho de extranjería  ·  Estudiar en España  ·  Trámites y requisitos de extranjería  ·  Vivir en España

Beneficios para los Estudiantes

Contenido histórico. Este artículo es de agosto de 2022 y explica la normativa de entonces. Lee la guía actualizada: Estudiar en España siendo extranjero: guía completa 2026.

El pasado 27 de Julio fue publicada la Reforma del Reglamento de Extranjería donde se especifican algunos cambios, muy interesantes si estas considerando comenzar una etapa estudiantil en el territorio español.

Haremos una breve comparativa con la normativa anterior para una mejor explicación de los cambios.

Autorización de trabajo hasta 30 horas semanales:

Anteriormente el extranjero con una estancia de estudios debía solicitar un permiso especifico aparte del visado de estudios, podía ser de tiempo parcial, normalmente de 20 horas a la semana. Sin embargo, con la modificación, la autorización de trabajo se activará de manera automática y será de 30 horas a la semana siempre y cuando se trate de estudios superiores, es decir, todos aquellos que culminen con un titulo de profesionalidad (incluye: Grado, Máster Oficial y Doctorado y la Educación Superior no Universitaria), cabe destacar que la actividad económica a realizar debe ser compatible con los estudios que esté realizando.

  • Es importante aclarar que los estudios además de ser superiores también deberán estar avalados por el Ministerio de Educación de España, de una formación reglada para el empleo o destinada a la obtención de un certificado de profesionalidad, o una formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de una ocupación específica.

La autorización que se conceda no tendrá limitaciones geográficas: 

Esto se refiere a que los estudiantes podrán trabajar en una provincia distinta a la provincia donde realizan sus estudios solo si no interfiere o interrumpe su formación.

Reducción del tiempo para hacer el cambio a otra residencia:

Para poder realizar una modificación de la estancia de estudios a una residencia que le permita trabajar, el estudiante debía permanecer con su estancia por un tiempo mínimo de 3 años. Con esta reforma, al culminar sus estudios, no solo podrá hacer una modificación a residencia de trabajo por cuenta ajena o cuenta propia sino que estará exento de la situación nacional de empleo.

Familiares que acompañen al estudiante:

Se mantiene la misma figura, lamentablemente el familiar no tendrá autorización de trabajo. Sin embargo, una vez que el estudiante modifique su estancia por una residencia podrá tramitar la reagrupación de los familiares que le estén acompañando acreditando los medios económicos suficientes para ello.

La vigencia de la autorización para trabajar coincidirá con la duración de la autorización de estancia.

Al prorrogar una estancia por estudios también estará incluida una prórroga de permiso de trabajo de manera automática.

Los estudiantes extranjeros se han beneficiado en esta nueva reforma debido a que se han reducido los tiempos de espera para poder solicitar un cambio a residencia y para obtener la autorización para ejercer una actividad lucrativa. Esta mejora busca disminuir los procesos administrativos que conlleva este trámite y dar mayores opciones al extranjero que desea vivir de manera legal dentro de territorio español.

De esta manera, el extranjero estará preparado académicamente para entrar al mercado laboral en España, y al culminar sus estudios podrá modificar su estatus y continuar trabajando, impulsando así la economía.

Puedes leer el BOE con la ley pinchando aquí.

En España Abogados buscamos ofrecerle un asesoramiento durante todo el tiempo que dure la solicitud de su Trámite.

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Despacho español · Extranjería, nacionalidad y fiscalidad · Madrid

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Qué tramitamos en España

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  • teletrabajador internacional
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  • cuenta propia
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Familia

  • tarjeta de familiar de ciudadano de la UE
  • reagrupación familiar

Protección internacional

  • asilo y refugio
  • residencia por razones humanitarias

Mantener la residencia

  • renovaciones
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Nacionalidad española

  • por residencia
  • por opción
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  • expediente de Registro Civil

Recursos

  • reposición
  • alzada
  • contencioso-administrativo
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Fiscalidad

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Actualizado el 16 de septiembre de 2026


Félix José España González

Félix España es abogado, colegiado nº 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, y director de España Abogados, despacho especializado en extranjería, movilidad internacional, fiscalidad y nacionalidad española. Ayuda a personas y empresas a establecerse legalmente en España y divulga sobre inmigración en redes sociales.


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