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Como hemos conversado en artículos anteriores, el 20 de Noviembre de 2024, el Gobierno de España aprobó una nueva normativa que busca ayudar a las personas extranjeras que están en España de manera irregular, a conseguir su residencia. A través de la demostración de vínculos sociales, familiares o laborales en el país, ya que todas las autorizaciones de residencia por arraigo habilitan a sus titulares a residir y trabajar.
Además, el día de hoy 30 de Enero se ha publicado una nota llamada Disposición Transitoria Quinta (DT5ª), que aclara los requisitos que se deben cumplir y cómo funcionará este tipo de residencia para los solicitantes de Asilo.
Esta oportunidad está dirigida a personas que han solicitado asilo en España y se les ha denegado. Para acceder a esta medida, es importante que:
Además, el tiempo que la persona haya estado en España sin papeles cuenta desde que presentó la renuncia a su recurso, siempre que hayan pasado al menos dos meses desde la denegación del asilo.
Para aprovechar esta oportunidad, es necesario cumplir con los siguientes plazos:
Si no puedes acogerte a esta medida, hay otras opciones para obtener la residencia en España, como el arraigo social o laboral. En estos casos, se debe demostrar que se ha estado en España de manera irregular durante al menos dos años antes de presentar la solicitud.
Para ver la nota completa pincha aquí.
Si deseas leer el artículo con los diferentes tipos de arraigos actualizados a la nueva normativa pincha aquí.
Y para analizar tu caso puntual, te invitamos a agendar una cita con nuestros expertos.
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