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Desde el 12 de junio de 2026 España ya no concede ni renueva la residencia por razones humanitarias vinculada a una denegación de asilo (nota del Ministerio del Interior de 11 de junio de 2026). Si ya tienes la tarjeta, tienes una salida: la Instrucción SEM 1/2026 te permite pasar a una autorización de residencia y trabajo de 4 años, sin visado. Te ayudamos a hacerlo dentro de plazo.
* Los requisitos podrán variar dependiendo del caso.
| Tu situación | Qué hacemos |
|---|---|
| Tarjeta humanitaria vigente o caducada hace menos de 3 meses | Preparamos y presentamos el paso a residencia y trabajo de 4 años (Instrucción SEM 1/2026). |
| Tarjeta caducada hace más de 3 meses | Estudiamos el arraigo u otra vía que te corresponda según tu tiempo en España y tu familia. |
| Solicitud de asilo pendiente | Revisamos si tu caso tiene base y planificamos una alternativa, porque una denegación ya no termina en tarjeta humanitaria. |
| Asilo denegado | Valoramos recurso, arraigo o salida con visado, según tus fechas. |
Cada expediente es distinto: en la primera asesoría te decimos exactamente qué necesitas.
¿Puedo renovar mi tarjeta humanitaria?
No. Desde el 12 de junio de 2026 no se renueva. Lo que puedes hacer es pasar a residencia y trabajo de 4 años con la Instrucción SEM 1/2026.
¿Qué pasa si se me pasó el plazo?
Si han pasado más de 3 meses desde la caducidad, esta vía ya no está disponible. Estudiamos contigo el arraigo o la alternativa que encaje con tu situación.
¿Este tiempo cuenta para la nacionalidad española?
Sí, porque es residencia legal. Si presentas la solicitud en plazo, tu situación legal se prorroga hasta que resuelvan. Para no arriesgar la continuidad, preséntala antes de que caduque tu tarjeta siempre que ya hayas cumplido el primer año. Los venezolanos pueden pedir la nacionalidad con 2 años de residencia legal y continuada.
Mi primera tarjeta es de 1 año. ¿Cuándo lo pido?
La instrucción exige haber cumplido el primer año de vigencia de tu autorización. Con una tarjeta de 1 año, la ventana de 2 meses antes cae dentro de ese primer año, así que presenta desde la fecha de caducidad y como máximo en los 3 meses siguientes. Calculamos tu fecha exacta con tu resolución.
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Información actualizada a 11 de septiembre de 2026.
Despacho de abogados conformado por un equipo de profesionales expertos en el área de extranjería, nacionalidad española; emprendimiento, derecho tributario y corporativo. Consolidados con el objetivo de atender, guiar y asesorar a todo extranjero que desee estudiar, trabajar y vivir en España.
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