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Actualizado el 10 de septiembre de 2026 · Revisado por Félix José España González, abogado (ICAM n.º 127450).
Para emprender en España siendo venezolano tienes que resolver dos cosas por separado: qué autorización te permite trabajar por tu cuenta y qué forma jurídica le das a tu negocio. Si ya tienes residencia en España, lo más probable es que puedas empezar como autónomo o crear una sociedad. Si estás en Venezuela, necesitas un visado de cuenta propia o de emprendedor.
En resumen
| Autorización | Para quién | ¿Puedes emprender? |
|---|---|---|
| Residencia y trabajo de 4 años (Instrucción SEM 1/2026) | Antiguos titulares de la tarjeta humanitaria | Sí, por cuenta propia o ajena, en toda España |
| Arraigo | Personas que ya viven en España | Sí, las autorizaciones de arraigo permiten trabajar |
| Residencia y trabajo por cuenta propia | Quien viene desde Venezuela con un negocio concreto | Sí, en la comunidad y el sector autorizados el primer año |
| Residencia para emprendedores (Ley 14/2013) | Proyectos innovadores con informe favorable de ENISA | Sí, en tu proyecto |
| Nacionalidad española | Venezolanos con 2 años de residencia legal que la obtienen | Sí, sin límites |
Está regulada en los artículos 82 a 85 del Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024). Se pide en el consulado español y exige:
La primera autorización dura 1 año y se limita a una comunidad autónoma y un sector. El consulado tiene 3 meses para resolver. Más información en residencia y trabajo por cuenta propia.
Pensada para proyectos innovadores con interés económico para España. Necesitas un informe favorable de ENISA y la solicitud se tramita de forma electrónica ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE). Desde Venezuela puedes pedir el visado de emprendedor en el Consulado de España en Caracas. Lee residencia para emprendedores.
| Autónomo | Sociedad limitada (SL) | |
|---|---|---|
| Puesta en marcha | Alta en Hacienda y en la Seguridad Social | Constitución ante notario o por vía telemática (CIRCE) |
| Capital mínimo | No aplica | 1 € |
| Responsabilidad | Respondes con tu patrimonio personal | Limitada al capital, con matices hasta llegar a 3.000 € |
| Impuesto sobre los beneficios | IRPF | Impuesto sobre Sociedades |
| Cuota de Seguridad Social | Cuota de autónomos; consulta la cuota reducida vigente al darte de alta | El administrador con control suele cotizar como autónomo |
Desde la Ley 18/2022, «Crea y Crece», puedes crear una SL con 1 € de capital. Mientras el capital no llegue a 3.000 €, tienes que destinar el 20 % del beneficio a reserva legal y, si la sociedad se liquida sin bienes suficientes, los socios responden hasta cubrir la diferencia con 3.000 €.
Sí. La instrucción permite trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia sin limitación geográfica ni de ocupación.
Sí, puedes ser socio de una sociedad española sin vivir en España. Otra cosa es trabajar en ella en España: para eso necesitas una autorización.
Consulta la cuota reducida vigente en la Seguridad Social al darte de alta. Te ayudamos a calcular tu caso.
Guía completa: Venezolanos en España.
Revisamos tu autorización, tu proyecto y la forma jurídica que más te conviene.
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Información general actualizada a 10 de septiembre de 2026. No sustituye el asesoramiento sobre un caso concreto.
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