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Asesorías

Renovación de Arraigo Familiar ¿Es posible?

Félix José España Gonzalez
2 agosto 2023
Categoría Blog 1

El Arraigo Familiar

Obtener una residencia por Arraigo Familiar resulta más sencillo que otros Arraigos (como el social o laboral), no es necesario demostrar medios económicos ni contratos de trabajo, solo bastara con acreditar el vínculo familiar con un ciudadano español.

Este tipo de autorización permite trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia sin restricciones y tiene una duración de 1 a 5 años; la diferencia en la validez de la tarjeta es una novedad publicada en la reforma del Reglamento de Extranjería.

Como ocurre con cualquier otra autorización de residencia en España, es necesario renovarla antes de su vencimiento, para evitar quedar de forma irregular en el país.

Duración de 1 año

Este tipo de permiso lo obtendrán aquellos que sean: hijo de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles. En este caso, a diferencia del resto de supuestos, será concederá únicamente una tarjeta de residencia con una duración de un año.

Duración de 5 años: 

Este tipo de permiso lo obtendrán aquellos que:

  • Sean padre o madre de un menor español 
  • Sean cónyuge o pareja de hecho de ciudadano de nacionalidad española  
  • Familiares ascendientes o descendientes 
  • Ser una persona que presta apoyo a un ciudadano español con discapacidad. 

La renovación de esta tarjeta suele ser mas sencilla, y por tener una vigencia de 5 años podrás solicitar una residencia de larga duración.

¿Se puede renovar el Arraigo Familiar?

Al tratarse de una residencia por circunstancias excepcionales, normalmente, no se puede renovar, sino que deberá modificarse (como el Arraigo Social y el Arraigo Laboral) a una Residencia Inicial por Cuenta Ajena o a una residencia Inicial por Cuenta Propia, pero en este caso, solo si se conservan las mismas circunstancias y se demuestra con la documentación correspondiente y actualizada, se podría realizar una prórroga de autorización de residencia.  

En España Abogados, aconsejamos que se modifique en vez de solicitar una renovación, siempre que cuentes con los requisitos exigidos:

  • Haber cotizado en la Seguridad Social al menos los últimos 6 meses.
  • Contar con contrato de trabajo.
  • Disponer de medios económicos.
  • Tener un plan de negocios para optar por una Residencia Inicial por Cuenta Propia.

Te lo explicamos detalladamente a continuación ↓

Renovar / modificar a Residencia Inicial Cuenta Ajena

Este tipo de modificación la podrán realizar aquellas personas que cuentan con Arraigo Familiar y han desarrollado alguna actividad laboral durante el tiempo de su residencia.

Además de poder acreditar uno de los supuestos siguientes:

  • Continuar con la relación laboral que dio lugar a la concesión de la autorización. Contar con contrato de trabajo, certificado de empresa, informe de vida laboral.
  • Haber realizado actividad laboral durante un mínimo de seis meses por año.
  • Que ha sido otorgada una prestación contributiva por desempleo 
  • Que es beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral.
  • Para acreditarlo deberá presentar documentación acreditativa de la concesión de la prestación económica asistencial. 
  • Que ha estado trabajando y en alta en seguridad social un mínimo de nueve meses en un periodo de doce, o dieciocho meses en un periodo de veinticuatro, si la relación laboral no se interrumpió por su causa y buscó activamente empleo.
  • Para acreditarlo deberá presentar informe de la vida laboral. 
  • Que su cónyuge o pareja con la que mantenga una relación análoga a la conyugal, cumple con los requisitos económicos para reagruparle.Para acreditarlo deberá aportar certificado de matrimonio o del vínculo de pareja y documentación que acredite los ingresos económicos. 

¿Cómo se realiza el la renovación / modificación? 

  • Podrás presentarlo dentro de los 60 días naturales previos a la fecha de vencimiento de tu tarjeta o hasta 90 días después de su expiración.
  • La presentación se puede hacer a través de la plataforma Mercurio o bien, solicitando previa cita en una Oficina de Extranjería.
  • Las tasas de residencia y trabajo: se devengarán en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberán abonarse en el plazo de diez días hábiles, son:
    • Modelo 790, Código 052 epígrafe 2.3 “autorización de residencia temporal por modificación de autorización de residencia por circunstancias excepcionales.
    • Modelo 790, Código 062 epígrafe 2.2 “autorización de trabajo por modificación de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales”

    Los impresos para el abono de las tasas se podrán descargar desde la página: portal de Internet de la Secretaría de Estado de la Función Pública

  • Plazo de resolución de la solicitud: 3 meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.
  • La autorización tendrá una duración de 2 años.
  • En caso de que no estes inscrito en la Seguridad Social, tendrás el plazo de 1 mes desde el momento de la notificación, para tramitar la afiliación.

En el momento de realizar el tramite de toma de huellas, deberás presentar: 

  • Pasaporte vigente original. 
  • Solicitud impresa del  modelo oficial (EX-17). 
  • Justificante de abono de la tasa. 
  • Acreditación de la afiliación y/o de la Seguridad Social.
  • 3 Fotografía recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.

Desde España Abogados te lo hacemos más fácil

Contamos con más de 6 años de experiencia en procedimientos de extranjería y nacionalidad española, contamos con un 96% de casos de exitosos.

Analizaremos tu situación de forma detenida para realizar los trámites, guiándote paso a paso, a través de todo el procedimiento legal para lograr tus metas en España.

Te ayudaremos con la preparación de todos los documentos requeridos, además de enviarlos a la autoridad competente. ¡Únicamente deberás firmar, lo demás lo hacemos nosotros!

En España Abogados buscamos ofrecerle un asesoramiento durante todo el tiempo que dure la solicitud de su visado.

Además estaremos encantados de asesorarlo y si deseas más información contacta con nosotros.

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