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Si eres extranjero y dentro de tus planes está estudiar a España, aquí te contamos las actualizaciones más recientes que han sido presentadas en el nuevo reglamento de extranjería para solicitar una autorización de larga duración por estudios.
La autorización está dirigida a personas extranjeras que pretenden permanecer en España por un periodo superior a 90 días naturales, con el fin de llevar a cabo la realización de estudios superiores, en un programa a tiempo completo y en una institución o centro de enseñanza superior reconocido en España.
El centro de enseñanza autorizado es aquel acreditado a nivel estatal o a nivel autonómico y deberá estar inscrito en el Registro Estatal de Centros Docentes No Universitarios o en los Registros Oficiales correspondientes.
Los estudios se podrán cursar en modalidad presencial o semipresencial siempre que, al menos, el 50% de la programación impartida en los centros sea de manera presencial.
Las formaciones, que se muestran exclusivamente en el nuevo reglamento son las siguientes:
1. Funciones como auxiliares de conversación extranjeros en centros educativos españoles inscritos en el Registro estatal de centros docentes no universitarios o en los registros oficiales correspondientes.
2. Estudios idiomáticos del castellano o de las lenguas cooficiales en España impartidas, de forma presencial, en las escuelas oficiales de idiomas o en centros acreditados en España por el Instituto Cervantes o por el organismo público análogo de la correspondiente lengua cooficial, siempre que no se trate de la lengua materna o la lengua oficial del país del que sea nacional la persona extranjera.
3. Cursos preparatorios para las pruebas selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria especializada.
4. Realización de una formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional según la relación de actividades formativas, duración y condiciones que se establezcan por Resolución del Órgano competente.
5. Realización de una formación completa, ni modular ni parcial, en un centro de enseñanza autorizado en España, conducente a la obtención de certificados profesionales.
6. Estudios superiores, grados universitarios, doctorados, diplomados, masters, y formación profesional de grado superior.
Para leer el nuevo régimen del reglamento de extranjería pincha aquí.
Reconocimiento de estudios de idiomas: Se reconoce como estudios superiores los cursos de idiomas impartidos presencialmente por instituciones de educación superior. Además, el idioma debe ser distinto a la lengua materna o lengua oficial del país del solicitante.
Pago de matrícula: Se flexibiliza el requisito y ahora se acepta el pago fraccionado o con exención acreditada. Así como también se permite presentar un compromiso de pago si el calendario de la institución no coincide con los plazos del procedimiento.
Duración de la autorización: El estudiante puede renunciar al mes previo y los 15 días posteriores al curso, solicitando que la autorización coincida exactamente con el periodo de estudios.
Prórrogas: Si la autorización inicial fue inferior a 6 meses y con la prórroga supera ese periodo, el solicitante mayor de edad penal deberá aportar certificado de antecedentes penales.
Autorización para familiares: Puede presentarse solicitud conjunta en consulado o extranjería.
El visado del familiar depende del otorgamiento del visado del titular.
Se aplican tasas tanto para el visado como para la autorización.
Es aplicable también a familiares de estudiantes en formación sanitaria especializada.
Para leer la instrucción completa pincha aquí.
Si deseas conocer otros trámites y residencias, entra a nuestro blog donde tenemos más información relevante.
En España Abogados buscamos ofrecerle un asesoramiento durante todo el tiempo que dure la solicitud de su visado. Si necesitas atención personalizada, a continuación te dejamos el enlace a nuestras asesorías.
Despacho de abogados conformado por un equipo de profesionales expertos en el área de extranjería, nacionalidad española; emprendimiento, derecho tributario y corporativo. Consolidados con el objetivo de atender, guiar y asesorar a todo extranjero que desee estudiar, trabajar y vivir en España.
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