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Regularización
Asesorías

Fechas de resolución de trámites de extranjería en España

Félix José España González
12 septiembre 2026
Poder Público y Normativa
Mapa oficial · actualizado el 12 de octubre de 2026

"¿Por qué fecha va extranjería?" es probablemente la pregunta que más veces recibimos. La respuesta incomoda un poco: en la mayor parte de España nadie publica ese dato. Hemos revisado, una a una, las páginas de extranjería de las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno de las diecisiete comunidades autónomas y de Ceuta y Melilla.

Solo tres oficinas de extranjería publican sus fechas de resolución: Madrid, Valencia e Illes Balears. En las 49 demarcaciones restantes la única vía oficial es consultar tu expediente concreto.

Comprobado por Félix José España González, abogado, colegiado nº 127450 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

3 de 52

oficinas de extranjería publican por qué fecha van resolviendo

Resumen por trámiteLas 3 oficinasComprobar mi casoComparar oficinasMi provinciaPlazos legalesPreguntas
Respuesta rápida

¿Por qué fecha va cada oficina? Resumen por trámite

A 12 de octubre de 2026, la Oficina de Extranjería de Madrid va resolviendo el arraigo social de solicitudes presentadas hasta el 22 de agosto de 2026 (dato de 1 de octubre); la de Valencia, hasta el 1 de septiembre de 2026 (dato de 5 de octubre), y la de Illes Balears, hasta el 11 de septiembre de 2026 (dato de 2 de octubre). Valencia y Baleares han publicado tabla nueva, y Baleares rompe así casi cuatro meses sin actualizar.

TrámiteMadrid
1-10-2026
Valencia
5-10-2026
Illes Balears
2-10-2026
Arraigo social22-08-202601-09-202611-09-2026
Arraigo sociolaboral29-08-202601-09-202611-09-2026
Arraigo socioformativo11-09-202601-09-202611-09-2026
Arraigo familiar22-08-202616-09-202611-09-2026
Arraigo de segunda oportunidad22-08-202601-09-202611-09-2026
Reagrupación familiar31-07-202621-07-202601-04-2026
Residencia y trabajo por cuenta ajena, inicial22-08-202615-02-202620-09-2026
Residencia y trabajo por cuenta propia, inicial11-08-202605-02-2026Sin fecha
Renovación de residencia y trabajo27-07-202601-09-202604-08-2026
Residencia no lucrativa, inicial12-09-202601-09-2026Sin fecha
Residencia de larga duración15-08-202617-08-202604-08-2026
Residencia de larga duración UE15-08-202617-08-202604-08-2026
Estancia por estudios, inicial18-07-202603-08-202630-09-2026
Prórroga de estancia por estudios18-07-202607-08-202630-09-2026
Familiar de ciudadano español15-08-202608-05-202615-04-2026
Tarjeta de familiar de comunitario, inicial15-08-202601-07-202601-08-2026
Tarjeta de familiar de comunitario, permanente31-07-202605-08-202601-08-2026
Menores nacidos en España27-07-202615-05-202609-09-2026
Menores no nacidos en España21-07-202615-05-202614-05-2026

Fecha de presentación por la que va resolviendo cada oficina según su último documento oficial. "Sin fecha": la oficina no publica fecha para ese trámite. Detalle, recursos y archivo en las fichas de Madrid, Valencia e Illes Balears. ¿Cuántos días de espera supone? Lo calculamos en ¿Cuánto tarda Extranjería en resolver?

Fuentes oficiales

En esta página

  1. Las tres oficinas que sí publican
  2. ¿Publica tu oficina? ¿Y cuándo vence tu plazo?
  3. Madrid y Valencia, trámite a trámite
  4. ¿Y en mi provincia?
  5. Cuidado con las "fechas por provincia" que circulan
  6. Si tu provincia no publica fechas, esto es lo que
  7. Preguntas frecuentes
  8. Fuentes

Las tres oficinas que sí publican

Cada oficina publica a su manera y con su propio ritmo. Guardamos copia de cada documento, porque dos de las tres lo sobrescriben y la versión anterior desaparece.

Madrid

Dato oficial

Oficina de Extranjería de Madrid

Último dato publicado

1 de octubre de 2026

  • PeriodicidadMensual, corte día 1
  • Trámites publicados31, con recursos
  • ArchivoUn PDF por mes
Ver fechas de MadridPDF

Valencia

Dato oficial

Oficina de Extranjería de Valencia

Último dato publicado

5 de octubre de 2026

  • PeriodicidadMensual, sin día fijo
  • Trámites publicados36 y 23 recursos
  • ArchivoSe sobrescribe cada mes
Ver fechas de ValenciaPDF

Illes Balears

Dato oficial

Oficina de Extranjería de Illes Balears

Último dato publicado

2 de octubre de 2026

  • PeriodicidadIrregular
  • Trámites publicados23 y 8 recursos
  • ArchivoNombre de archivo cambiante

Distingue, para cada trámite, la fecha de grabación y la de revisión o resolución. Tras casi cuatro meses con la misma tabla, la actualizó el 2 de octubre de 2026.

Ver fechas de Illes BalearsPDF

Abre esta calculadora en su propia página →

Herramienta

¿Publica tu oficina? ¿Y cuándo vence tu plazo?

Elige tu provincia, tu trámite y la fecha en que presentaste. Te decimos si tu oficina publica fechas, por dónde va si las publica, cuándo vence tu plazo legal y qué silencio te corresponde.

Elige provincia, trámite y fecha de presentación.

Cálculo orientativo sobre datos oficiales de las delegaciones del Gobierno y la normativa vigente. No sustituye a la consulta de tu expediente ni al asesoramiento de un abogado.

Comparador

Madrid y Valencia, trámite a trámite

Cuánta cola lleva cada oficina en un mismo trámite: los días que hay entre la fecha de su último dato y la fecha de presentación por la que va. Cuanto más larga la barra, más atrasada.

Los cinco trámites con más cola

    Illes Balears no entra en el comparador: su tabla es bilingüe, a dos columnas, y distingue fecha de grabación y de resolución. La consultamos directamente en su PDF.

    Provincia a provincia

    ¿Y en mi provincia?

    En ninguna de las demás demarcaciones existe tabla oficial de fechas de resolución. Lo hemos comprobado en la web de cada delegación y subdelegación del Gobierno. Debajo de cada comunidad tienes el enlace directo a la web de extranjería de su Delegación del Gobierno, que es donde aparecería la tabla si algún día la publican. Ojo: las oficinas provinciales no tienen web propia, todas cuelgan de la de su comunidad, así que Málaga, Cádiz o Sevilla comparten la de Andalucía.

    Publica tiene tabla oficialNo publica solo consulta de expediente

    Andalucía

    AlmeríaCádizCórdobaGranadaHuelvaJaénMálagaSevilla

    Web oficial de la oficina de extranjería

    Aragón

    HuescaTeruelZaragoza

    Web oficial de la oficina de extranjería

    Asturias

    Asturias

    Web oficial de la oficina de extranjería

    Canarias

    Las PalmasSanta Cruz de Tenerife

    Web oficial de la oficina de extranjería

    Cantabria

    Cantabria

    Web oficial de la oficina de extranjería

    Castilla-La Mancha

    AlbaceteCiudad RealCuencaGuadalajaraToledo

    Web oficial de la oficina de extranjería

    Castilla y León

    ÁvilaBurgosLeónPalenciaSalamancaSegoviaSoriaValladolidZamora

    Web oficial de la oficina de extranjería

    Cataluña

    BarcelonaGironaLleidaTarragona

    Web oficial de la oficina de extranjería

    Ceuta

    Ceuta

    Web oficial de la oficina de extranjería

    Comunidad de Madrid

    Madrid

    Web oficial de la oficina de extranjería

    Comunitat Valenciana

    AlicanteCastellónValencia

    Web oficial de la oficina de extranjería

    Extremadura

    BadajozCáceres

    Web oficial de la oficina de extranjería

    Galicia

    A CoruñaLugoOurensePontevedra

    Web oficial de la oficina de extranjería

    Illes Balears

    Illes Balears

    Web oficial de la oficina de extranjería

    La Rioja

    La Rioja

    Web oficial de la oficina de extranjería

    Melilla

    Melilla

    Web oficial de la oficina de extranjería

    Navarra

    Navarra

    Web oficial de la oficina de extranjería

    País Vasco

    ÁlavaBizkaiaGipuzkoa

    Web oficial de la oficina de extranjería

    Región de Murcia

    Murcia

    Web oficial de la oficina de extranjería

    No encontramos esa provincia. Prueba con el nombre oficial (por ejemplo, "Illes Balears" o "A Coruña").

    Barcelona es el caso más llamativo: la oficina de extranjería con más volumen de España después de Madrid no publica ni una sola fecha. Las tablas de Barcelona que circulan por internet son estimaciones de despachos, no datos oficiales.

    !

    Cuidado con las "fechas por provincia" que circulan por internet

    Buscando este dato aparecen páginas con tablas por provincia o con rangos del tipo "zona norte: 30 a 60 días laborables". Son estimaciones internas de despachos, calculadas sobre su propia cartera de clientes. Pueden orientar, pero no son fuente oficial, no se pueden verificar y no sirven para fundamentar un recurso.

    El único dato oficial con desglose provincial que ha existido es el fichero de tiempo de tramitación de procedimientos de la Secretaría de Estado de Migraciones, y su última publicación disponible corresponde a febrero de 2025. Está desactualizado y solo cubre dos procedimientos.

    Toda España

    Si tu provincia no publica fechas, esto es lo que sí puedes hacer

    El plazo legal y el silencio administrativo son los mismos en todas las oficinas. Publiquen o no sus fechas.

    1

    Consulta tu expediente

    Es la vía oficial y funciona en toda España: consulta de expedientes de extranjería, con tu NIE o el número de expediente. Si no devuelve nada y los datos son correctos, lo habitual es que la solicitud aún no esté grabada.

    2

    Cuenta tu plazo legal

    El plazo general para notificar la resolución es de tres meses desde la entrada en el registro del órgano competente (disposición adicional primera de la Ley Orgánica 4/2000 y disposición adicional séptima del Real Decreto 1155/2024). Si te requirieron documentación, el plazo se suspende hasta que lo cumples (art. 22.1.a de la Ley 39/2015).

    3

    Actúa si ya venció

    Con silencio positivo, pide el certificado de acto presunto (art. 24.4 de la Ley 39/2015). Con silencio negativo, nuestra recomendación es esperar la resolución: la Administración sigue obligada a resolver y un recurso no hace que el expediente avance más rápido. Si hay un motivo concreto para recurrir, puedes hacerlo en cualquier momento (art. 124.1 de la Ley 39/2015 y STC 52/2014); las resoluciones de las oficinas agotan la vía administrativa (D. A. 9ª RD 1155/2024).

    ProcedimientoPlazoSilencio
    Autorizaciones iniciales y arraigos3 mesesNegativo
    Prórrogas de residencia y renovaciones de trabajo3 mesesPositivo
    Residencia de larga duración y larga duración UE3 mesesPositivo
    Reagrupación familiar2 mesesNegativo
    Modificación de limitación territorial o de ocupación1 mesPositivo
    Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, permanente3 mesesPositivo
    Autorizaciones de la Ley 14/2013 (UGE-CE, Mercurio)20 días hábilesPositivo

    Plazos con su base legal y tiempos reales comparados de las tres oficinas, trámite a trámite: ¿Cuánto tarda Extranjería en resolver?

    Dudas habituales

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué oficinas de extranjería publican sus fechas de resolución?

    Solo tres en toda España: Madrid, Valencia e Illes Balears. El resto de delegaciones y subdelegaciones del Gobierno no publica ninguna tabla de fechas de resolución.

    ¿Por qué unas oficinas publican y otras no?

    Porque no existe obligación legal de hacerlo. Es una decisión de transparencia de cada delegación del Gobierno. Madrid lleva años publicando; Valencia lo integró en su documento de información básica; Baleares lo hace de forma intermitente.

    ¿Puedo usar la tabla de Madrid como referencia para mi provincia?

    No. Cada oficina tiene su propia carga de trabajo y su propia plantilla. En un mismo trámite puede haber meses de diferencia entre provincias: el comparador de esta página lo muestra con Madrid y Valencia.

    ¿Existe un plazo distinto si presenté por Mercurio o por la UGE?

    Sí. Las autorizaciones de la Ley 14/2013, que tramita la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, se resuelven en veinte días hábiles y con silencio positivo (artículo 76.1 de la Ley 14/2013). Es el procedimiento más rápido del sistema, y contra sus resoluciones cabe recurso de alzada, no de reposición.

    ¿Y los expedientes de nacionalidad?

    No entran aquí: los tramita el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, con su propio sistema de consulta. Las oficinas de extranjería no intervienen.

    ¿Cada cuánto actualizáis esta página?

    Revisamos las tres fuentes oficiales cada semana, y las provincias que hoy no publican de vez en cuando, por si alguna se suma.

    1 mespara el recurso de reposiciónSe cuenta desde el día siguiente a la notificación. Pasado ese plazo, la resolución queda firme en vía administrativa.
    10 díashábiles para subsanarSi no aportas lo que te piden a tiempo, la solicitud se puede dar por desistida, y el plazo de resolución queda en pausa mientras tanto.
    3 mesespara que Extranjería resuelvaEs el plazo general. Si se supera sin respuesta, entra en juego el silencio administrativo, y en cada trámite significa algo distinto.
    2 mesespara el recurso contenciosoPara ir al juzgado cuando la vía administrativa se ha agotado.

    Los plazos no esperan

    ¿Qué te ha llegado?
    Revisamos tu plazoFélix José España González · Abogado colegiado del ICAM, n.º 127450

    Fuentes

    • Delegación del Gobierno en Madrid, Extranjería.
    • Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Extranjería.
    • Delegación del Gobierno en Illes Balears, Extranjería.
    • Ley Orgánica 4/2000, texto consolidado.
    • Real Decreto 1155/2024, Reglamento de Extranjería, texto consolidado.
    • Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, texto consolidado.
    • Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, texto consolidado.
    • Sentencia del Tribunal Constitucional 52/2014, de 10 de abril, BOE.

    Aviso: esta página recoge información pública de las delegaciones del Gobierno y tiene carácter meramente informativo. No constituye asesoramiento jurídico ni crea relación abogado-cliente.

    España Abogados

    Despacho español · Extranjería, nacionalidad y fiscalidad · Madrid

    ICAM 127450

    Somos un despacho español, no una gestoría ni una agencia, dirigido por Félix José España González, abogado colegiado nº 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, y tramitamos ante la Administración española desde España. Atendemos por videollamada en horario de Estados Unidos: Este, Centro y Pacífico.

    Qué tramitamos en España

    Arraigo

    • sociolaboral
    • social
    • socioformativo
    • de segunda oportunidad
    • familiar

    Visados y residencia

    • teletrabajador internacional
    • no lucrativa
    • estancia por estudios
    • búsqueda de empleo
    • cuenta ajena
    • cuenta propia
    • emprendedores

    Familia

    • tarjeta de familiar de ciudadano de la UE
    • reagrupación familiar

    Protección internacional

    • asilo y refugio
    • residencia por razones humanitarias

    Mantener la residencia

    • renovaciones
    • modificaciones
    • larga duración

    Nacionalidad española

    • por residencia
    • por opción
    • prueba CCSE
    • expediente de Registro Civil

    Recursos

    • reposición
    • alzada
    • contencioso-administrativo
    • silencio negativo

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    • residencia fiscal
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    Félix José España González

    Soy Félix José España González, abogado colegiado n.º 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid y director de España Abogados, despacho especializado en extranjería, movilidad internacional, fiscalidad y nacionalidad española. Ayudo a personas y empresas a establecerse legalmente en España y divulgo toda la información sobre emigrar y establecerse en España a través de redes sociales. Como emigrante, sé por experiencia propia lo que es llegar a un país nuevo y tener que entenderse con su Administración: por eso aquí cada trámite se explica con la norma delante y entendiendo lo que es emigrar.


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