- Consulta Web Gratuita
- Vivir en España
- Servicios
- Blog
- Conócenos
El arraigo sociolaboral es una autorización de residencia temporal que pueden solicitar los extranjeros que se encuentran en España y han trabajado en el país durante dos años consecutivos.
Las personas extranjeras que tengan un contrato de trabajo en las mismas condiciones que las autorizaciones de residencia inicial y trabajo por cuenta ajena.
Se permite la aportación de uno o varios contratos de trabajo que garantice al menos el salario mínimo interprofesional en el momento de la solicitud, en proporción a la jornada trabajada, y cuya suma represente una jornada semanal no inferior a 20 horas en cómputo global.
Pero ojo, podrá aportarse más de un contrato de trabajo únicamente en los siguientes casos:
1. En el caso de la realización de trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada se podrán presentar dos o más contratos, con distintos empleadores y concatenados.
2. En el caso de desarrollo de actividades en una misma o distinta ocupación, trabajando parcialmente y de manera simultánea para más de un empleador, se admitirá la presentación de varios contratos.
Para conceder una autorización de residencia temporal por las razones de arraigo, la persona extranjera se deberán cumplir los siguientes requisitos generales:
El requisito específico para solicitar el arraigo sociolaboral, como lo hemos mencionado previamente es la aportación de uno o varios contratos de trabajo que garantice al menos el salario mínimo interprofesional o el salario establecido, en su caso, en el convenio colectivo aplicable, en el momento de la solicitud, en proporción a la jornada trabajada, y cuya suma represente una jornada semanal no inferior a veinte horas en cómputo global:
El contrato o suma de contratos debe:
Tener duración superior a 90 días.
Tener una jornada mínima de 20 horas semanales.
Garantizar al menos el SMI o salario de convenio proporcional.
Se permiten contratos fijos discontinuos o temporales concatenados.
No se admite actividad por cuenta propia para este tipo de arraigo.
Para presentar la solicitud de arraigo sociolaboral, debes seguir estos pasos:
La autorización de residencia por arraigo sociolaboral tiene una duración de un año.
Y sí, la persona extranjera podrá trabajar de manera legal en España.
Sí, sin embargo la prórroga de la autorización concedida por arraigo sociolaboral, estará condicionada al cumplimiento de sus requisitos y a la prueba de encontrarse en situación de búsqueda activa de empleo y debidamente inscrito en el servicio público de empleo.
Para leer la información completa de la autorización de Arraigo Sociolaboral en la nueva normativa del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), pincha aquí.
Si crees que puedes acogerte a esta figura, es importante asesorarte bien y reunir toda la documentación necesaria antes de hacer la solicitud.
En España Abogados ofrecemos asesorías online y presenciales en Madrid, donde nuestros expertos analizarán tu caso puntual y cómo estas nuevas modificaciones impactarán tu situación migratoria.
A continuación te compartimos el enlace para que puedas agendar una cita en la fecha y hora de tu preferencia:
Despacho de abogados conformado por un equipo de profesionales expertos en el área de extranjería, nacionalidad española; emprendimiento, derecho tributario y corporativo. Consolidados con el objetivo de atender, guiar y asesorar a todo extranjero que desee estudiar, trabajar y vivir en España.
España Abogados © Todos los derechos reservados.