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Asesorías

Nuevo Reglamento de Extranjería-Arraigo Familiar

Félix José España Gonzalez
11 agosto 2022
Derecho de extranjería  ·  Trámites y requisitos de extranjería  ·  Vivir en España

Contenido histórico. Esta entrada explica el arraigo familiar anterior al Reglamento de Extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024, en vigor desde el 20 de mayo de 2025. Hoy el arraigo familiar es solo para padres de menores de otros países de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, y los padres de menores españoles piden la residencia de familiar de persona de nacionalidad española. Lee la información vigente en el nuevo arraigo familiar para padres de menores comunitarios y en la residencia para familiares de ciudadanos españoles.

Beneficios en el arraigo familiar

Debido a la modificación realizada, la figura de arraigo familiar ha tenido una mejora significativa facilitando mucho mas el proceso del trámite.

El objetivo de este articulo es destacar los puntos mas importantes en esta figura.

Cambios que incluye la normativa

  • Tutores:

Cuando se trate de padre o madre, o tutor, de un menor de nacionalidad española, siempre que el solicitante tenga a cargo al menor y conviva con él o que ejerza las todas las obligaciones paternas.

De igual manera, el tutor de un español con discapacidad jurídica podrá solicitarlo, siempre y cuando pueda demostrar no solo que presta el apoyo a esa persona sino que también convive con él.

  • Ascendiente mayor de 65 años

El articulo 127 en el apartado 3b menciona cuales familiares pueden beneficiarse: el cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, los hijos menores de 21 años y los mayores de esta edad pero acreditando la dependencia del familiar comunitario o de su cónyuge o pareja de hecho, a los ascendientes menores de 65 años demostrando la dependencia del comunitario y, como cambio interesante, los ascendientes mayores de 65 años. En este ultimo caso no es necesario presentar alguna prueba que indique que exista una dependencia.

Tarjeta de familiar comunitario

Como detalle importante, la solicitud de la tarjeta de familiar comunitario a efectos de ciudadanos españoles, ahora se tramitará como un arraigo familiar. Diferenciándolo del resto de ciudadanos comunitarios.

En cualquiera de estos supuestos, la autorización de residencia tendrá una duración de cinco años y habilitará al familiar a trabajar por cuenta ajena o cuenta propia.

No cabe duda que esta figura ha sido modificada para facilitar el proceso y mejorar el estatus migratorio de los extranjeros en España.

Puedes leer el BOE con la ley pinchando aquí.

En España Abogados buscamos ofrecerle un asesoramiento durante todo el tiempo que dure la solicitud de su Trámite.

Además estaremos encantados de asesorarlo y si deseas más información contacta con nosotros.

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Félix José España Gonzalez

Félix España es abogado, colegiado nº 127450 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, y director de España Abogados, despacho especializado en extranjería, movilidad internacional, fiscalidad y nacionalidad española. Ayuda a personas y empresas a establecerse legalmente en España y divulga sobre inmigración en redes sociales.


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