• Consulta Web Gratuita
  • Vivir en España
    • Emprendiendo
    • Trabajando
    • Estudiando
    • Como Nómada Digital
  • Servicios
    • Movilidad Internacional
    • Estancia por Estudios
    • Ciudadanos UE y sus familiares
    • Residencias iniciales y renovaciones
    • Asilo
    • Regularízate con un Arraigo
    • Nacionalidad Española
    • Recurso contra Denegaciones
    • Asistencia Jurídica Letrada
    • Devolución en Aeropuerto
  • Blog
  • Conócenos
  • Asesorías
  • 807 40 20 62
  • +34 641 65 88 93
  • Calle de Cronos, 63, Planta 1, Oficina 3, San Blas-Canillejas, 28037 Madrid
Instagram Facebook Youtube
  • Consulta Web Gratuita
  • Vivir en España
    • Emprendiendo
    • Trabajando
    • Estudiando
    • Como Nómada Digital
  • Servicios
    • Movilidad Internacional
      • Residencia para profesionales altamente Cualificados
      • Residencia para Emprendedores
      • Residencia para Investigadores
      • Residencia para Profesionales del Sector Audiovisual
      • Residencia por Traslado Intraempresarial
      • Residencia como Teletrabajador de carácter internacional
    • Estancia por Estudios
    • Ciudadanos UE y sus familiares
    • Residencias iniciales y renovaciones
    • Asilo
      • Solicitud de Protección Internacional
      • Residencia por razones humanitarias
      • Recurso Potestativo de Reposición contra denegatoria de asilo
      • Recurso Contencioso Administrativo
    • Regularízate con un Arraigo
      • Arraigo Sociolaboral
      • Arraigo Socioformativo
      • Arraigo Social
      • Arraigo Familiar
      • Arraigo de Segunda Oportunidad
    • Nacionalidad Española
      • Nacionalidad Española por Residencia
      • Nacionalidad española con Valor de Simple Presunción
      • Nacionalidad española por Opción
    • Recurso contra Denegaciones
      • Recurso Potestativo de Reposición
      • Recurso de Alzada
      • Recurso Contencioso Administrativo
    • Asistencia Jurídica Letrada
    • Devolución en Aeropuerto
  • Blog
  • Conócenos
Regularización
Asesorías
  • Consulta Web Gratuita
  • Vivir en España
    • Emprendiendo
    • Trabajando
    • Estudiando
    • Como Nómada Digital
  • Servicios
    • Movilidad Internacional
      • Residencia para profesionales altamente Cualificados
      • Residencia para Emprendedores
      • Residencia para Investigadores
      • Residencia para Profesionales del Sector Audiovisual
      • Residencia por Traslado Intraempresarial
      • Residencia como Teletrabajador de carácter internacional
    • Estancia por Estudios
    • Ciudadanos UE y sus familiares
    • Residencias iniciales y renovaciones
    • Asilo
      • Solicitud de Protección Internacional
      • Residencia por razones humanitarias
      • Recurso Potestativo de Reposición contra denegatoria de asilo
      • Recurso Contencioso Administrativo
    • Regularízate con un Arraigo
      • Arraigo Sociolaboral
      • Arraigo Socioformativo
      • Arraigo Social
      • Arraigo Familiar
      • Arraigo de Segunda Oportunidad
    • Nacionalidad Española
      • Nacionalidad Española por Residencia
      • Nacionalidad española con Valor de Simple Presunción
      • Nacionalidad española por Opción
    • Recurso contra Denegaciones
      • Recurso Potestativo de Reposición
      • Recurso de Alzada
      • Recurso Contencioso Administrativo
    • Asistencia Jurídica Letrada
    • Devolución en Aeropuerto
  • Blog
  • Conócenos
Asesorías

Visados para trabajar en España

Félix José España Gonzalez
28 julio 2022
Derecho de extranjería  ·  Emigrar invirtiendo en España  ·  Trámites en España  ·  Tramites y Requisitos de extranjería  ·  Vivir en España

¿Conoces la diferencia entre visado y autorización?

Un visado es una norma entre países para autorizar la entrada y la permanencia de una persona en un país concreto en el que no tenga la nacionalidad o el libre tránsito. Su característica principal es que se solicitan desde el país de origen mientras que la autorización suele hacerse dentro del territorio español.

Comúnmente se solicitan visados de corta duración que son aquellos de un período menor a 90 días como, por ejemplo: visitas turísticas, de negocios, familiares, para servicios médicos, asistencia a congresos o reuniones o voluntariados.

Si el tiempo es superior a 3 meses y hay intención de trabajar dentro del territorio será necesaria la tramitación de un visado específico para la actividad que se quiera desarrollar.

Tipos de visados:

  • Residencia temporal por reagrupación familiar:

Es un visado para residir, trabajar y estudiar en el territorio para cónyuge, hijos y ascendientes de primer grado de ciudadano comunitario.

  • Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena:

En este caso, es el empleador el que debe iniciar el proceso en la provincia correspondiente donde se realizará la prestación.

  • Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada:

La diferencia con el visado anterior es que la duración de esta prestación es por corto tiempo sea por una campaña o una temporada.

  • Residencia temporal y trabajo por cuenta propia:

Cuando el solicitante tiene un proyecto comercial o una actividad laboral que desea desarrollar de manera independiente dentro del territorio.

  • Residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados:

Se solicita fuera del país y es para aquellos extranjeros que vayan a desempeñar una actividad laboral que requiera contar con un título de enseñanza superior o, en algunos casos, con un mínimo de 5 años de experiencia, que pueda considerarse equiparable, en la función que vayan a desempeñar.

  • Movilidad de los trabajadores titulares de una Tarjeta Azul-UE expedida en otro Estado de la Unión Europea:

Autorización de residencia y trabajo que habilita a los extranjeros que ejerzan empleos altamente cualificados en el país y que posean esta tarjeta emitida en otro país perteneciente a Europa. 

  • Residencia temporal y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicio:

Permite que un trabajador extranjero se desplace a un centro de trabajo en España y dependa de una empresa establecida en un país no perteneciente a la U.E.

  • Entrada, residencia y trabajo en España de personal directivo o altamente cualificado: 

Es la autorización para desarrollar trabajos de interés económico, social o laboral, trabajos de investigación, desarrollo o docente que requieran una titulación de enseñanza superior o de interés cultural y capacidades artísticas. Va dirigido a: personal directivo o altamente cualificado que forme parte de un proyecto de interés público o privado, técnicos y científicos extranjeros altamente cualificados, profesores extranjeros contratados por una universidad española, técnicos o científicos para la realización de trabajos de investigación, artistas o grupo de artistas de prestigio o que participen en un proyecto internacional. Este trámite le corresponde a la Dirección General de Migraciones.

  • Residencia con excepción a la autorización de trabajo:

Únicamente se solicita para realizar alguna actividad lucrativa, laboral o profesional en el territorio, pero en un periodo inferior a 90 días.

Por otro lado, si estas considerando invertir en España, seguramente habrás escuchado de la figura de la Golden Visa que no solo te permite residir y trabajar  a ti sino también a tu familia siempre demostrando que has realizado una inversión significativa de capital en este país y que cumples con todos los requisitos previstos en el ordenamiento jurídico español.

Si éste es tu caso, pasamos a nombrarte las opciones para elegir la que mas te favorezca:

  • Visa para inversores:

Se solicita con una inversión inicial por un valor igual o superior a 2 millones de euros en deuda pública española o por un valor igual o superior a 1 millón de euros en acciones o participaciones sociales de empresas o entidades bancarias en el país.

  • Residencia para la adquisición de bienes inmuebles:

Pueden solicitarlo las personas que adquieran inmuebles en España de monto igual o superior a 500.000€.

  • Visa para emprendedores y actividad empresarial:

Es una autorización para inversores que presenten un proyecto empresarial que será desarrollado en el país y para aquellos que estén realizando los pasos previos para una actividad emprendedora.

  • Visado no lucrativo:

Esta autorización en particular no permite al interesado trabajar dentro del país donde quiere residir, para obtenerla debe demostrar los medios económicos necesarios para mantenerse durante al menos un año. Sin embargo, aunque no puede realizar actividades laborales dentro del territorio si puede desarrollarlas en otros países si esto no interfiere con su estancia en España.

Es importante mencionar que cualquiera de estos visados pueden ser la mejor vía para vivir en España, pero hay que tomar en cuenta que solo podrán ser aprobados cumpliendo con todos los requisitos.

En España Abogados buscamos ofrecerle un asesoramiento durante todo el tiempo que dure la solicitud de su visado.

Además estaremos encantados de asesorarlo y si deseas más información contacta con nosotros.

Si desea realizar el pago con otro método (Zelle, PayPal o Bitcoin), contáctanos a través de WhatsApp


Despacho de abogados conformado por un equipo de profesionales expertos en el área de extranjería, nacionalidad española; emprendimiento, derecho tributario y corporativo. Consolidados con el objetivo de atender, guiar y asesorar a todo extranjero que desee estudiar, trabajar y vivir en España.

Conócenos
  • Asesorías
  • Vivir en España
  • Servicios
  • Blog
  • Conócenos

Enlaces de Interés

  • Fechas de resoluciones de asilo
  • Puntos de contacto para solicitar protección internacional
  • Fechas orientativas de resolución de trámites de Extranjería
  • Cita Previa Extranjería
  • Registro Consular Venezuela
  • Canal de Denuncias
Instagram Facebook Youtube
Llámanos
  • 807 40 20 62
Escríbenos
  • +34 641 65 88 93
Encuéntranos

España Abogados © Todos los derechos reservados.

  • Pagos y cancelaciones
  • Política de privacidad
  • Política de cookies
  • Home
  • Services
  • About Us
  • Our Team
  • The blog
  • Contact Us
Toll Free
1-885-245-45635
New York
1-455-245-45623
Toronto
1-657-544-45623
  • Facebook
  • Linkedin
  • Twitter
Utilizamos cookies propias y de terceros para obtener datos estadísticos de la navegación de nuestros usuarios y mejorar nuestros servicios. Más información en nuestra Política de cookies.   
Privacidad