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Asesorías

Arraigo de Segunda Oportunidad: Actualización 2025

Félix José España Gonzalez
21 mayo 2025
Sin categoría

El arraigo de segunda oportunidad es una nueva modalidad de autorización de residencia introducida en la reforma del Reglamento de Extranjería de 2025. Está dirigido a personas extranjeras que en el pasado tuvieron una residencia legal en España, pero que por distintas razones no han podido renovar su autorización de residencia. 

¿Quién puede solicitar el Arraigo de Segunda Oportunidad?

Esta autorización la pueden solicitar aquellas personas extranjeras que fueron titulares de una autorización de residencia, que no hubiera sido otorgada por circunstancias excepcionales, en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, y cuya renovación no se hubiera producido por motivos distintos a razones de orden público, seguridad y salud pública.

No obstante, será posible solicitarlo si existe sentencia denegatoria, sobreseimiento o absolución de la pena.

¿Por cuánto tiempo se concede esta autorización? ¿Y permite trabajar? 

Este permiso tiene una duración inicial de un año. 

Y sí, este permiso permite trabajar en España una vez concedido, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

¿Cuáles son los requisitos generales para cualquier solicitud de arraigo?

Para conceder una autorización de residencia temporal por las razones de arraigo,  se deberán cumplir los siguientes requisitos generales:

  • Encontrarse en España y no tener la condición de solicitante de protección internacional en el momento de la presentación de la solicitud ni durante su tramitación. Se entenderá por solicitante de protección internacional a aquella persona extranjera que haya formulado una solicitud de protección internacional sobre la que no se haya adoptado una resolución firme en sede administrativa, y, en su caso, judicial.
  • Haber permanecido en territorio nacional de forma continuada durante, al menos, los dos años anteriores a la presentación de dicha solicitud. A estos efectos, cuando la persona extranjera haya sido solicitante de protección internacional, no será computable el tiempo de permanencia en España durante la tramitación de la solicitud de protección internacional hasta su resolución firme en sede administrativa, y, en su caso, judicial.
  • No representar una amenaza para el orden público, seguridad o salud pública.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los cinco últimos años anteriores a la fecha de entrada en España, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español.
  • No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.
  • Haber abonado la tasa por la tramitación del procedimiento.

     

¿Cuál es el requisito específico?

El requisito específico para solicitar el arraigo de segunda oportunidad, como lo hemos mencionado previamente es haber sido titular de una autorización de residencia, que no hubiera sido otorgada por circunstancias excepcionales, en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, y cuya renovación no se hubiera producido por motivos distintos a razones de orden público, seguridad y salud pública. 

¿Cómo se solicita el Arraigo de Segunda Oportunidad?

Para presentar la solicitud de arraigo de segunda oportunidad, debes seguir estos pasos:

1. Reunir la documentación necesaria:

  • Copia de pasaporte completo y en vigor.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Documento que acredite al menos dos años de permanencia continuada en España (padrón, facturas, citas médicas, etc.).
  • Autorización de residencia previa.

    2. Presentar la solicitud:
  • La solicitud se debe hacer en la Oficina de Extranjería de la provincia donde residas.
  • Justificante de pago de la tasa administrativa correspondiente (modelo 790 código 052).

3. Esperar la resolución

  • Las autoridades tienen un plazo máximo de tres meses para responder.


¿Se puede prorrogar el permiso?


Sí, sin embargo la prórroga de la autorización concedida por arraigo de segunda oportunidad, estará condicionada al cumplimiento de sus requisitos y a la prueba de encontrarse en situación de búsqueda activa de empleo y debidamente inscrito en el servicio público de empleo.

Si necesitas más información o asesoramiento sobre tu caso, en España Abogados podemos ayudarte a tramitar tu solicitud y garantizar que cumplas con todos los requisitos para obtener este permiso de residencia.

Para leer la información completa de la autorización de Arraigo de Segunda Oportunidad en la nueva normativa del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), pincha aquí. 

Ofrecemos asesorías online y presenciales en Madrid, donde nuestros expertos analizarán tu caso puntual y cómo estas nuevas modificaciones impactarán tu situación migratoria.

A continuación te compartimos el enlace para que puedas agendar una cita en la fecha y hora de tu preferencia:

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Despacho de abogados conformado por un equipo de profesionales expertos en el área de extranjería, nacionalidad española; emprendimiento, derecho tributario y corporativo. Consolidados con el objetivo de atender, guiar y asesorar a todo extranjero que desee estudiar, trabajar y vivir en España.

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